Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2011 (06/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de enero de 2011

Peru, actuando a traves del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Concesion Canchaque S.A.; Que, mediante el articulo 3 de la Resolucion Ministerial No. 602-2007/MTC/02 se autorizo a PROVIAS NACIONAL para que en representacion del MTC realice las actividades necesarias para la elaboracion, actualizacion e implementacion de los Programas de Compensacion y Reasentamiento Involuntario - PACRI, asi como a realizar las gestiones para liberar las interferencias de los servicios publicos que se encuentren dentro del Derecho de Via, respecto de los Contratos de Concesion de los proyectos de infraestructura de transporte que comprende la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al sector privado bajo concesion o cualquier otra forma que involucre una relacion contractual de mediano a largo plazo; Que, mediante Convenio MORDAZA de Cooperacion Interinstitucional No. 037-2009-MTC/20, suscrito entre el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a traves de la Direccion Nacional de Construccion, las partes acordaron que este ultimo efectue la valuacion comercial de los predios afectados por la ejecucion de obras publicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, asi como los ejecutados por los Contratos de Concesion de los proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la red Vial Nacional, otorgados o a otorgarse al Sector Privado bajo concesion o cualquier otra forma contractual que involucre una relacion contractual de mediano plazo; Que, la Clausula Sexta del citado Convenio MORDAZA, dispone que para todos los servicios cuyos costos MORDAZA menores a tres (03) UIT, no se requerira de la suscripcion de un Convenio Especifico, lo cual debera ser solicitado y aceptado mediante Oficios; Que, mediante Oficios Nos. 1510 y 1607-2010MTC/20.6, PROVIAS NACIONAL, solicito a la DNC, la tasacion correspondiente a dos (2) predios afectados por la construccion de la Unidad de Peaje en el Area de Concesion de la Ejecucion de la Carretera Empalme R 1B Buenos Aires ­ Canchaque, ubicado en el departamento de Piura; y mediante Oficio No. 1442-2010/VIVIENDAVMCS-DNC, la Direccion Nacional de Construccion remitio los informes tecnicos respectivos; Que, mediante Memorando No. 6079-2010-MTC/20.6, el Gerente de la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL remite a la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de PROVIAS NACIONAL el Informe No. 049-2010-CETM/SMAS, en el que se senala que luego de la revision efectuada a los dos (2) informes tecnicos de tasacion remitidos por la Direccion Nacional de Construccion, corresponde aprobar mediante resolucion ministerial la tasacion de un (1) predio afectado por la ejecucion de la referida obra al tener su titular la condicion juridica de propietario registral; Que, la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de PROVIAS NACIONAL mediante Informe No. 920-2010MTC/20.3, concluye que, luego de efectuada la revision de los documentos que obran en el Expediente asi como del analisis de la normativa correspondiente, es procedente efectuar el tramite de aprobacion, mediante resolucion ministerial, de la referida tasacion; Que, con la Nota del Visto el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL, solicita que se apruebe la tasacion del predio afectado por la construccion de la Unidad de Peaje en el Area de Concesion de la Ejecucion de la Carretera Empalme R 1B Buenos Aires ­ Canchaque, ubicado en el departamento de MORDAZA, y; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nos. 27628 y 29370 asi como por el Decreto Supremo No. 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la tasacion elaborada por la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento correspondiente a un (1) predio afectado por la construccion de la Unidad de Peaje en el Area de Concesion de la Carretera Empalme R 1B Buenos Aires ­ Canchaque, ubicado en el

departamento de MORDAZA, conforme al detalle que se senala en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO Construccion de la Unidad de Peaje en el Area de Concesion de la Carretera Empame R 1b Buenos Aires No. 1 Codigo U.C. 14761 Monto de valuacion ($) 6 784.06

585449-1

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban nueva version del Programa de Declaracion Telematica del Impuesto Selectivo al Consumo
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 001-2011/SUNAT

MORDAZA, 5 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que el articulo 88° del Texto Unico Ordenado (TUO) del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-99-EF y normas modificatorias, faculta a la Administracion Tributaria a establecer para determinados deudores tributarios la obligacion de presentar la declaracion tributaria por medios magneticos; Que mediante la Resolucion de Superintendencia N.° 002-2000/SUNAT y normas modificatorias, asi como la Resolucion de Superintendencia N.° 143-2000/SUNAT, se aprobaron disposiciones sobre la forma y condiciones generales para la MORDAZA de declaraciones tributarias determinativas e informativas a traves de los formularios virtuales generados por los Programas de Declaracion Telematica (PDT); Que asimismo, la Resolucion de Superintendencia N.° 129-2002/SUNAT y normas modificatorias, precisada por la Resolucion de Superintendencia N.° 133-2002/SUNAT, senala los sujetos obligados a presentar declaraciones determinativas utilizando los formularios virtuales generados por los PDT; Que por su parte, la Resolucion de Superintendencia N.° 260-2004/SUNAT y normas modificatorias aprueba normas para que los deudores tributarios presenten sus declaraciones determinativas y efectuen el pago de los tributos internos a traves de SUNAT Virtual; Que a traves de la Resolucion de Superintendencia N.° 031-2010/SUNAT se aprobo el PDT Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), Formulario Virtual N.° 615 ­ version 2.3; Que el articulo 1° del Decreto Supremo N.° 265-2010EF modifica el ISC aplicable a los bienes contenidos en el MORDAZA Apendice III del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ISC, aprobado por el Decreto Supremo N.° 055-99-EF y normas modificatorias, a fin de establecer montos fijos de ISC para las gasolinas para

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