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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2011 (23/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de julio de 2011 447074 aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la Administración Pública, precisa que la defi nición de las funciones y, de ser el caso, la estructura orgánica de los programas y proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones, fi jando los contenidos mínimos que deben contener tales Manuales: Que, la mayor parte de los Programas y Proyectos Especiales adscritos al Ministerio de Agricultura fueron creados por normas anteriores al actual marco normativo de la gestión del Estado; y siendo que éstos poseen estructuras de órganos a través de las cuales ejecutan directamente sus actividades, resulta necesario dictar pautas para adecuar sus instrumentos de gestión; Que, las Normas de Control Interno aprobadas por Resolución de Contraloría General N° 320-2006-CG, considera la Estructura Organizacional como norma básica dentro del Componente el Ambiente de Control, precisando que el titular o funcionario designado debe desarrollar, aprobar y actualizar la estructura organizativa en el marco de efi ciencia y efi cacia, que mejor contribuya al cumplimiento de sus objetivos y a la consecución de su misión; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo 031-2008-AG y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Manuales de Operación de los Programas y Proyectos Especiales adscritos al Ministerio de Agricultura. Los Programas y Proyectos Especiales adscritos al Ministerio de Agricultura aprobarán sus Manuales de Operaciones mediante resolución ministerial, con la opinión favorable de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura. La elaboración del Manual de Operaciones se realizará teniendo en consideración los criterios establecidos en el Decreto Supremo 043-2006-PCM, con el siguiente contenido: a. Base Legal que sustenta sus funciones y actividades, b. Marco de Políticas Nacionales y Sectoriales, en las que se circunscribe y con las que contribuye el Programa o Proyecto Especial a través de sus actividades, c. Objeto del Programa o Proyecto Especial, d. Objetivos y Metas, e. Órgano del Ministerio de Agricultura del que depende directamente, f. Órganos y/o entidades que evalúan sus actividades en el marco de las Políticas Nacionales y Sectoriales en las que desenvuelve, g. Nivel de coordinación de las actividades con los Gobiernos Regionales y Locales, h. Ámbito Territorial, i. Programas de Inversión y Proyectos de Inversión Pública en ejecución, j. Estructura Interna: Órganos y Unidades, Funciones y Actividades, k. Descripción de los Procesos que ejecuta a través de otras entidades del sector público, l. Relación de puestos. Artículo 2º.- Funciones específi cas a nivel de puesto. Las funciones específi cas a nivel de puesto, se elaborarán de acuerdo a las directivas que establezca para tal fi n el Ministerio de Agricultura a través de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 3º.- Disposiciones Complementarias. La Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura, mediante comunicación ofi cial, podrá dictar las medidas complementarias para el correcto cumplimiento de la presente resolución; así como solicitar la actualización de los Manuales de Operaciones cuando los cambios a nivel de marco normativo o de operación lo ameriten. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VILLASANTE ARANIBAR Ministro de Agricultura 669293-1 Declaran concluido Proceso de Transferencia al Gobierno Regional de La Libertad de Funciones Específicas consideradas en el artículo 51º, literales “e” y “q”, de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0303-2011-AG Lima, 21 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 81º de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el proceso de transferencia de competencias, funciones, atribuciones, así como de los recursos y presupuesto asignado al Gobierno Regional, es gradual y se realiza por etapas, conforme a lo establecido en la Ley de Bases de la Descentralización, la referida Ley Orgánica y las disposiciones que sobre el particular dicte el Poder Ejecutivo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2007-AG, se aprobó la transferencia de las facultades que corresponden a las funciones específi cas de los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, por parte del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA, a los Gobiernos Regionales que suscriban el Acta de Entrega y Recepción, de acuerdo al anexo que forma parte de ese Decreto Supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-AG, se aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA en el marco de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General y dispuso, a través de su Segunda Disposición Complementaria Transitoria, que corresponde a los Ministerios publicar la relación procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales Sectoriales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 499-2009- AG del 03 de julio de 2009, se aprobó la relación de procedimientos administrativos, a cargo de las Direcciones Regionales de Agricultura correspondientes a las funciones específi cas de los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Ofi cio Nº 100-2011-GRLL-GRA/GRSA de 18 de enero de 2011 la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de La Libertad comunica que mediante Ordenanzas Regionales Nº 007-2010-GR-LL/CR de fecha 12 de abril de 2010 modifi cada por Ordenanza Regional Nº 027-2010-GR-LL/CR de fecha 16 de noviembre de 2010; y Ordenanza Regional Nº 030-2010-GR-LL/CR de fecha 16 de noviembre de 2010, se aprobaron el Reglamento de Organización y Funciones y el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de La Libertad en el que se consideran las facultades y procedimientos correspondientes al ejercicio de las funciones “e” y “q” del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, la Ofi cina de Apoyo y Enlace Regional, señala en el Informe Nº 008-2011-AG-OAER/AD que el Ministerio de Agricultura y el Gobierno Regional del departamento de La Libertad han suscrito las Actas Sustentatorias (personal, presupuesto, acervo documentario, bienes muebles e inmuebles) Informe Final y Acta de Entrega y Recepción correspondiente a las funciones específi cas de los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, por lo que recomienda que se de por concluido el proceso de efectivización de la transferencia de esas funciones al Gobierno Regional de La Libertad; Que, por tanto, en virtud de lo establecido en el literal e) del numeral 5.1 de la Directiva Nº 003- 2008-PCM/SD “Directiva para la culminación e implementación de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales” aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 044-2008-PCM/SD, debe dictarse la respectiva Resolución Ministerial, dando a conocer a las entidades del Sector Público y privado y a los ciudadanos en general, de la culminación del proceso de transferencia de las funciones específi cas de los literales “e” y “q” del artículo 51º de la Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales al Gobierno Regional de La Libertad; De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobada por Decreto Legislativo Nº 997;