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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de febrero de 2011 435473 implementar la interconexión de equipos de procesamiento electrónico de información entre las entidades del Estado; Que, el Objetivo Estratégico 2 de la Estrategia Nacional de Gobierno Electrónico es desarrollar y establecer la plataforma de red transaccional del Estado y la creación de mecanismos que permitan administrar los costos de los servicios de acuerdo a procesos de generación de valor y a las tasas establecidas por las instituciones participantes. Actualmente la plataforma transaccional del Estado está en plena implementación, estimándose que deberá entrar en funcionamiento en mayo del 2011, asimismo la Presidencia del Consejo de Ministros ha establecido una metodología para determinar los costos de servicios públicos brindados por las entidades del Estado; Que, en el marco del Programa de Modernización del Sistema de Administración de Justicia para la mejora de los Servicios brindados a la Población Peruana - PMSAJ, se ha conformado el Componente de Interoperabilidad, el cual busca que los sistemas electrónicos de las entidades del Sistema de Justicia interoperen logrando organizaciones integradas y extendidas las cuales reformularán sus relaciones externas y transformarán sus organizaciones aplicando procesos integrados y orquestados cumpliendo de esta manera con la metas de efi ciencia, efi cacia, transparencia y calidad en sus servicios; Que, dentro del ámbito de las plataformas tecnológicas disponibles en la administración pública, y con el objetivo de obtener una operación corporativa en el Estado Peruano, se hace necesario integrar estructuras compuestas de plataformas de computadores de distintos tipos y procedencias que interoperen entre sí de manera transparente; Que, eLAC es una estrategia regionalmente concertada que concibe a las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) como instrumentos de desarrollo económico e inclusión social, con visión a largo plazo (2015), acorde con los objetivos del Milenio (ODM), y la Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información (CMSI), que se concreta con planes de acción de corto plazo con metas cuantitativas y cualitativas entre las que se encuentran conformar una plataforma del accionar público-privado para coordinar los esfuerzos de varios sectores, a fi n de generar sinergias, evitar la duplicación de esfuerzos, y potenciar proyectos regionales, mediante la cooperación y el intercambio de mejores prácticas a nivel regional, e impulsar estrategias e iniciativas nacionales en áreas específi cas, estableciendo lineamientos de acción y defi niendo indicadores que orienten sobre el grado de avance en el desarrollo de la Sociedad de la Información; Que, la Estrategia para la Sociedad de la Información en América Latina y el Caribe, eLAC 2010, que tuvo su sede en la ciudad de Lima, en el mes de noviembre de 2010, establece entre sus objetivos la utilización de las Tecnologías de Información y Comunicaciones - TIC, para el desarrollo, la equidad y el fortalecimiento de la democracia; Que, adicionalmente, la legislación internacional establece la importancia del tratamiento global de la interoperabilidad, por lo que deben crearse las condiciones necesarias para tratar las dimensiones de la interoperabilidad teniendo en consideración la organización, la semántica y la técnica, utilizándose preferentemente estándares abiertos, de uso generalizado por los ciudadanos, así como una infraestructura y servicios comunes, que permitan la reutilización de los documentos, licenciamiento, directorios, soluciones disponibles, entre otros; todo lo cual coadyuvará a brindar servicios comunes más efi caces, efi cientes y con orientación al ciudadano; por lo que, en atención a lo antes expuesto, se considera necesario y conveniente la creación de la Comisión Multisectorial Temporal que elabore el Anteproyecto de Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos e Interoperabilidad del Estado Peruano; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley 29158, y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constitución Constituir la Comisión Multisectorial Temporal cuya función será elaborar el Anteproyecto de Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos e Interoperabilidad del Estado Peruano, en adelante la Comisión. La Comisión dependerá de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2º.- De los Integrantes de la Comisión La Comisión estará conformada por los siguientes miembros: - El Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidirá; - La Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; - El Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia; - La Directora Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia; - El Intendente Nacional de Sistemas de Información de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria; y, - El Gerente General de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos. También podrán conformar la Comisión: - El Gerente General del Poder Judicial; - El Gerente de Informática del Poder Judicial; y, - El Secretario General de Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil - RENIEC. Artículo 3º.- De la acreditación en caso de ausencia de los miembros titulares Cada uno de los miembros integrantes de la Comisión indicados en el artículo 2° de la presente resolución podrá contar con un representante, quien hará sus veces en una o más reuniones, siendo necesario para dicho ejercicio la presentación ante el Presidente de la Comisión de la correspondiente justifi cación por escrito del motivo que ocasiona la ausencia del titular. La designación de los citados representantes se llevará a cabo mediante resolución de la más alta autoridad de cada una de las entidades participantes. Artículo 4º.- Instalación La instalación de la Comisión se realizará en el plazo máximo de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución. Artículo 5°.- Secretaría de la Comisión La Secretaría de la Comisión estará a cargo del Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia, quien ejercerá las funciones propias del cargo. Artículo 6º.- Apoyo de otras entidades La Comisión, directamente o por intermedio de su Secretaría, podrá solicitar a las entidades públicas o privadas, así como a los especialistas, el asesoramiento, información y apoyo necesario para el cumplimiento de la labor encomendada. Artículo 7º.- Plazo La Comisión presentará el 10 de marzo de 2011 a la Presidencia del Consejo de Ministros, el informe fi nal el cual contendrá el anteproyecto de Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos e Interoperabilidad del Estado Peruano. Artículo 8º.- Gastos El cumplimiento de lo encargado a la Comisión no irrogará gasto alguno al Estado Peruano.