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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (02/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 2 de febrero de 2011 435475 b) Para todos los tipos de papeles absorbentes: noventa (90%) por ciento de material reciclado. c) Para todos los tipos de papel de escritura e impresión incluido el papel bond de diferentes pesos: ochenta (80%) por ciento de material reciclado como mínimo. Artículo 3º.- Porcentaje de material reciclado en cartones Todos los tipos de cartones obligatoriamente tendrán el cien (100%) por ciento de material reciclado. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 598161-1 Encargan a la Viceministra de Gestión Ambiental las funciones de Viceministra de Desarrollo Estratégico de Recursos Naturales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 023-2011-MINAM Lima, 1 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-2011- MINAM, se autorizó el viaje de la señora Zoila del Rosario Gómez Gamarra, Viceministra de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 2 al 4 de febrero de 2011; con el propósito que participe en el Segmento de Alto Nivel del IX Período de Sesiones del Foro de Bosques de las Naciones Unidas y en el lanzamiento ofi cial del “Año Internacional de los Bosques 2011”; Que, con el propósito de garantizar la operatividad de la gestión del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, resulta necesario encargar durante dicho período, las funciones del referido Viceministerio; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo Nº 007- 2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar del 2 al 4 de febrero de 2011, las funciones de Viceministra de Desarrollo PERÚ Ministerio de Economía y Finanzas Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado Presidencia Ejecutiva COMUNICADO Nº 002-2011-OSCE/PRE ENTRADA EN VIGENCIA DEL CONVENIO MARCO PARA LA ADQUISICIÓN DE ÚTILES DE ESCRITORIO El Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE pone en conocimiento de las Entidades Públicas que se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, que el Convenio Marco de Útiles de Escritorio entrará en vigencia el próximo 28 de febrero de 2011. En ese sentido, a partir de la fecha en mención, las Entidades Públicas deberán, obligatoriamente, utilizar el Catálogo Electrónico del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE para realizar las compras de los cuatrocientos cuarenta y un (441) ítems comprendidos en el Convenio Marco de Útiles de Escritorio, que incluye los rubros de útiles de ofi cina y papelería en general (el listado de ítems se puede consultar en: www. seace.gob.pe, sección: Convenio Marco). Este Organismo Supervisor habilitará en una fecha anterior a la señalada el Catálogo Electrónico de Convenio Marco en el SEACE, por lo que las Entidades Públicas podrán realizar sus compras por este medio de manera facultativa hasta antes del 28 de febrero de 2011, día desde el cual el uso de dicho Catálogo es obligatorio. Cabe precisar que, de acuerdo a lo señalado en el literal h) del numeral 3.3 del artículo 3º de la Ley de Contrataciones del Estado, esta no será aplicable a las contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes al momento de la transacción, salvo que se trate de bienes y servicios incluidos en el Catálogo de Convenios Marco. Asimismo, se recomienda a los responsables de los órganos encargados de las contrataciones de cada Entidad, tomar en cuenta lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 154-2010-EF, con relación a las compras que deben efectuarse bajo la modalidad de Convenio Marco, así como lo señalado en la Directiva Nº 007-2010- OSCE/CD: Directiva de Convenio Marco, aprobada mediante Resolución Nº 418-2010-OSCE/PRE. Lima, febrero de 2011. Presidencia Ejecutiva (Se publica a solicitud del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado mediante Ofi cio Nº 032-2011/OAF) 597575-1