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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2011 (04/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de enero de 2011 433499 Artículo Segundo.- Encargar a las Gerencias de Operaciones Registrales e Imagen Institucional, la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, debiendo comunicar a los medios de comunicación del contenido de la misma para la publicidad a la población en general. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe Nacional (i) 584803-1 Aprueban campaña para la obtención y expedición del DNI, en todo tipo de trámites, para adultos mayores a partir de los 75 años en forma gratuita a nivel nacional RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1097-2010/JNAC/RENIEC Lima, 30 de diciembre de 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 005142-2010/GOR/RENIEC (27DIC2010) e Informe Nº 000299-2010/GOR/RENIEC (27DIC2010), de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Ofi cio Nº 003726-2010/GPP/RENIEC (30DIC2010), de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto; el Informe Nº 002451-2010/GPP/SGP/RENIEC (30DIC2010), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto y el Informe Nº 002081-2010/GAJ/RENIEC (30DIC2010), emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Estado es competencia funcional del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que, el artículo 98 del Decreto Supremo Nº 015- 98-PCM, Reglamento de Inscripciones del RENIEC, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que, en el marco de la política social que ejecuta el RENIEC, desde el año 2003 viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del DNI, las mismas que han benefi ciado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, las niñas, los niños y adolescentes, entre otros; Que, en ese sentido, mediante Resolución Jefatural Nº 910-2009/JNAC/RENIEC (30DIC2009), se aprobó la campaña para la obtención y expedición del DNI, en todo tipo de trámites, para las personas adultas mayores a partir de los ochenta (80) años de edad en forma gratuita, hasta el 31DIC2010; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 059-2010- JNAC/RENIEC (29ENE2010), se dispuso que la Ofi cina Registral Piura, podrá efectuar en el domicilio de los ciudadanos mayores de ochenta (80) años de edad los trámites de obtención, expedición del DNI y todo tipo de trámites gratuitamente; a solicitud del interesado o sus familiares, a través de la línea telefónica gratuita 0-800- 11040; Que, de otro lado, mediante el Decreto de Urgencia Nº 059-2010 (27AGO2010), se dictaron las medidas económicas y financieras de carácter urgente, con el fin de crear el Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el adulto mayor “Gratitud”, cuyo objeto es transferir, de manera directa, subvenciones económicas a los adultos en condición de extrema pobreza a partir de los setenta y cinco (75) años de edad. Precisándose en la norma que los beneficiarios deberán ser acreditados con su Documento Nacional de Identidad (DNI); Que, en virtud a ello, mediante la Resolución Jefatural Nº 849-2010/JNAC/RENIEC (28SET2010) se aprobó la campaña para la obtención y expedición del DNI, en todo tipo de trámites, para las personas adultas mayores a partir de los setenta y cinco (75) años de edad en forma gratuita, hasta el 31DIC2010; Que, la Gerencia de Operaciones Registrales mediante los documentos del visto, solicita que se amplíe el benefi cio de gratuidad para todo tipo de trámites, para la obtención del DNI para personas adultas mayores a partir de los setenta y cinco (75) años, otorgado por la Resolución Jefatural acotada precedentemente, hasta el 31DIC2011; Que, se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a los ciudadanos; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal l) del Artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 855- 2010-JNAC/RENIEC (29SET2010), el Sub Jefe Nacional ejerce en forma transitoria la representación legal del RENIEC, así como la Jefatura Nacional, entre otros, cuando no se haya nombrado al nuevo titular por parte del Consejo Nacional de la Magistratura y hasta que se produzca el nombramiento correspondiente, disposición acorde con lo establecido en el numeral 73.3 del Artículo 73º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la campaña para la obtención y expedición del DNI, en todo tipo de trámites, para las personas adultas mayores a partir de los setenta y cinco (75) años en forma gratuita, a nivel nacional, hasta el 31DIC2011, con cargo a la fuente Recursos Directamente Recaudados y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes. Artículo Segundo.- Los trámites mencionados en el artículo anterior se podrán efectuar en el domicilio del ciudadano en los distritos de Lima Metropolitana, Callao y en la Ofi cina Registral Piura, ésta última perteneciente a la Jefatura Regional Piura. La solicitud de dicho servicio se efectuará en forma telefónica por los interesados o sus familiares, quienes se comunicarán a la línea gratuita 0-800-11040 de la Gerencia de Imagen Institucional o al número telefónico 2237921 del Servicio de Atenciones Especiales (Lima). Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Operaciones Registrales, Restitución de la Identidad y Apoyo Social, Informática, Administración y Planifi cación y Presupuesto. Regístrese, publíquese y cúmplase. MARIANO CUCHO ESPINOZA Jefe Nacional (i) Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil 584803-2