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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de julio de 2011 446548 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario diplomático a fin de acompañar a Presidente electo de la República en visita de trabajo que realizará en Venezuela RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0630-RE/2011 Lima, 14 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, el señor Ollanta Humala Tasso, Presidente electo de la República, realizará una visita de trabajo a la República Bolivariana de Venezuela, el 15 de julio de 2011, para entrevistarse con el Presidente de dicho país; Que, en el marco de esta visita el señor Presidente electo de la República tratará diversos temas vinculados con la política exterior del Perú, por lo que resulta necesaria la participación de un funcionario de la Cancillería en los distintos encuentros bilaterales que sostenga durante su gira; Teniendo en cuenta los Memoranda (DGA) Nº DGA0383/2011, de la Dirección General de América; y (OPR) Nº OPR1000/2011, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 13 de julio de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje; De conformidad con la Ley del Servicio Diplomático de la República y su Reglamento; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, así como el artículo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Primer Secretario el Servicio Diplomático de la República Wilbert Haya Enríquez, a la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, el 15 de julio de 2011, para que acompañe al señor Ollanta Humala Tasso, Presidente electo de la República, en la visita de trabajo que efectuará a dicho país. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 00386: Conducción de Líneas de Política Institucional, debiendo presentar la rendición de cuentas documentada de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Wilbert Haya Enríquez 1,924.00 200.00 1+1 400.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la visita de trabajo que asistirá. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 665517-1 SALUD Aprueban Directiva Administrativa que Establece los Criterios Técnicos para la Incorporación de Tecnologías de Información y Comunicaciones en Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 537-2011/MINSA Lima, 12 de julio del 2011 Visto: El Expediente Nº 11-005808-001, que contiene el Memorando Nº 350 - 2011-DG-OGEI/MINSA de la Ofi cina General de Estadística e Informática, relacionado con el proyecto de Directiva Administrativa que Establece los Criterios Técnicos para la Incorporación de Tecnologías de Información y Comunicaciones en Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declaró al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y contribuir en el fortalecimiento de un Estado moderno, descentralizado y con mayor participación del ciudadano; Que, con Resolución Ministerial Nº 274-2006-PCM, del 25 de julio de 2006, la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobó la Estrategia Nacional de Gobierno Electrónico, que establece como políticas para el desarrollo del Gobierno Electrónico, acercar los servicios de información y/o servicios en línea que proporcionan las instituciones públicas a los ciudadanos, mejorar los procesos y marco legal de la Administración Pública que permita hacerlos más efi cientes, transparentes y con enfoque al usuario para facilitar su informatización, promover y disponer de infraestructura de telecomunicaciones adecuada; administrar el proceso de inducción, administración del cambio, aprendizaje y capacitación a la población excluida del uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación de forma que permita su inserción como potenciales usuarios de los servicios proporcionados por el Estado; y generar capacidades en el uso de las nuevas tecnologías, en colaboración con empresas privadas, que permitan potenciar la generación de recursos humanos califi cados, mediante la investigación, planifi cación y desarrollo de las Tecnologías de la Información y Comunicación; Que, la Ofi cina General de Estadística e Informática, como órgano responsable de la producción, análisis y difusión de la información estadística del Sector Salud, del desarrollo de tecnologías y sistemas de información y comunicaciones, así como, de la administración de los recursos informáticos del Ministerio de Salud, ha elaborado el proyecto de Directiva Administrativa que Establece los Criterios Técnicos para la Incorporación de Tecnologías de Información y Comunicaciones en Salud, que tiene como fi nalidad, orientar y determinar el rumbo que deberá seguir el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el Sector Salud; Que, la Directiva Administrativa que Establece los Criterios Técnicos para la Incorporación de Tecnologías de Información y Comunicaciones en Salud se sustenta en, el desarrollo de la Plataforma de Gobierno Electrónico que, busca establecer herramientas de tecnologías e infraestructura que facilite la interacción e intercambio de información entre el Sector Salud, los ciudadanos y las empresas que intervienen en el proceso de información en su calidad de usuarios, proveedores, cooperantes u otros; promover el acceso a la información, a fi n que el usuario pueda contar con las facilidades para acceder a la información de su salud procesada por los establecimientos de salud (públicos o privados) gratuitamente a través de la historia clínica electrónica, en forma segura, confi able y confi dencial; así como, aplicar la interoperabilidad en el sector, a través del procesamiento de información en