Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2011 (04/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 4 de enero de 2011

Establecen gratuidad de tramitacion y expedicion del DNI en la modalidad de inscripcion por primera vez, para ninas, ninos y adolescentes de 0 a 16 anos de edad y dictan disposiciones complementarias
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1101 -2010/JNAC/RENIEC MORDAZA, 30 de Diciembre del 2010 VISTO: El Oficio Nº 002365-2010/GRIAS/RENIEC (28DIC2010) e Informe Nº 059-2010/GRIAS/RENIEC (28DIC2010), emitido por la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social; el Oficio Nº 005107-2010/GOR/ RENIEC (20DIC2010) e Informe N° 000297-2010/GOR/ RENIEC (20DIC2010), de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Oficio Nº 003726-2010/GPP/RENIEC (30DIC2010), emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; el Informe Nº 002451-2010/GPP/SGP/ RENIEC (30DIC2010), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto y el Informe N° 002089-2010/GAJ/RENIEC (30DIC2010), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, con arreglo al mandato de los articulos 177º a 183º de la Constitucion Politica del Peru, se crea el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil como un organismo constitucionalmente MORDAZA con personeria juridica de derecho publico interno, que goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil, emitiendo el documento nacional de identidad (DNI), en virtud a lo establecido en la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC); Que, el inciso c) del articulo 98º del Reglamento de Inscripciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98PCM, senala que son gratuitos los demas servicios que determine la Jefatura Nacional; Que, el RENIEC dentro del contexto social de su vision y mision institucional, procura constantemente la mejora de los servicios ofrecidos a la poblacion, es por ello que mediante propuestas de los organos de la institucion involucrados en la ejecucion de los diversos procedimientos registrales, emite resoluciones jefaturales en beneficio de los sectores mas vulnerables de la poblacion; Que, la Resolucion Jefatural Nº 407-2010-JNAC/ RENIEC (10MAY2010), establecio la gratuidad en el procedimiento de cancelacion de actas de nacimiento pertenecientes a la poblacion considerada en situacion de vulnerabilidad y extrema pobreza, advertidas en las campanas de desplazamientos; asi como a los solicitados por las personas adultas de 80 anos de edad (actualmente personas adultas de 75 anos de edad), personas con discapacidad, menores en estado de abandono que se encuentren en instituciones tutelares y centros de proteccion y en los procedimientos de cancelacion de actas de nacimiento para la poblacion registrada en cualquiera de los distritos determinados por la Estrategia Nacional CRECER; Que, de igual forma, la Resolucion Jefatural Nº 915-2009/JNAC/RENIEC (30DIC2009), modificada por la Resolucion Jefatural Nº 077-2010/JNAC/RENIEC (08FEB2010), establecio que la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, debera informar periodicamente a la Jefatura Nacional el avance y resultado de ejecucion de la "Campana tramitacion y expedicion gratuita del Documento Nacional de Identidad", en desplazamiento, por concepto de renovacion, duplicado y rectificacion de datos, con excepcion del tramite de cambio de direccion

domiciliaria a las personas residentes en los distritos con mayor nivel de pobreza determinados por la Estrategia Nacional CRECER; Que, las estrategias senaladas en los considerandos precedentes se siguen evidenciando; razon por la cual se hace necesaria su continuidad durante el proximo ano fiscal 2011; Que, asimismo, en el MORDAZA del Programa Estrategico de Acceso de la Poblacion a la Identidad y conforme a lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 044-2010 de fecha 25JUN2010, el RENIEC dicto diversas medidas orientadas a otorgar el DNI en forma gratuita a las ninas, ninos y adolescentes de 0 a 14 anos de edad en zonas urbanas y rurales a nivel nacional, a los cuales se les viene atendiendo en las Oficinas Registrales RENIEC y Agencias autorizadas, asi como via campanas de desplazamientos y en las Oficinas Registrales Auxiliares instaladas en los hospitales del MINSA y ESSALUD; Que, por ello la Resolucion Jefatural Nº 701-2010JNAC/RENIEC (09AGO2010), aprobo la ejecucion de las campanas en desplazamiento del DNI, en forma gratuita para los menores de 0 a 14 anos de edad, estableciendose diversos criterios para flexibilizar el procedimiento de inscripcion por primera vez, aplicables para los menores de 0 a 5 anos de edad, habiendose extendido para las ninas, ninos y adolescentes de 6 a 14 anos de edad, en merito a las Resoluciones Jefaturales Nos. 753 y 770-2010/ JNAC/RENIEC (23AGO y 01SET2010, respectivamente), criterios que fueron homogenizados de manera excepcional para la atencion de menores de 0 a 14 anos de edad, independientemente de su atencion a traves de las campanas de documentacion en desplazamientos o mediante las Oficinas Registrales y Agencias RENIEC a nivel nacional, mediante la Resolucion Jefatural Nº 8332010/JNAC/RENIEC (23SET2010); Que, adicionalmente, se emitio la Resolucion Jefatural Nº 917-2010/JNAC/RENIEC (21OCT2010), a traves de la cual se dispuso de manera excepcional la entrega del DNI de menores de 0 a 14 anos de edad, unicamente al padre o MORDAZA del titular de la inscripcion y a falta de cualquiera de estos, a un familiar consanguineo (ascendientes, hermanos mayores de edad, tios), quienes suscribiran el formato respectivo; Que, de otro lado, se autorizo de manera excepcional, la gratuidad en el cambio del lugar de entrega del DNI de menores de 0 a 14 anos de edad, siempre que el DNI se MORDAZA tramitado en el MORDAZA del Programa Estrategico de Acceso de la Poblacion a la Identidad y conforme a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 044-2010; Que, en ese escenario normativo, el RENIEC determino las metas a alcanzar tanto en el ano 2010 como en el ano 2011, realizando diversas estrategias de intervencion, tal como se ha resenado precedentemente, a traves de las campanas de desplazamiento y atencion en las Oficinas y Agencias del RENIEC a nivel nacional, con la finalidad de capturar los tramites de los menores de 0 a 14 anos de edad; Que, sin embargo, la Gerencia de Operaciones Registrales y la Gerencia de Restitucion de la Identidad y Apoyo Social, mediante los documentos del visto, respectivamente, manifiestan que durante la realizacion de las estrategias de intervencion concurren familias cuyos hijos que la componen son menores cuyas edades estan entre 0 a 16 anos de edad, por lo cual considerando que el Programa Estrategico de Acceso de la Poblacion a la Identidad no hace distincion para aquellos menores de 15 y 16 anos de edad, proponen que a dichos menores se les haga extensivo los criterios de flexibilidad dispuestos para los menores de 0 a 14 anos de edad, a efectos que se les otorgue un trato igualitario, lo que no resulta aplicable a los menores de 17 anos de edad, toda vez que su inscripcion se sustenta en la Ley Nº 29248, Ley del Servicio Militar; Que, sin embargo, resulta necesario que se establezca la gratuidad de la tramitacion y expedicion del DNI a los menores de 17 anos de edad, que por primera vez lo realicen en las campanas de desplazamientos, y que residan en los distritos considerados como pobre, muy pobre y pobre extremo, segun el mapa de FONCODES;

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