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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (25/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de febrero de 2011 437612 actualizado por Resolución Ministerial N° 644-2007- MTC/01 y sus modifi catorias; Con la opinión favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa MEGACABLE CLUB S.A.C., concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrarse con la empresa MEGACABLE CLUB S.A.C. para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2° de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 606488-1 Declaran resuelto Contrato de Concesión suscrito por la empresa Voicered Distribution S.A.C. para la prestación de servicios públicos portadores de larga distancia, aprobado por R. M. Nº 135-2007-MTC/03 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 131-2011-MTC/03 Lima, 22 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 135-2007- MTC/03 de fecha 21 de marzo de 2007, se otorgó concesión a la empresa VOICERED DISTRIBUTION S.A.C. para la prestación de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad conmutado, por el plazo de veinte (20) años en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú; suscribiéndose el Contrato de Concesión el 21 de junio de 2007; Que, mediante Memorando Nº 1287-2009-MTC/27 de fecha 06 de agosto de 2009, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones solicitó a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones que realice la inspección técnica correspondiente a fi n de verifi car si la empresa VOICERED DISTRIBUTION S.A.C. ha cumplido con la obligación de iniciar la prestación del servicio otorgado en concesión; Que, mediante Memorando Nº 4212-2009-MTC/29 del 25 de setiembre de 2009, la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones remite el Informe Nº 4670- 2009-MTC/29.02 del 14 de setiembre de 2009 en la cual se concluye que la empresa VOICERED DISTRIBUTION S.A.C., no ha iniciado la prestación de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad conmutado; Que, el numeral 6.02 de la cláusula sexta del Contrato de Concesión, establece que la concesionaria VOICERED DISTRIBUTION S.A.C. tiene la obligación de iniciar la prestación de los servicios concedidos en un plazo que no excederá de doce (12) meses computados desde la fecha efectiva, es decir desde el 21 de junio de 2007, el contrato de concesión quedará resuelto de pleno derecho y automáticamente quedará sin efecto la resolución que otorgó la concesión; Que, el artículo 134º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone que en el contrato de concesión se establecerá en forma específi ca el plazo para que el concesionario inicie la prestación del servicio de telecomunicaciones concedido y dicho plazo no está sujeto a prórroga, salvo caso fortuito o fuerza mayor; Que, el artículo 135º del mismo cuerpo legal, señala que vencido el plazo indicado en el artículo 134º sin haberse iniciado la prestación del servicio de telecomunicaciones concedido, se producirá de pleno derecho la resolución del contrato de concesión y quedará sin efecto la correspondiente resolución que asigna el uso del espectro; Que, asimismo, el numeral 18.01 de la cláusula décimo octava del contrato de concesión señala las causas por las que éste queda resuelto, entre las cuales se encuentra el incurrir en alguna de las causales de resolución del contrato de concesión previstas en la Ley de Telecomunicaciones y el Reglamento General; Que, el numeral 1 del artículo 137º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, establece como causal de resolución de contrato el incumplimiento del plazo pactado para iniciar la prestación del servicio; Que, mediante Informe Nº 494-2010-MTC/27 la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones concluye que la empresa VOICERED DISTRIBUTION S.A.C. ha incurrido en causal de resolución de pleno derecho del contrato de concesión para la prestación del servicio portador de larga distancia nacional e internacional en la modalidad conmutado, aprobado por Resolución Ministerial Nº 135-2007-MTC/03, al haber incumplimiento con iniciar en el plazo establecido en el respectivo contrato de concesión, el cual venció el 21 de junio de 2008, por lo que se encuentra resuelta la concesión desde el día siguiente; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC y su modifi catoria; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo No. 020-2007-MTC y modifi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que ha quedado resuelto el Contrato de Concesión suscrito por la empresa VOICERED DISTRIBUTION S.A.C., para la prestación de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad conmutado, aprobado por Resolución Ministerial Nº 135-2007-MTC/03, dejándose sin efecto el citado resolutivo, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 606642-1