Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2011 (24/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 24 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

447173

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y actualizado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, respecto a la numeracion de los procedimientos administrativos a cargo de la Direccion General de Transporte Terrestre, conforme se senala en el Anexo formato MORDAZA que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Precisar los plazos senalados en los procedimientos administrativos Nos. 6, 9, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 39, 41, 42 y 44 a cargo de la Direccion General de Aeronautica Civil contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y actualizado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, en sentido que el computo de los mismos es a partir del dia siguiente de la fecha de MORDAZA de la solicitud acompanada de la documentacion completa o desde que esta se complete, de acuerdo al articulo 95 de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, conforme se senala en el Anexo formato MORDAZA que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Publicar los Anexos formato MORDAZA senalados en los articulos 1 y 2 de la presente resolucion, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresa - PSCE, en la direccion electronica: www.serviciosalciudadano.gob. pe. y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la direccion electronica: www.mtc. gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese.

Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a AIR FRANCE S.A., de conformidad con el "Acuerdo Relativo al Transporte Aereo entre las Republicas del Peru y Francia" suscrito el 23 de MORDAZA de 1959, aprobado por Resolucion Legislativa N° 13289 del 09 de diciembre de 1959 y las Notas Diplomaticas que lo enmiendan, Permiso de Operacion por el plazo de cuatro (04) anos contados a partir del dia siguiente a la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial "El Peruano", sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. RUTAS Y FRECUENCIAS:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 669128-1

- MORDAZA - MORDAZA Y VV., cinco (05) frecuencias semanales. MATERIAL AERONAUTICO: - BOEING 777-200. - BOEING 777-300 (con carga restringida segun Publicacion de Informacion Aeronautica del Peru ­ AIP). BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto MORDAZA de Gaulle, Paris. Articulo 2°.- Las aeronaves autorizadas a AIR FRANCE S.A. deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matricula y de Aeronavegabilidad vigentes, asi como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3°.- En relacion al Peru, la publicidad y la venta de servicios de transporte aereo que realice AIR FRANCE S.A. se efectuara de conformidad a lo establecido en el articulo 197º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo 4°.- AIR FRANCE S.A. debera presentar los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5°.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de AIR FRANCE S.A.: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b) Su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 6°.- AIR FRANCE S.A. queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional.

Otorgan a Air France S.A. permiso de operacion de servicio de transporte aereo internacional regular de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 163-2011-MTC/12 MORDAZA, 7 de junio del 2011 Vista la solicitud de AIR FRANCE S.A. sobre Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, con Expediente N° 2011-005833 del 08 de febrero del 2011, AIR FRANCE S.A. solicito Permiso de Operacion para prestar un Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos; Que, segun los terminos del Memorando N° 661-2011MTC/12.LEG, Memorando Nº 015-2011-MTC/12.POA, Memorando Nº 182-2011-MTC/12.07.CER, Memorando Nº 130-2011-MTC/12.07.PEL, Memorando Nº 975-2011MTC/12.04 e Informe Nº 151-2011-MTC/12.07, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronautica Civil de MORDAZA ha designado a AIR FRANCE S.A. para efectuar servicios de transporte aereo internacional de pasajeros, carga y correo entre MORDAZA y Peru; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de

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