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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de febrero de 2011 435785 Que mediante Ofi cio N° 4814-OGPL-2010, la Ofi cina General de Planifi cación remite para su aprobación el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) 2010 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) es el Documento de Gestión Institucional que contiene la planta orgánica de cargos defi nidos y aprobados de la Entidad, necesarios para su adecuado funcionamiento, sobre la base de su estructura orgánica prevista en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y sus modifi caciones formalmente aprobadas; Que el referido CAP, siendo un Documento de Gestión Institucional debe ser publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en el Portal Electrónico de la Entidad, conforme al artículo 17° del D.S. N° 043-2004-PCM; Que mediante Informe Nº 1613-OGAL-R-2010, la Ofi cina General de Asesoría Legal emite opinión favorable; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus modifi catorias; SE RESUELVE: 1º.- Dejar sin efecto, a partir del 01 de enero del 2010, el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) 2009 aprobado por Resolución Rectoral Nº 05726-R-09 del 15 de diciembre del 2009; por las consideraciones expuestas en la presente Resolución. 2º.- Aprobar, en vía de regularización, el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) 2010 DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS, que en fojas ochenta y tres (83) forma parte de la presente Resolución, con vigencia a partir del 01 de enero del 2010. 3º.- Encargar a la Secretaría General de la Universidad la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, de conformidad con el artículo 17° del D.S. N° 043-2004-PCM. 4º.- Encargar a la Ofi cina General de Imagen Institucional la publicación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) 2010 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en el Portal Electrónico de la Universidad. 5º.- Encargar a la Ofi cina General de Planifi cación, Dirección General de Administración, Ofi cina General de Recursos Humanos, Facultades y Dependencias respectivas, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FERNANDO IZQUIERDO VÁSQUEZ Rector 599816-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Autorizan a procurador público iniciar acciones legales contra presunto responsable de generar perjuicio económico al Estado RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 117-2011-GR.LAMB/PR Chiclayo 28 de enero de 2011 VISTO: El Ofi cio Nº 5347-2010-GR.LAMB/DRSAL de fecha 14 de diciembre de 2010 (con Exp. Nº 1514892) mediante el cual el Director Regional de Educación Lambayeque, remite el Informe Especial Nº 009-2010-2-4455, solicitando se autorice mediante Resolución Ejecutiva Regional al Procurador Público Regional el inicio de las acciones legales pertinentes y el Ofi cio Nº 002-2011-GR.LAMB/ DIGR, de fecha 17 de enero de 2011, a través del cual se recepciona el indicado expediente; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Especial Nº 009-2010-2-4455 “Uso Indebido de los Fondos Asignados al Mantenimiento Preventivo de la Institución Educativa Nº 11504 - Pampagrande, por el monto de S/.20,900.00 Nuevos Soles” se determina lo siguiente: De la evaluación a la documentación presentada por la Directora de la UGEL Chiclayo, con Ofi cio Nº 2498-2010- GR.LAMB/DREL/DUGEL-CH/DGI-INF de fecha 03-11-2010 (Anexo 02) en torno al proceso de ejecución del Mantenimiento Preventivo año 2010, en la Institución Educativa (I.E) Nº 11504 del Centro Poblado Pampagrande, distrito de Chongoyape, se han evidenciado los siguientes hechos: 1. La I.E. 11504 ha sido considerada en la relación de Locales Escolares participantes en el Programa de Mantenimiento 2010 con 19 aulas con un monto asignado de S/.20,900.00 Nuevos Soles, en el marco de lo dispuesto por el Artículo 12º de la Ley Nº 29465 -Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010, Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 009-2010-EF del 20 de enero de 2010, Artículo 10º de la Directiva Nº 005-90- ME/VMGI “Normas para la Ejecución del Mantenimiento de los Locales de las Instituciones Educativas Públicas a Nivel Nacional – 2010”, aprobado por R.M. Nº 009-2010- ED del 22 de enero de 2010, señalando a don MOISES VALENTIN MUNDACA NEIRA, como responsable del Local de la referida institución educativa (Anexo 03). 2. El profesor MOISES VALENTIN MUNDACA NEIRA, en su condición de Director de la I.E. 11504 cobró en el Banco de la Nación la suma de S/.20,900 (Veinte Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles). 3. El mencionado Director no ha rendido cuenta de los gastos realizados con la suma de S/.20,900 Nuevos Soles para el Mantenimiento Preventivo de las 19 aulas, tampoco lo ha devuelto a la cuenta de ahorros del Ministerio de Educación para su reversión a la Dirección Nacional del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Situación que contraviene el Artículo 10º (de la Institución Educativa) de la Norma para la Ejecución del Mantenimiento Preventivo Básico de los Locales donde funcionan las Instituciones Educativas Públicas a Nivel Nacional 2010, aprobada con Directiva Nº 005-2010-ME/VMGI. Habiéndose determinado como presunto responsable al profesor MOISES VALENTIN MUNDACA NEIRA, por no haber realizado la rendición de gastos ejecutados de los fondos asignados por el Estado para el Mantenimiento Preventivo en la Institución Educativa Nº 11504 del Centro Poblado de Pampagrande del Distrito de Chongoyape, omisión que ha generado un perjuicio económico al Estado por el monto de S/.20,900.00 Nuevos Soles. Que, con Ofi cio Nº 004-2011-GR.LAMB/DIGR, de fecha 20 de enero de 2011, se acordó en el Directorio de Gerentes, la emisión de la resolución ejecutiva correspondiente a favor del Procurador Público Regional, siendo necesario emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, Decreto Ley Nº 17537 -Ley de Representación y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modifi cado por Decreto Ley Nº 17667, inciso a) de Art. 21º de la Ley Nº 27867 –Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 27902, Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS -Reglamento de la Representación y Defensa de los Intereses del Estado a nivel de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27783 –Ley de Bases de Descentralización, Decreto Legislativo Nº 1068 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2008-JUS; con el visado de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y la conformidad de Gerencia General Regional; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Abog. Enrique Eduardo Salazar Fernández -Procurador Público Regional, el inicio de las acciones legales correspondientes en nombre y representación del Estado -Gobierno Regional de Lambayeque, contra el profesor Moises Valentín Mundaca Neira, presunto responsable de los hechos indicados.