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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2011 (06/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de enero de 2011 433699 03 de noviembre de 2010, la Comisión Académica da a conocer que el Ministerio de Educación, propone a los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, adjuntando documentación sustentatoria de los dos (02)profesionales para ocupar al cargo de Presidente y Vicepresidente Académico de la referida Comisión por lo que se opina que se reconozca a los señores Fernando Gilbert Quevedo Ganoza y al señor Daniel Florencio Lovera Dávila como Presidente y Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete. Asimismo se requiere la Hoja de Vida documentada del Lic. Augusto Hidalgo Sánchez propuesto como Vicepresidente Administrativo; Que, en sesión ordinaria de fecha 17 de noviembre de 2010, el Pleno del CONAFU mediante Acuerdo Nº 474-2010-CONAFU convino por UNANIMIDAD: 1) Reconocer al Dr. Fernando Gilbert Quevedo Ganoza y al señor Daniel Florencio Lovera Dávila como Presidente y Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete. 2) Requerir la Hoja de Vida documentada del Lic. Augusto Hidalgo Sánchez propuesto como Vicepresidente Administrativo; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONOCER al Presidente y Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete. NOMBRE CARGO Fernando Gilbert Quevedo Ganoza Presidente Daniel Florencio Lovera Dávila Vicepresidente Académico Artículo Segundo.- REQUERIR la Universidad Nacional de Cañete la hoja de vida documentada del Lic. Augusto Hidalgo Sánchez propuesto para el cargo de Vicepresidente Administrativo. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANGELMIRO MONTOYA MESTANZA Presidente MARCELA JAQUELINY GIL CUEVA Secretaria General 584956-1 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la Universidad Peruana Cayetano Heredia cumple con lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la organización y funcionamiento de diversos Programas de Maestría y Especialización COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN N° 1145-2010-ANR Lima, 30 de noviembre de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Las comunicaciones CAR-SG-UPCH-467-10, de fecha 19 de mayo de 2010; TRANS-SG-UPCH-956-10, de fecha 05 de octubre de 2010; TRANS-SG-UPCH-958-10, de fecha 06 de octubre de 2010; el informe Nº 168-2010-DGDAC, de fecha 18 de noviembre de 2010; el memorando Nº 1029- 2010-SE, de fecha 24 de noviembre de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones previstas en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, la creación de carreras, programas académicos y de segunda especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante comunicaciones de vistos, el Secretario General de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, remite la documentación correspondiente a la creación y organización de los siguientes Programas de Maestría y Especialización: Escuela de Posgrado: • Maestría en Políticas y Gestión de la Ciencia, Tecnología e Innovación. • Maestría en Ciencias del Mar • Maestría en Ciencias en Investigación Epidemiológica Facultad de Enfermería: • Especialización en Enfermería en Cuidado en Oncología Que, mediante informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación comunica que los precitados Programas de Maestría y Especialización reúnen los requisitos académicos necesarios para su funcionamiento y propone expedir la correspondiente resolución de aprobación; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución que declare la organización y funcionamiento de los Programas de Maestría y Especialización de la Universidad Peruana Cayetano Heredia en cumplimiento con lo previsto en el artículo 92, inciso e) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Peruana Cayetano Heredia cumple con lo previsto en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, respecto a la organización y funcionamiento de los siguientes Programas de Maestría y Especialización: Escuela de Posgrado: • Maestría en Políticas y Gestión de la Ciencia, Tecnología e Innovación. • Maestría en Ciencias del Mar • Maestría en Ciencias en Investigación Epidemiológica Facultad de Enfermería: • Especialización en Enfermería en Cuidado en Oncología Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ Rector de la Universidad Ricardo Palma y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 584955-1