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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (09/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de febrero de 2011 435837 Oficializan el “Primer Módulo para la Capacitación en Materia Ambiental para las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y la Contraloría General de la República”, a realizarse en Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 027-2011-MINAM Lima, 8 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Ambiente - MINAM, es el órgano rector ambiental del Gobierno Nacional que coordina en los niveles de gobierno local, regional y nacional, para la conservación del ambiente de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana en permanente armonía con su entorno y así asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida; Que, la actividad del Ministerio del Ambiente comprende además, el establecimiento de la política, la normatividad específi ca, la fi scalización, el control y la potestad sancionadora por el incumplimiento de las normas ambientales en el ámbito de su competencia, la misma que puede ser ejercida a través de sus organismos públicos correspondientes; Que, en ese sentido, el MINAM viene prestando apoyo técnico en los tres niveles de gobierno y realiza acciones de coordinación para el mayor desarrollo de competencias y funciones a favor del cumplimiento de las normas legales en materia ambiental, así como el intercambio de información pertinente sobre protección y conservación de recursos naturales, así como el desarrollo de capacidades institucionales a través de la capacitación en normativa ambiental, y asistencia técnica-legal para el mejor cumplimiento de sus competencias y funciones; Que, se ha programado el desarrollo del Primer Módulo para la Capacitación en Materia Ambiental para las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y la Contraloría General de la República, a realizarse el día viernes 11 de febrero del 2011, con el objeto de dar a conocer los avances en la institucionalidad ambiental en el Perú, una visión de la gestión ambiental y la gestión integrada de los recursos naturales y un análisis de los delitos ambientales; asimismo compartir las acciones que las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y la Contraloría General de la República vienen realizando a favor de la protección y conservación de recursos naturales; Con el visado del Secretario General y de la Directora de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar la realización del “Primer Módulo para la Capacitación en Materia Ambiental para las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú y la Contraloría General de la República” que se llevará a cabo el día viernes 11 de febrero de 2011 en la ciudad de Lima. Artículo 2°.- La Ofi cina General de Administración y la Unidad Operativa Funcional de Comunicaciones e Imagen Institucional brindarán la colaboración que sea necesaria para el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Las ponencias serán difundidas en el Portal del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO JOSÉ BRACK EGG Ministro del Ambiente 600806-1 CULTURA Modifican R.D. Nº 085/INC mediante la cual se declaró patrimonio cultural de la Nación a sitios arqueológicos ubicados en la provincia de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 130-2011-VMPCIC-MC Lima, 2 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 085/ INC de fecha 19 de enero de 2006, se declaró patrimonio cultural de la Nación a los sitios arqueológicos Infantas I o Santa Luzmila Sector 3, e Infantas II o Santa Luzmila Sector 1, ubicados en el distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe N° 363-2010-CSBG-SDIC-DA- DREPH/MC de fecha 02 de diciembre de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda modifi car el Artículo 1° de Resolución Directoral Nacional N° 085/INC de fecha 19 de enero de 2006, y aprobar el expediente técnico del sitio arqueológico Infantas I; Que, mediante Acuerdo N° 0228-2010/MC de fecha 10 de diciembre de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Alta Dirección del Ministerio de Cultura modifi car el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional N° 085/INC de fecha 19 de enero de 2006, en lo que respecta al nombre del sitio arqueológico Infantas I, ubicado en el distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, recomendando además aprobar el expediente técnico del mencionado sitio arqueológico; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Asimismo, a través del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decretó la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorción, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo proceso concluyó el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial; Que, el literal a) del Artículo 14° de la Ley N° 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 057- 2010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se precisó la autorización otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolución Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitación y resolución de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondía a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ámbito