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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (02/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de febrero de 2011 435483 un Proceso de Racionalización de Personal, dispone que el personal de la citada entidad estará comprendido dentro del régimen laboral de la actividad privada; Que, en el marco de los dispositivos legales antes citados es necesario aprobar la modifi cación de la escala remunerativa del Pliego Consejo Nacional de la Magistratura; De conformidad con lo establecido en el literal c) del numeral 1 de la Sexagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 y la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Apruébase la modifi cación de la escala remunerativa del Pliego Consejo Nacional de la Magistratura, de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Consejo Nacional de la Magistratura (www.cnm.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2º.- De la aprobación El Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura o a quien éste delegue deberá fi jar el monto que le corresponda a cada trabajador, tomando en consideración la evaluación de su desempeño. En ningún caso el monto fi jado para cada trabajador podrá superar el monto máximo establecido en la escala que aprueba el presente dispositivo. El Consejo Nacional de la Magistratura sólo reconocerá a los trabajadores a su servicio doce (12) remuneraciones continuas al año, más dos gratifi caciones, una por Fiestas Patrias y otra por Navidad y la bonifi cación por escolaridad, en el marco de lo establecido en la Quinta Disposición Transitoria de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 3º.- De la prohibición Prohíbase, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, la percepción por parte del trabajador de cualquier otro ingreso, bonifi cación, asignación, retribución, subvención y benefi cio de toda índole cualquiera sea su forma, modalidad, mecanismo, fuente de fi nanciamiento, en especie o dinerario, en forma adicional al monto máximo establecido en la escala que aprueba la presente norma. Artículo 4º.- Del fi nanciamiento La presente escala remunerativa es de aplicación a partir de la fecha de publicación de la presente norma y se fi nancia con cargo al Presupuesto Institucional aprobado al Pliego Consejo Nacional de la Magistratura, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de febrero del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 598212-2 Autorizan viaje de profesional de CONASEV para participar en seminario en España RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2011-EF Lima, 1 de febrero de 2011 Visto el Ofi cio Nº 218-2011-EF/94.04.1, de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, sobre autorización de viaje; CONSIDERANDO Que, del 7 al 11 de marzo de 2011, en la ciudad de Madrid, Reino de España, se desarrollará el Seminario Presencial, actividad asociada al curso on line “Datos interactivos XBRL para Supervisión Financiera, 4ª Ed.”, organizado por el Banco de España y la Fundación Centro de Educación a Distancia para el Desarrollo Económico y Tecnológico (Fundación CEDDET); Que, en este contexto el Banco de España y la Fundación CEDDET han cursado invitación a la señora Janeth Conhy López, profesional de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, para que participe en el Seminario Presencial al haber sido seleccionada en atención a sus califi caciones obtenidas en el curso señalado en el considerando precedente; Que, los objetivos de la fase presencial consisten en reforzar los conocimientos y habilidades adquiridas en el curso on line y favorece el contacto personal e institucional entre los profesionales latinoamericanos y sus homólogos españoles con el fi n de promover la creación de Redes de Expertos; Que, entre los proyectos que tiene previsto desarrollar la CONASEV en el presente año, se encuentra la ejecución del Proyecto Desarrollo e Implementación del Estándar XBRL, siendo la señora Janeth Conhy López integrante del equipo de trabajo que lo llevará a cabo; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 - Ley Nº 29626, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales precedentes, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, los gastos de alojamiento y manutención de la profesional, serán fi nanciados por el Banco de España, incluso se compromete a efectuar un reembolso posterior hasta por la cantidad de Quinientos Euros (€ 500) a la Institución a la que pertenece el participante, por medio de transferencia, para compensar parcialmente, hasta por el límite antes indicado, los gastos de transporte en que se hayan incurrido; Que, en consecuencia y siendo de interés para los fi nes institucionales, es necesario autorizar el viaje de la mencionada profesional, cuyos gastos por concepto de pasajes, dentro de los cuales se incluye la Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto, serán asumidos con cargo al presupuesto de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619 y Nº 29626 y el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora Janeth Conhy López, Profesional de la Ofi cina de Tecnologías de Información de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, a la ciudad de Madrid, Reino de España del 5 al 12 de marzo de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, no cubiertos por los organizadores, serán con cargo al Presupuesto de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes: US$ 1 231,74 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada profesional