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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de julio de 2011 446552 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor ADOLFO ALARCÓN SCHRODER, quien actuó como Presidente y representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la Comisión Intersectorial, constituida por el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 039-93-PCM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la abogada NORMA CÁRDENAS FARFÁN, Directora General (e) de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, como Presidenta y representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la Comisión Intersectorial, constituida por el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 039-93-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCIA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 665641-2 Designan representante del Ministerio ante Comisión Técnica Multisectorial constituida por Ley Nº 29662 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 197-2011-TR Lima, 13 de julio de 2011 VISTO: El escrito de fecha 30 de junio de 2011, del señor Adolfo Alarcón Shcroder; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29662, Ley que prohíbe el asbesto de anfíboles y regula el uso del asbesto crisotilo, se constituyó una Comisión Técnica Multisectorial, encargada de velar permanentemente por el cumplimiento de la referida Ley y de proponer normas reglamentarias pertinentes, en concordancia con el Convenio 162 y la Recomendación 172 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como de estudiar y, de ser el caso, proponer la eliminación progresiva del asbesto crisotilo y el tiempo de su ejecución; Que, el artículo 3º de la citada Ley dispone que la Comisión Técnica Multisectorial, a que se refi ere el párrafo precedente estará conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en atención a lo expuesto, mediante Resolución Ministerial Nº 089-2011-TR del 17 de septiembre de 2011, se designó al señor Adolfo Alarcón Schroder, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la Comisión Técnica Multisectorial constituida por Ley Nº 29662, Ley que prohíbe el asbesto de anfíboles y regula el uso del asbesto crisotilo; Que, el señor Adolfo Alarcón Schroder formuló renuncia al cargo de Director General de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, la misma que fue aceptada mediante Resolución Ministerial Nº 183-2011-TR, encargándose el referido cargo a la abogada Norma Cárdenas Farfán mediante Resolución Ministerial Nº 184-211-TR; Que, el señor Adolfo Alarcón Schroder, mediante escrito de fecha 30 de junio de 2011, ha formulado renuncia a la designación como representante del Ministerio ante la Comisión Técnica Multisectorial constituida por Ley Nº 29662, Ley que prohíbe el asbesto de anfíboles y regula el uso del asbesto crisotilo; Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta procedente emitir la Resolución Ministerial que de por concluida la referida designación y designe al nuevo representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la Comisión Técnica Multisectorial a que hace referencia el primer considerando de la presente Resolución Ministerial; Con la visación de la Jefa de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del señor ADOLFO ALARCÓN SCHRODER como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la Comisión Técnica Multisectorial constituida por Ley Nº 29662, Ley que prohíbe el asbesto de anfíboles y regula el uso del asbesto crisotilo. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la abogada NORMA CÁRDENAS FARFÁN, Directora General (e) de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, como representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la Comisión Técnica Multisectorial a que se refi ere el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCIA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 665641-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran resuelto contrato de concesión única suscrito con QRS TV E.I.R.L. para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 493-2011-MTC/03 Lima, 12 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 633-2008- MTC/03 de fecha 19 de agosto de 2008, se otorgó a la empresa QRS TV E.I.R.L., concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende toda la República del Perú, estableciendo como primer servicio a prestar el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, habiéndose suscrito el respectivo contrato de concesión única el 29 de setiembre de 2008; Que, mediante Resolución Directoral Nº 439-2008- MTC/27 de fecha 29 de setiembre de 2008, se inscribió a favor de la empresa QRS TV E.I.R.L., el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en el Registro de Servicios Públicos de Telecomunicaciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2010- MTC de fecha 5 de enero de 2010, se modifi có el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; Que, mediante los Memorandos remitidos por la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, se detalla lo siguiente: MEMORANDO INFORME LOCALIDAD CONCLUSIÓN OBSERVACIONES 1084-2010- MTC/29 (23/03/2010) 1116-2010- MTC/29.02 (11/03/2010) Distrito de Tumán, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque Redistribuye señal de otro operador Acta de Inspección Técnica Nº 688-2008/2010 (27/01/10) señala que redistribuye 01 canal de la concesionaria DIRECTV PERU S.R.L., no cuenta con acuerdo respectivo