Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2011 (16/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES

436263

UNIVERSIDADES
Otorgan duplicado de diploma del grado de Bachiller en Ingenieria de Minas de la Universidad Nacional del Centro del Peru
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCION Nº 01382-CU-2011

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Aprueban el MORDAZA de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo del Gobierno Regional de Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 279 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR

Huancayo, 28 de enero de 2011 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 223478 de fecha 28 de diciembre del 2010, por medio del cual don Fredi MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita Duplicado de Diploma de Grado de Bachiller en Ingenieria de Minas, por perdida. CONSIDERANDO: Que, don Fredi MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller, por perdida; el Diploma de Grado de Bachiller en Ingenieria de Minas fue expedido el 10.01.2001, Diploma registrado con el Nº 774, registrado a Fojas 297 del Tomo 029 - B, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item 4 de la Directiva Nº 001-2006-SG-UNCP; Que, mediante la Resolucion Nº 01304-CU-2007 del 19.01.2007, la Universidad aprueba la "Directiva para otorgar Duplicado de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales expedidos por la Universidad Nacional del Centro del Peru"; Que, con Resoluciones Nº 1525-2006-ANR y 1895-2006-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedicion de Duplicados de Diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626, por medio del cual faculta a las universidades publicas y privadas expedir duplicados de diplomas de MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales por perdida, deterioro o mutilacion; y De conformidad a las atribuciones conferidas por los dispositivos legales vigentes, al cumplimiento de la Directiva Nº 001-SG-2006-UNCP., y al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 19 de enero del 2011. RESUELVE: 1º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO DE BACHILLER EN INGENIERIA DE MINAS, a don MORDAZA MORDAZA FREDI MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma Nº 774, registrado a Fojas 297 del Tomo 029 - B. 2º DAR CUENTA de la presente Resolucion a la Asamblea Nacional de Rectores de conformidad a la Ley 28626. 3º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion a Secretaria General y Facultad de Ingenieria de Minas. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General
602769-1

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de la Region Amazonas, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993 modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias: en Sesion Ordinaria de fecha 21 de diciembre del 2010 ha aprobado por unanimidad la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales en el ejercicio de su autonomia administrativa conferida por su Ley Organica, a traves del Consejo Regional tiene la atribucion de normar mediante Acuerdos y Ordenanzas Regionales, su organizacion, funciones y asuntos de caracter institucional, de conformidad con lo previsto en el Art. 15°, Inc. "a" de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que le faculta: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional y en concordancia con el Art. 38° del acotado cuerpo normativo, que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo ha tramitado al Gobierno Regional para su aprobacion, su Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), conteniendo la actualizacion de los procedimientos administrativos que respondan a la aplicabilidad de los lineamientos normativos vigentes del Sector, como es el caso de la Ley Nº 28806, Ley General de Inspeccion del Trabajo; D.S. Nº 019-2006-TR, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Inspeccion del Trabajo y D.S. Nº 010-2003-TR, en lo concerniente al registro de Sindicatos, entre otros; asi como los procedimientos administrativos que deben adecuarse a las disposiciones de la Ley Nº 29060 - Ley del Silencio Administrativo; el D.S. Nº 079-2007-PCM que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del MORDAZA y establece disposiciones para el cumplimiento del Silencio Administrativo y el D.S. Nº 062-2009-PCM que aprueba los formatos para la elaboracion de los TUPAs de las Entidades de la Administracion Publica; Que el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), tambien constituye un instrumento regulador de actividades que ciertas Entidades del Sector Publico se encuentran autorizadas a realizar, en funcion a los intereses de los usuarios, como una fuente para dinamizar su economia en beneficio del cumplimiento de metas y objetivos que aporten al desarrollo y/o a los fines que persigue, garantizando la transparencia en el manejo de los recursos publicos y el patrimonio del Estado; Que, del analisis realizado a la propuesta del Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA de la

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