Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2011 (09/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de febrero de 2011

de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Que, de acuerdo a los considerandos precedentes, corresponde emitir la Resolucion Viceministerial que formalice lo acordado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 ­ Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema N° 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el Articulo 1° de la Resolucion Directoral Nacional N° 085/INC de fecha 19 de enero de 2006, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion a los sitios arqueologicos Infantas I e Infantas II o MORDAZA MORDAZA Sector 1, ubicados en el distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de Lima" Articulo 2°.- Aprobar el expediente tecnico (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) del siguiente monumento arqueologico prehispanico de acuerdo a los planos, areas y perimetros que a continuacion se consignan:
Nombre del sitio N° de Plano en arqueologico Datum PSAD56 Infantas I N° de Plano en Datum WGS84 Area (m2) 21357.46 Area (ha) 2.1357 Perimetro (m) 606.55

PP-015-MC_ PP-015-MC_ DREPH/DA/SDIC- DREPH/DA/SDIC2010 WGS84 2010 PSAD56

Articulo 3°.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de la condicion de patrimonio cultural de la Nacion de los monumentos arqueologicos prehispanicos mencionados en el Articulo 1° y de los planos senalados en el Articulo 2° de la presente resolucion. Articulo 4°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueologico prehispanico mencionado en la presente resolucion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 600412-1

Declaran patrimonio cultural de la Nacion a diversos monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 131-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 2 de febrero de 2011

Que, mediante Informe N° 408-2010-SDIC-DADREPH/MC de fecha 06 de diciembre de 2010, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia comunica que se han identificado y registrado veintiun (21) monumentos arqueologicos prehispanicos registrados en el MORDAZA del Programa Qhapaq Nan ­ Temporada 2003; Que, mediante Acuerdo N° 0263 de fecha 16 de diciembre de 2010 la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Alta Direccion del Ministerio de Cultura se declare patrimonio cultural de la Nacion a veintiun (21) monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y La Libertad; Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; Que, el Articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0572010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se preciso la autorizacion otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitacion y resolucion de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondia a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ambito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 ­ Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos cuya ubicacion se detalla en los siguientes cuadros:

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