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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2011 (23/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de julio de 2011 447076 Administrar y controlar las concesiones de reforestación y forestación en el ámbito de su jurisdicción de acuerdo a los lineamientos establecidos. Evaluar y proponer los lineamientos generales para la administración y control de concesiones de reforestación y forestación. Supervisar y autorizar depósitos, centros de acopio(*), establecimientos comerciales y plantas de transformación y/o talleres(*) de productos forestales y de fauna silvestre, de conformidad con la normativa establecida. Evaluar y proponer lineamientos técnicos para la supervisión de depósitos, centros de acopio(*), establecimientos comerciales y plantas de transformación Función Específi ca q) del artículo 51° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: Otorgar permisos, autorizaciones y concesiones forestales, en áreas al interior de la región, así como ejercer labores de promoción y fi scalización en estricto cumplimiento de la política forestal nacional. FACULTADES Que se transfi eren al Gobierno Regional Que mantiene el Gobierno Nacional Implementar el ordenamiento del patrimonio forestal regional, así como del inventario, evaluación, catastro y registro ofi cial de los recursos forestales y de fauna silvestre y la zonifi cación forestal en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a la normatividad establecida. Establecer los lineamientos generales para el ordenamiento del patrimonio forestal nacional, así como del inventario, evaluación, catastro y registro ofi cial de los recursos forestales y de fauna silvestre y la zonifi cación forestal. Aprobar el ordenamiento forestal Proponer e implementar la promoción del desarrollo forestal sostenible en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a la política nacional. Proponer y formular políticas y normatividad para la promoción del desarrollo forestal sostenible. Proponer e implementar y realizar los programas, planes y proyectos forestales y de fauna silvestres en el ámbito de su jurisdicción de acuerdo a la normatividad establecida. Proponer y formular los lineamientos generales para la formulación y seguimiento de programas, planes y proyectos forestales y de fauna silvestres a nivel nacional. Otorgar y administrar las autorizaciones en asociaciones vegetales en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a las normas nacionales. Proponer, formular y evaluar, planes políticas, lineamientos, y normatividad para la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre. Otorgar y administrar las autorizaciones en Bosques Secos, de su jurisdicción, de acuerdo a las normas nacionales. Otorgar y administrar las autorizaciones de árboles y arbustos arrastrados, en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a las normas nacionales. Otorgar los Contratos de Administración de Bosques Locales, en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a las normas nacionales. Otorgar y administrar los permisos de extracción forestal a Comunidades Nativas y/o Campesinas, ubicadas en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a las normas nacionales. Otorgar y administrar los permisos de extracción en predios privados, ubicados en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a las normas nacionales. Otorgar y administrar las concesiones forestales y de fauna silvestre de acuerdo a las políticas y normatividad establecida por la autoridad nacional y los Convenios Internacionales. Proponer y formular políticas y normas para el otorgamiento de concesiones forestales y de fauna silvestre. Aprobar planes de manejo forestal y de fauna silvestre de acuerdo a los lineamientos establecidos por la autoridad nacional y a normas establecidas. Otorgar y administrar los permisos y autorizaciones para el aprovechamiento de los recursos forestales y de fauna silvestre en el ámbito de su jurisdicción de acuerdo a las políticas y normatividad nacional establecidas. Proponer y formular los lineamientos técnicos para el otorgamiento de permisos y autorizaciones en el marco de la política del sector. Función Específi ca q) del artículo 51° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: Otorgar permisos, autorizaciones y concesiones forestales, en áreas al interior de la región, así como ejercer labores de promoción y fi scalización en estricto cumplimiento de la política forestal nacional. FACULTADES Que se transfi eren al Gobierno Regional Que mantiene el Gobierno Nacional Otorgar licencias de caza comercial o deportiva, de acuerdo a la legislación forestal y de fauna silvestre. Realizar el seguimiento y evaluación sobre la aplicación de las políticas, lineamientos y normatividad para la conservación y el aprovechamiento sostenible de la fauna silvestre. Otorgar, administrar y monitorear las autorizaciones para la caza comercial/deportiva de ejemplares de fauna silvestre de acuerdo al calendario nacional de caza comercial/deportiva aprobado por la autoridad nacional. Promover y aprobar los proyectos de zoocriadero, zoológico, centro de custodia temporal y de rescate y autorizar su funcionamiento, de acuerdo a la normatividad nacional establecida. Autorizar y realizar la fi scalización sobre la emisión y suscripción de guías de transporte fauna silvestre (*), en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a la normatividad nacional establecida. Transferir y fi scalizar los productosforestales y de fauna silvestre decomisados, en el ámbito de su jurisdicción, de acuerdo a la normatividad nacional establecida. Autorizar la caza sanitaria y disponer de su despojos para su incineración o para su uso por una institución científi ca, de acuerdo a la normatividad nacional establecida. Imponer sanciones a quienes infrinjan la legislación forestal y de fauna silvestre(*) y realizar el seguimiento hasta su efectivización, respetando la potestad sancionadora de las autoridades nacionales Proponer la lista de especies de flora y fauna silvestre amenazadas en el ámbito de su jurisdicción a ser incluidas en la lista nacional de categorización. Proponer y aprobar la actualización de la lista nacional de especies amenazadas de fl ora y fauna silvestre de acuerdo los lineamientos generales establecidos.