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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (16/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de febrero de 2011 436264 Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, se ha determinado que ha sido formulado también en el marco del Artículo 37º de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, que establece: “que todas las entidades deben aprobar y gestionar su Texto Único de Procedimientos Administrativos y documentos de gestión, los cuales comprenden todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer su interés o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de una entidad...”; constituyéndose en un instrumento de gestión orientador de la naturaleza y condiciones de prestación de los servicios del sector; por lo que contando con opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; así como de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional; es necesario aprobar dicho documento de gestión; Estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 024, mediante Acuerdo N° 232-2010, de fecha 21 de diciembre del 2010, con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37°, concordante con el Art. 38º de la Ley N° 27867 y su modifi catoria N° 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Amazonas, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, contenido en 02 anillados. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto toda disposición que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- DISPONER su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Amazonas. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 22 días del mes de diciembre del año 2010. ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Amazonas, a los 28 DIC. 2010. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente Gobierno Regional de Amazonas 602906-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2011 ORDENANZA Nº 349-CDLO Los Olivos, 18 de enero de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 01-2011-CDLO/CEP de la Comisión de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los limites que señala la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo Nº 194º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal, cumple función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Nº 200 numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación oportuna sea ésta al contado o fraccionada de sus obligaciones tributaras vigentes o que se encuentren pendientes de pago; Que, de acuerdo al T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal - D.S. Nº 156-2004-EF, se determina que la fecha de vencimiento de pago anual del Impuesto Predial es hasta el 28 de Febrero de cada año, o fraccionado en cuatro cuotas trimestrales, en cuyo caso la primera cuota de pago vence el 28 de febrero del ejercicio, conforme especifi ca; Que, de acuerdo al Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 329-CDLO que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del Distrito de Los Olivos para el ejercicio 2010, la obligación de pago de los arbitrios municipales es de periodicidad Trimestral; siendo que con Ordenanza Nº 347-CDLO, Ratifi cada con Acuerdo de Consejo Nº 520-MML, se estable la aplicación para el ejercicio anual 2011 de las disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 329-CDLO; Estando a lo expuesto, y en cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades y el Artículo 23º inciso b) del mismo artículo del Reglamento Interno de Concejo, por unanimidad, el Concejo Municipal aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 349-CDLO QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2011 Artículo Primero.- FIJAR las FECHAS DE VENCIMIENTO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL para el ejercicio 2011, en las siguientes fechas de vencimiento: • PAGO AL CONTADO : 31 de Marzo • PAGO FRACCIONADO Primera Cuota : 31 de Marzo Segunda Cuota : 31 de Mayo Tercera Cuota : 31 de Agosto Cuarta Cuota : 30 de Noviembre Artículo Segundo.- FIJAR como fecha de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada de altas, bajas o modifi caciones de la misma hasta el día 31 de marzo del presente Ejercicio. Artículo Tercero.- FIJAR las FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO para el Ejercicio 2011, las cuales vencen: