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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2011 (15/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de julio de 2011 446550 Designan Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Dotación y Desarrollo de Capacidades de los Recursos Humanos para el Aseguramiento Universal en Salud - PROSALUD RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 539-2011/MINSA Lima, 12 de julio del 2011 Visto el Expediente Nº 11-040982-001 que contiene el Informe Nº 006-011-DGGDRH-AL/MINSA de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 003-2011-SA, se crea el Programa Nacional de Dotación y Desarrollo de Capacidades de los Recursos Humanos para el Aseguramiento Universal en Salud - PROSALUD, con la fi nalidad de contar con profesionales de la salud en número sufi ciente y con competencias adecuadas que permitan garantizar los derechos a la atención de salud, en términos de acceso, oportunidad, calidad y dignidad; Que PROSALUD tiene como objetivo garantizar la provisión, distribución y desarrollo de recursos humanos con enfoque de Equipo Básico de Salud y la Atención Primaria de Salud renovada, en el marco del proceso progresivo de implementación del Aseguramiento Universal en Salud; Que el artículo 7º del citado Decreto Supremo establece que el Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, conduce PROSALUD, coordinando su funcionamiento con los componentes del Sistema Nacional de Salud y los Gobiernos Regionales a través de sus órganos competentes; Que el precitado artículo señala que PROSALUD contará con un Coordinador Ejecutivo, quien será responsable de la ejecución del Programa y dependerá funcionalmente del Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, siendo su principal instrumento de gestión el Manual de Operaciones del Programa; Que en tal sentido y considerando lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 003-2011-SA, resulta necesario atender el pedido formulado en el documento de visto, y designar al Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Dotación y Desarrollo de Capacidades de los Recursos Humanos para el Aseguramiento Universal en Salud - PROSALUD; Con el visado del Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Médico Cirujano Lizardo Alfonso Huamán Angulo, Director de Programa Sectorial II, de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, como Coordinador Ejecutivo del Programa Nacional de Dotación y Desarrollo de Capacidades de los Recursos Humanos para el Aseguramiento Universal en Salud – PROSALUD. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 665207-3 Aprueban “Norma Técnica de Salud para la Utilización de Medicamentos No Considerados en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 540-2011/MINSA Lima, 12 de julio del 2011 Visto el expediente Nº 11-022443-001, que contiene el Memorando Nº 1337-2011-DIGEMID-DG-EA/MINSA, de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, e Informe Nº 435-2011-OGAJ/MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervención del Sistema Nacional de Salud, con la fi nalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a través de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona, desde su concepción hasta su muerte natural; Que, el artículo 34º de la Ley Nº 29459, Ley de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, estipula que la Autoridad Nacional de Salud (ANS), en coordinación con la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) y las instituciones del sector salud público, elabora el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales de aplicación en el país y el Formulario Nacional de Medicamentos Esenciales, los mismos que son aprobados por resolución ministerial; Que, el literal b) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece como una de las funciones generales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, normar en aspectos relacionados con la calidad, seguridad y efi cacia de los medicamentos, otros productos farmacéuticos y afi nes; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 062-2010/ MINSA, del 26 de enero de 2010, se aprobó el “Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales”; Que, en el marco de sus competencias, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, ha propuesto para su aprobación la “Norma Técnica de Salud para la Utilización de Medicamentos No Considerados en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales”, cuya fi nalidad es contribuir a la accesibilidad de la población a medicamentos no considerados en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales, y que por su uso o necesidad particular sea necesario, así como a asegurar que los mismos sean utilizados racionalmente; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; Con el visado del Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Norma Técnica de Salud Nº 091-MINSA/DIGEMID-V.01 “Norma Técnica de Salud para la Utilización de Medicamentos No Considerados en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales” que en documento adjunto forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas la supervisión y evaluación del cumplimiento de la presente Norma Técnica de Salud. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud o quien haga sus veces a nivel regional, son responsables de la implementación, monitoreo y supervisión del cumplimiento de la mencionada Norma Técnica de Salud, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones.