Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2011 (06/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de febrero de 2011

PRODUCE
Designan representante titular del Ministerio ante la Comision Tecnica Multisectorial a que se refiere el D.S. Nº 045-2010-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 033-2011-PRODUCE
MORDAZA, 4 de febrero de 2011

del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria como representante titular del Ministerio de la Produccion, ante la Comision Tecnica Multisectorial a que se refiere el Decreto Supremo Nº 045-2010-PCM Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Presidencia del Consejo de Ministros y publicar la misma en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe) Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ELISBAN VILLASANTE MORDAZA Ministro de la Produccion

599585-2
VISTOS: El Memorando Nº 0171-2011-PRODUCE/ DVMYPE-I, de fecha 18 de enero de 2011, el Memorando Nº 0496-2011-PRODUCE/SG, de fecha 19 de enero de 2011 y el Cargo Nº 0046-2011-PRODUCE/DVMYPE-I, de fecha 20 de enero de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 045-2010PCM, de fecha 7 de MORDAZA de 2010, se crea una Comision Tecnica Multisectorial de caracter temporal, encargada de la formulacion y seguimiento de la implementacion de un Proyecto de Plan Nacional para la Formalizacion de la Mineria Artesanal, indicando que esta se encontrara adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros y que tiene como objeto la formulacion y seguimiento de la implementacion de un Proyecto de Plan Nacional para la Formalizacion de la Mineria Artesanal; Que, los articulos 2º y 5º del referido Decreto Supremo, establecen que el Ministerio de la Produccion ante la Comision Tecnica que se crea, tendra un representante titular y otro alterno, los que seran designados mediante Resolucion del Titular del Pliego; Que, en atencion a lo senalado, el Ministerio de la Produccion a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0912010-PRODUCE de fecha 14 de MORDAZA de 2010, designa como representantes titular y alterno ante la Comision Tecnica Multisectorial de caracter temporal, encargada de la formulacion y seguimiento de la implementacion de un Proyecto de Plan Nacional para la Formalizacion de la Mineria Artesanal , a las senoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balcazar MORDAZA, Directora General de MYPE y Cooperativas y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA profesional de la Direccion Mi Empresa de la Direccion General de MYPE, respectivamente; Que, ante la renuncia efectuada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balcazar MORDAZA al cargo de Directora General de MYPE y Cooperativas, la misma que fuera aceptada en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 347-2010PRODUCE, de fecha 23 de diciembre de 2010, el Ministerio de la Produccion no cuenta con representante titular ante la Comision Tecnica mencionada en los considerandos precedentes, razon por la que resulta necesaria la designacion de un MORDAZA representante titular; Que, a traves del articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 347-2010-PRODUCE, se designa al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director General de la Direccion General de MYPE y Cooperativas del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Produccion; por lo que atendiendo la propuesta formulada por el referido Despacho Viceministerial, corresponde emitir el acto administrativo de designacion del funcionario mencionado en el presente considerando; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, asi como de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 045-2010-PCM ­ Crea Comision Tecnica Multisectorial para la elaboracion y seguimiento de la Implementacion del Plan Nacional para la Formalizacion de la Mineria Artesanal, Decreto Supremo Nº 010-2006PRODUCE ­ Aprueba Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y sus modificaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de MYPE y Cooperativas

Suspenden actividades de extraccion y recepcion del recurso jurel en el MORDAZA establecido mediante R.M. N° 0252011-PRODUCE
RESOLUCION MINISTERIAL N° 035-2011-PRODUCE
MORDAZA, 5 de febrero de 2011 VISTOS: El Oficio Nº DE-100-055-2011-PRODUCE/ IMP de fecha 4 de febrero de 2011 del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, el Informe Nº 093-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dch de fecha 4 de febrero de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 017-2011-PRODUCE/OGAJ-cbenavideso de fecha 4 de febrero de 2011 de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que, el articulo 9º del citado Decreto Ley establece que el Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determinara, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que, la Primera Disposicion Final, Complementaria y Transitoria del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2007-PRODUCE, establece que el Ministerio de la Produccion, en base a las condiciones biologicas y oceanograficas podra autorizar temporalmente la extraccion de los recursos jurel y caballa con tallas diferentes a las establecidas en el inciso 7.6 del articulo 7º del citado reglamento y fijara una tolerancia MORDAZA distinta de ejemplares juveniles como captura incidental. Asimismo, senala que estos criterios podran adecuarse en razon de los reportes de las capturas por MORDAZA de pesca, asi como de los resultados de la evaluacion de los recursos que efectua el IMARPE; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 025-2011PRODUCE publicada el 26 de enero de 2011, en atencion a las recomendaciones del IMARPE remitidas con los Oficios Nº DE-100-017-2011-PRODUCE/IMP y Nº DE-100029-2011-PRODUCE/IMP, fue establecido un Regimen Provisional de extraccion de los recursos jurel (Trachurus murphyi) y caballa (Scomber japonicus peruanus) en todo el litoral peruano, desde el dia siguiente de su publicacion hasta el 31 de marzo de 2011, de alcance a las capturas provenientes de la actividad pesquera artesanal y de las embarcaciones pesqueras de mayor escala con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos jurel y caballa, consignadas en el listado publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion; Que, el articulo 2º de la citada Resolucion Ministerial determino un limite de captura mensual de 10,000 toneladas metricas de la fraccion juvenil del recurso jurel y de 15,000 toneladas metricas de la fraccion juvenil del

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