Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2011 (12/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

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del Grupo de Trabajo Multisectorial - VRAE, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-DE del 22 de febrero de 2007, se declaro de necesidad publica y preferente interes nacional, el esquema de intervencion estrategica integral denominado "Una Opcion de Paz y Desarrollo en Seguridad para el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene -Plan VRAE", aprobado por el Consejo de Ministros del 20 de diciembre de 2006; Que, asimismo se constituyo el Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE, con la finalidad de propiciar una intervencion articulada de los distintos sectores y entidades del Estado, con enfoque territorial, vision estrategica y responsabilidad compartida, en el MORDAZA del esquema de intervencion estrategica integral referido precedentemente, que tiene como objeto alcanzar la pacificacion, combatir el narcotrafico y otros ilicitos, asi como la promocion del desarrollo economico y social del MORDAZA, a fin de mejorar las condiciones de MORDAZA de esa poblacion e incentivar la participacion activa de las autoridades locales y de la sociedad organizada; Que, la MORDAZA invocada establece que el Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE estara conformado; entre otros, por el Ministerio del Interior, quien a su vez designara dos representantes, a nivel tecnico; Que, mediante el Oficio del visto el Secretario Ejecutivo del Grupo de Trabajo Multisectorial -VRAE solicita la participacion de los representantes del sector con la finalidad de analizar el documento denominado "Una Opcion de Paz y Desarrollo en Seguridad para el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene -Plan VRAE", asi como formular un MORDAZA Plan que respalde a la situacion actual del VRAE; Que, en ese sentido, resulta necesario actualizar la designacion de los representantes del Sector Interior, efectuada mediante Resolucion Ministerial Nº 0297-2009lN del 24 de MORDAZA de 2009; y, De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 -Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, la Ley Nº 29334 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funcion del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005IN, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2007-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del MORDAZA General PNP ® MORDAZA MORDAZA MIYASHIRO ARASHIRO y MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ, como representantes del Ministerio del Interior ante el Grupo de Trabajo Multisectorial -VRAE, efectuada mediante Resolucion Ministerial Nº 0297-2009-IN del 24 de MORDAZA de 2009. Articulo 2º.- Designar, al Viceministro de Orden Interno del Ministerio del Interior y al Jefe de Estado Mayor de la Direccion Ejecutiva de Operaciones Policiales de la Policia Nacional del Peru, como representantes del Ministerio del Interior ante el Grupo de Trabajo Multisectorial -VRAE. Registrese, comuniquese y publiquese. E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 588476-1

la variacion de la sancion de doce (12) meses de Cese Temporal sin goce de remuneraciones a imponerse a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA LARREA, propuesta por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, por la de Destitucion. CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Directoral Nº 058-2008-IN/1 300 del 04 de febrero de 2008, se resuelve instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA LARREA, Tecnico en Auditoria 1 - Nivel STB, de la Oficina de Auditoria del Organo de Control Institucional del Ministerio del Interior, por incumplimiento a la obligacion establecida en el articulo 21º inciso c) y presunta comision de faltas de caracter disciplinario previstos en el articulo 28º incisos a) y k) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, con escrito de fecha 19 de febrero de 2008, la referida servidora presento su descargo argumentando que la accion administrativa incoada en su contra habia prescrito, en razon que la autoridad competente conocio la supuesta falta al MORDAZA dia seguido de la publicacion de la Resolucion de Contraloria Nº 417-2006-CG, la cual fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 30 de diciembre de 2006, y que hasta la fecha de emision de la Resolucion Ministerial Nº 058-2008-lN/1300, que resuelve instaurarle MORDAZA administrativo disciplinario, se habria excedido el plazo de un ano, que exige la Ley para la iniciacion del MORDAZA Administrativo Disciplinario, de conformidad con el articulo 173º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, mediante Acta Nº 24-2008-1300COPEPROADMI del 05 de junio de 2008, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios designada con Resolucion Ministerial Nº 128-2008IN/0901 del 29 de febrero de 2008, recomendo declarar la prescripcion de la accion administrativa disciplinaria contra la referida servidora debido a que, el inicio del computo del plazo es de fecha 27 de diciembre de 2006 y la fecha de instauracion del MORDAZA fue el 04 de febrero de 2008; por tanto, ha transcurrido mas de un ano del momento en que la autoridad competente tuvo conocimiento de la falta; asimismo, solicito que la Oficina General de Asesoria Juridica determine la responsabilidad de la prescripcion en la accion de MORDAZA administrativo disciplinario referida a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA LARREA; Que, con Informe Nº 2617-2008-lN/0204 del 19 de agosto de 2008, la Oficina General de Asesoria Juridica, opino que el Proyecto de Resolucion Ministerial que resuelve declarar la prescripcion de la accion administrativa disciplinaria resulta OBSERVADO porque la autoridad competente tuvo conocimiento de la comision de la falta disciplinaria el dia 02 de agosto del 2007; por lo tanto, el vencimiento del plazo para la prescripcion de la accion administrativa disciplinaria seria indefectiblemente el 02 de agosto del 2008; significando aquello que la accion administrativa en el presente caso no ha prescrito, toda vez que el MORDAZA seguido a la servidora involucrada fue instaurado mediante Resolucion Ministerial Nº 058-2008IN/1300 del 04 de febrero del 2008; en consecuencia, remitio los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de los Organos No Policiales del Ministerio del Interior, para la revaluacion del caso, y concluya el MORDAZA administrativo disciplinario instaurado; Que, con Acta Nº 23-2009-1300-COPEPROADMI de fecha 27 de febrero de 2009, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 150º, 155º y 158º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM, asi como el articulo 28º incisos a) y k) de la referida Ley y, el articulo 55º del Reglamento Interno de Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, acordaron recomendar se sancione a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA LARREA, con doce (12) meses de cese temporal sin goce de remuneraciones;

Sancionan con destitucion a servidora de la Oficina de Auditoria del Organo de Control Institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 023-2011-IN-0901 MORDAZA, 11 de enero de 2011 Visto, la Hoja de Estudio y Opinion Nº 007-2010-INDM- GAAD-ABC del 27 de enero de 2010, emitido por el Asesor del Despacho Ministerial, que recomienda

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