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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de julio de 2011 447165 (…)” “Artículo 52º.- De la Transferencia del Consejo Administrativo Regional. El Decano Regional en ejercicio convocará a los siete (07) días calendarios de la proclamación de los miembros electos al Consejo Administrativo Regional a una sesión extraordinaria de incorporación. A partir de la sesión de incorporación, los miembros elegidos participarán en todas las sesiones del Consejo Administrativo Regional para una efectiva transferencia de cargos, de acuerdo al reglamento que se establezca para dichos efectos. Su participación será con voz, sin voto y no computan para el quórum. Cada integrante del Consejo Administrativo Regional debe reunirse en forma obligatoria con su par elegido para las transferencias del cargo respectivo.” “Artículo 69º.- Derecho de concurrencia a las sesiones. Modifi car el tercer párrafo: (…) A solicitud del Consejo Nacional o Consejos Regionales se podrá disponer de la asistencia de funcionarios, profesionales que aporten a los asuntos institucionales.” “Artículo 74º.- De las sesiones ordinarias del Consejo Nacional. El Consejo Nacional debe sesionar ordinariamente cuatro (04) veces al año. La primera sesión ordinaria del primer año institucional será la última semana del mes de enero para los siguientes actos: - Juramentación e instalación del Consejo Nacional. - Elección del Comité de Ética y Deontología y Medidas Disciplinarias. - Exposición del Plan de Trabajo para el primer año de gestión del Consejo Administrativo Nacional y de los Consejos Administrativos Regionales. - Informe memorial anual de la gestión del Consejo Administrativo Nacional del año anterior. - Aprobación del Estado Financiero consolidado del año anterior. - Determinación de la Sociedad de Auditoria que practicará el examen a los Estado Financiero del último año de gestión del Colegio Odontológico del Perú. - Otro que sean propuestos por el Consejo Administrativo Nacional o Consejos Administrativos Regionales. La primera sesión ordinaria del segundo año institucional será la última semana del mes de febrero para: - Aprobación de los Estado Financiero del año anterior Colegio Odontológico del Perú. - Informe memoria anual de la gestión del Consejo Administrativo Nacional y Consejo Regional del año anterior. - Exposición del Plan de Trabajo para el último año de gestión Consejo Administrativo Nacional y Consejo Administrativo Regional. - Otros que sean propuestos por el Consejo Administrativo Nacional o Consejos Administrativos Regionales. La segunda sesión del Consejo Nacional se realiza la segunda semana de abril y se convoca para: - Exposición del informe de auditoría del último año de la gestión anterior del Colegio Odontológico del Perú. - Exposición de la marcha de los Programas y Comisiones y el Fondo de Previsión Social. - Otros que sean propuestos por el Consejo Administrativo Nacional o Consejos Administrativos Regionales. La tercera sesión ordinaria del Consejo Nacional se realiza en la segunda semana de julio para: - Revisión del Balance General Colegio Odontológico del Perú de los primeros seis (06) meses del año. - Revisión del Plan de Trabajo al 30 de junio del año en curso del Consejo Administrativo Nacional y Consejo Administrativo Regional. - Resultado de la gestión de los Programas del Colegio Odontológico del Perú al 30 de junio del año en curso. - Otros que sean propuestos por el Consejo Administrativo Nacional o Consejos Administrativos Regionales. La última sesión ordinaria del Consejo Nacional será la segunda quincena del mes de diciembre para: - Elección de la Junta Electoral Nacional en el caso del primer año de ejercicio institucional. - Evaluar el cumplimiento de la ejecución del Plan de Trabajo. - Presentación del Estado Financiero del Colegio Odontológico del Perú y presupuestos ejecutados al 31 de octubre de los Consejos Administrativos Nacional y Regionales. - Sustentación y aprobación del presupuesto de los Consejos Administrativos Regionales para el año siguiente. - Sustentación y aprobación del presupuesto del Consejo Administrativo Nacional para el año siguiente. - Otros que sean propuestos por el Consejo Administrativo Nacional o Consejos Administrativos Regionales”. “Artículo 75º.- De las sesiones ordinarias de los Consejos Regionales. Los Consejos Regionales deben sesionar ordinariamente tres (03) veces al año. La primera Sesión del primer año institucional de los Consejos Regionales será dentro de la segunda semana del mes de enero para los siguientes actos: - La juramentación e instalación del Consejo Regional. - Elección a los miembros del Comité de Medidas Disciplinarias. - Exposición del Plan de Trabajo para el primer año de gestión. - Informe memoria anual de la gestión del Consejo Administrativo Regional del año anterior. - Determinación de la Sociedad de Auditoría que practicará el examen a los Estados Financieros del último año de gestión. - Otros que sean propuestos por el Consejo Administrativo Regional. (…)” “Artículo 76º.- De las sesiones de los Consejos Administrativos. Los Consejos Administrativos sesionarán dos (02) veces al mes de manera ordinaria. Los Consejos Administrativos obligatoriamente sesionarán la primera semana de enero para la juramentación e instalación del Consejo Administrativo para el primer año institucional. La primera semana del mes de febrero para: - La presentación del plan de trabajo y presupuesto del año institucional. - La revisión de los resultados fi nancieros del ejercicio anterior. - La evaluación de los Programas en ejecución y planteamiento de los que se ejecutarán. - Otros asuntos previamente solicitados. Asimismo obligatoriamente deberá convocarse la última semana del mes de octubre para: - Revisión de Balance General de los primeros seis (06) meses del año. - Revisión del Plan de Trabajo al 30 de junio del año en curso. - Resultado de la gestión de los Programas al 30 de junio del año en curso. - Otros que sean previamente propuestos.”