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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de enero de 2011 433940 Autorizan viaje de funcionario diplomático a la República Argelina Democrática y Popular y a la Sultanía de Omán, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0036/RE Lima, 11 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, siendo uno de los objetivos específi cos de la Política Exterior del Perú la promoción de los intereses nacionales en el contexto internacional, es conveniente consolidar la participación peruana en el Foro América del Sur - Países Árabes (ASPA) como mecanismo de diálogo orientado al fortalecimiento birregional en los escenarios político, económico y cultural; Que, en dicho contexto, el Perú mantiene un especial interés en fomentar las relaciones político–diplomáticas, económico–comerciales, de inversiones y de cooperación con los países del Magreb y del Golfo Arábigo; especialmente con Argelia, Omán y Yemen, cuyos Gobiernos han invitado al señor Canciller de la República, Embajador José Antonio García Belaunde, a realizar una visita ofi cial a sus respectivos países, teniendo en cuenta que el Perú será sede de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro América del Sur–Países Árabes (ASPA); Que, mediante Resolución Suprema Nº 324-2010- PCM se autorizó el viaje del señor Ministro a Marruecos y Túnez en diciembre del presente año con idéntico propósito, y con Resolución Suprema Nº 498-2010- RE se autorizó al entonces Director General de África y Medio Oriente, Embajador José Rafael Eduardo Beraún Araníbar, a acompañar al señor Canciller en dicho periplo; Teniendo en cuenta los Memoranda (AMO) Nº AMO0415/2010 y AMO0006/2011, de la Dirección General de África y Medio Oriente, de 09 de diciembre de 2010, y 06 de enero de 2011, respectivamente; y (PPT) Nº PPT0026/2011 del Departamento de Presupuesto, de 11 de enero de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso f) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619 y su modifi catoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; la Ley Nº 29626-2010-PCM en su artículo 10.1 inciso d); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República José Rafael Eduardo Beraún Araníbar, Director General de África, Medio Oriente y Países del Golfo; y, Secretario Pro Tempore Adjunto de la III Cumbre ASPA, a la República Argelina Democrática y Popular y a la Sultanía de Omán, del 12 al 22 de enero de 2011, a fi n que acompañe al señor Canciller de la República, Embajador José Antonio García Belaunde, en su visita ofi cial a la República Argelina Democrática y Popular; y, realice una visita de trabajo con altas autoridades de la Sultanía de Omán. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 43599 III Cumbre América del Sur – Países Árabes (ASPA), Específi ca del Gasto 2. 3. 2. 1. 1. 2. Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio y Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Destino Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ José Rafael Eduardo Beraún Araníbar 5,174.98 Argelia 200.00 4+2 1,200.00 Omán 260.00 4 1,040.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 588655-1 SALUD Aprueban Norma Técnica de Salud para la Atención Anestesiológica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 022-2011/MINSA Lima, 10 de enero del 2011 Visto el expediente Nº 09-089747-001, que contiene el Memorando Nº 6193-2010-DGSP/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas, e Informe Nº 863- 2010-OGAJ/MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural; Que, el artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, dispone que la Dirección General de Salud de las Personas, es el órgano técnico normativo en los procesos relacionados, entre otros, a la atención Integral y servicios de salud; Que, por Resolución Ministerial Nº 486-2005/MINSA del 24 de junio de 2005, se aprobó la NT Nº 030- MINSA/DGSP-V.01: “Norma Técnica de los Servicios de Anestesiología”; Que, en el marco de sus competencias, la Dirección General de Salud de las Personas ha propuesto para su aprobación la “Norma Técnica de Salud para la Atención Anestesiologica”, con la fi nalidad de contribuir a mejorar la calidad de la atención que se brinda al usuario en los procesos de anestesia, analgesia y reanimación; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud;