Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2011 (25/02/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 25 de febrero de 2011

Se ha considerado que el trafico estimado para todos los departamentos de la MORDAZA y MORDAZA seria atendido por tres (3) redes independientes de fibra optica, cada una de las cuales, atenderia la tercera parte del trafico total, cubriendo una MORDAZA diferente del pais. Asimismo, se ha considerado una distribucion simetrica del trafico, es decir, el trafico agregado a nivel nacional esta dividido entre 3 redes de forma equitativa. 3.2 RESULTADOS DE LA ESTIMACION El resultado de las estimaciones efectuadas arroja que el trafico total a ser atendido en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA para el ano 2030 es de 35, 827 Gbps, con las consideraciones descritas en el numeral 3.1, referidas a las proyecciones de la poblacion y al numero de viviendas, a la velocidad de las conexiones de banda ancha fija y movil y a los niveles de penetracion de estos servicios, tal como se aprecia en el Cuadro N° 5. Cuadro N° 5: Estimacion del trafico por servicios de banda ancha al ano 2030
Suscriptores Banda Ancha Movil (3) 634,472 1,007,319 682,177 1,060,875 2,342,291 3,391,358 788,162 1,293,917 2,112,106 1,505,031 184,903 473,331 2,140,826 1,230,054 729,382 Suscriptores Banda Ancha Fija (3) Trafico Banda Ancha Movil (Gbps) (4) 175,563 634 1,007 682 1,061 2,342 3,391 788 1,294 2,112 1,505 185 473 2,141 1,230 729 19,576 188,763 293,552 648,129 938,413 218,090 358,036 584,434 416,453 51,164 130,974 592,382 340,365 201,825 5,416,873 Trafico Banda Trafico Ancha Total Fija (Gbps) (Gbps) (4) 527 1,161 836 566 881 1,944 2,815 654 1,074 1,753 1,249 153 393 1,777 1,021 605 1,844 1,248 1,942 4,287 6,207 1,442 2,368 3,865 2,754 338 866 3,918 2,251 1,335

subestaciones electricas, a fin de mejorar su confiabilidad. Del mismo modo, en las redes de transporte de hidrocarburos de alta presion, son necesarios los sistemas de control, como los sistemas SCADA con la finalidad de monitorear diversos aspectos referidos a la operacion del sistema20. En ese sentido, son necesarios enlaces de comunicacion confiables, para el correcto funcionamiento de los sistemas de control de las redes de energia descritas anteriormente. Asi, se requeriria un numero adicional de hilos de fibra optica para los fines particulares de los concesionarios de energia electrica e hidrocarburos, el cual sera determinado por el Ministerio de Energia y Minas.21 En ese orden de ideas, el numero minimo de hilos que se estima deberian tener los cables de fibra optica que se instalen en el MORDAZA del Decreto Supremo No. 034-2010MTC, es de veinte (20), para atender la demanda de los servicios de Banda Ancha y un numero adicional de hilos para las necesidades de comunicacion de las empresas concesionarias de energia electrica e hidrocarburos.

Departamentos (1)

Poblacion Viviendas 2030 2030 (2) (2) 704,969 1,119,243 757,974 1,178,750 2,602,546 3,768,176 875,735 1,437,686 2,346,784 1,672,257 205,448 525,923 2,378,696 1,366,727 810,424 21,751,338 195,070 309,702 209,737 326,168 720,143 1,042,681 242,322 397,818 649,372 462,725 56,849 145,527 658,202 378,183 224,250

17 18 19 20

AMAZONAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUANCAVELICA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA PASCO MORDAZA SAN MORDAZA UCAYALI TOTAL

278,732

21

Ver considerando 3.1.h. Ver considerando 3.1.g. Ver considerando 3.1.f. De acuerdo a una exposicion efectuada por funcionarios del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ante la Comision Multisectorial Permanente encargada de monitorear la implementacion de las disposiciones del Decreto Supremo No. 034-2010-MTC, las redes de transporte de hidrocarburos de alta presion mayores a 20 Bar, deben tener un sistema de control SCADA, el cual requiere redes de fibra optica para su comunicacion. Decreto Supremo Nro. 034-2010-MTC "Articulo 3.- Del titulo habilitante para la explotacion de la fibra optica y/o ductos y camaras 3.1 La fibra optica y/o los ductos y camaras que se instalen en virtud de la presente MORDAZA son de titularidad del Estado. Se exceptua de esta disposicion los hilos de fibra optica requeridos para las comunicaciones privadas de los concesionarios de energia electrica e hidrocarburos, cuyo numero sera determinado por el Ministerio de Energia y Minas." [subrayado agregado]

6,018,748 19,576,204

16,251 35,827

Elaboracion: DGRAIC ­ MTC (1) Ver considerando 3.1.b) (2) Ver considerando 3.1.a) (3) Ver considerando 3.1.c) (4) Ver considerandos 3.1.d) y 3.1.e) Con el MORDAZA del trafico total, se efectua el siguiente calculo para obtener el numero de hilos de fibra optica: - Se distribuye el trafico equitativamente en 3 redes17, asi cada una debe atender un trafico de 13,137 Gbps. - Siendo la capacidad de un par de hilos de fibra optica 3200 Gbps18, entonces: - Numero de pares = (13137 Gbps) / (3200 Gbps) = 4.11 - Redondeando al entero superior : N° de pares = 5 - N° de hilos de fibra optica = (N° de pares ) x 2 = 10 - Considerando redundancia 1+119: - N° de hilos de fibra optica = 20 En consecuencia, la estimacion efectuada indica que se requieren cables de al menos veinte (20) hilos de fibra optica que se instalarian en las redes de energia electrica y de hidrocarburos, para cubrir las necesidades de los servicios de banda ancha del pais. 3.3 OTROS ASPECTOS A CONSIDERAR Si bien, como se ha referido en el numeral anterior, se estima que se requeriran veinte (20) hilos de fibra optica, es necesario senalar que los concesionarios de energia pueden requerir un numero adicional de hilos para sus propios enlaces de comunicacion. En efecto, en las redes de alta tension se requieren sistemas de control, proteccion y monitoreo de las

606511-1

Declaran resuelto contrato de concesion aprobado mediante R.M. Nº 309-95MTC/15.17
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 127-2011-MTC/03
MORDAZA, 22 de febrero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 309-95MTC/15.17 de fecha 12 de MORDAZA de 1995, se otorgo a la empresa TELEVISION SAN MORDAZA S.A., concesion para la prestacion del servicio de distribucion de radiodifusion de television por cable en el area que comprende los distritos de Tarapoto, MORDAZA y Banda de Shilcayo en la provincia de San MORDAZA, departamento de San MORDAZA, suscribiendose el respectivo contrato de concesion el 31 de MORDAZA de 1995; Que mediante Memorando Nº 1587-2005-MTC/18, del 05 de setiembre de 2005, la entonces Direccion General de Control y Supervision de Telecomunicaciones (DGCST) remitio el Informe Nº 1472-2005-MTC/18.01.1 del 11 de agosto de 2005, en el cual se concluye que la empresa TELEVISION SAN MORDAZA S.A. cuenta con la infraestructura y el equipamiento necesario para brindar el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en los distritos de Tarapoto, MORDAZA y la Banda de Shilcayo, de la provincia y departamento de San Martin; asimismo, informaron que la empresa inicio sus operaciones el 31 de agosto de 1995; Que mediante Resolucion Directoral Nº 146-2006MTC/03.03 del 13 de MORDAZA de 2006 se le otorgo a la empresa concesionaria el beneficio del pago fraccionado

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