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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 5 de julio de 2011 445830 dispuesto la realización de un Pleno Jurisdiccional Distrital de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de Lima en coordinación con el Centro de Investigaciones Judiciales. Que a través de la mencionada resolución se señala que el tema que se tratará es el de ejecución de una sentencia en un proceso de aumento, reducción o cambio de prestar alimentos. Que en cumplimiento de dicha resolución y mediante ofi cio de visto el Director del Centro de Investigaciones Judiciales requiere que se designe una Comisión de trabajo, integrada por magistrados, para realizar las coordinaciones necesarias en la organización y ejecución del Pleno Jurisdiccional. Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades conferidas por los incisos 3 y 9 del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR como miembros de la Comisión de Trabajo para coordinar las acciones necesarias con el Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial para la organización y ejecución del Pleno Jurisdiccional Distrital de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de Lima, a los siguientes magistrados. í Carlos Giovanni Arias Lazarte, Juez Superior, quien la presidirá. í Hugo Rodolfo Velásquez Zavaleta, Juez de Paz Letrado de Barranco - Mirafl ores í Rosario Portocarrero Arangoitia, Jueza de Paz Letrada de Surco – San Borja í Melitón Néstor Apaza Pacori, Juez de Paz Letrado de Lima Cercado Artículo Segundo.- DISPONER que una vez publicada la presente resolución el Presidente convoque a reunión a fi n tomar acuerdos para la inmediata coordinación con el Centro de Investigaciones Judiciales conforme a las disposiciones contenidas en la Guía Metodológica de Plenos Jurisdiccionales. Artículo Tercero.- DISPONER que las ofi cinas de Protocolo y Administración de la Corte Superior de Justicia de Lima brinden el apoyo necesario a la Comisión para la realización del Pleno Jurisdiccional Distrital de los Juzgados de Paz Letrados de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Centro de Investigaciones Judiciales, Gerencia General, Ofi cina Distrital de Administración, Ofi cina de Protocolo y a los Magistrados integrantes de la Comisión para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 660878-1 Disponen ampliación de fecha de culminación de la remisión y/o redistribución dispuestas mediante Resoluciones Administrativas Nºs. 339, 387, 388, 396 y 397-2011-P-CSJLI-PJ hasta el 14 de julio de 2011 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 534-2011-P-CSJLI/PJ Lima, treinta de junio del año dos mil once. VISTA: La Resolución Administrativa Nº 339-2011-P-CSJLI-PJ, publicada el 9 de mayo del presente año, las Resoluciones Administrativas Nºs. 387-2011-P-CSJLI-PJ y 388-2011-P- CSJLI-PJ, publicadas el 24 de mayo del presente año; y, las Resoluciones Administrativas Nºs. 396-2011-P-CSJLI- PJ y 397-2011-P-CSJLI-PJ, publicadas el 26 de mayo del año en curso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante las resoluciones de vista, se establecieron disposiciones de remisión y/o redistribución de expedientes de los Órganos Jurisdiccionales Permanentes a los Juzgados Especializados, Mixtos y/o de Paz Letrado de carácter transitorio de la Corte Superior de Justicia de Lima; culminando indefectiblemente el proceso de remisión y/o redistribución, el 30 de Junio del presente año, por disposición expresa de las aludidas resoluciones administrativas. Que, si bien se señaló fecha indefectible para la remisión de expedientes, cierto es también, que dicho plazo ha sido insufi ciente para el cabal cumplimiento de lo dispuesto, tal como lo han hecho saber diversos Órganos Jurisdiccionales Permanentes y Transitorios, que al ser así resulta necesario prorrogarse la fecha de remisión y/o redistribución (según corresponda) hasta 10 días hábiles adicionales, a fi n de cumplirse con el cometido de la descarga procesal. Que, asimismo, habiéndose dispuesto en las resoluciones de vista, que el Área de Desarrollo de la Presidencia, ejecute informes sobre los avances de la descarga procesal, y a fi n que dicha área, realice el seguimiento y monitoreo a cada uno de los órganos jurisdiccionales (Permanentes y Transitorios), las aludidas dependencias judiciales, deberán dar cuenta a la Presidencia, al día siguiente de culminado el plazo concedido, sobre todo el proceso de redistribución y/o remisión que han realizado en mérito de las resoluciones administrativas precisadas en el introito de la presente resolución. Sin perjuicio, de la información que remiten en los formularios de estadística correspondiente. En uso de la facultad conferida por Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y estando a lo señalado precedentemente; SE RESUELVE: Artículo Primero.-DISPONER la ampliación de la fecha de culminación de la remisión y/o redistribución dispuestas mediante Resoluciones Administrativas Nºs. 339-2011-P-CSJLI-PJ, 387-2011-P-CSJLI-PJ, 388-2011- P-CSJLI-PJ, 396-2011-P-CSJLI-PJ y 397-2011-P-CSJLI- PJ; hasta el 14 de Julio del presente año, debiendo dar cuenta a la Presidencia de la Corte, al día siguiente del término señalado. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura – OCMA, Ofi cina Distrital de la Magistratura – ODECMA, Área de Desarrollo de la Presidencia, Ofi cina de Administración Distrital y a los Órganos Jurisdiccionales Permanentes y Transitorios. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 660904-1 Establecen conformación de la Tercera Sala Penal con Reos Libres de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 540-2011-P-CSJLI/PJ Lima, 4 de julio del 2011