Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2011 (08/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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Que es politica de esta gestion municipal promover los mecanismos para lograr una efectiva y eficiente participacion vecinal que repercuta en el desarrollo integral de nuestro distrito; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas en el articulo 20º inciso 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de las Municipalidades. DECRETA: Articulo Primero.- CONVOCAR a MORDAZA de eleccion de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA, el dia 22 de junio de 2011, de 17.00 a 20.00 horas en el Auditorio Municipal ubicado en la Av. Del Aire N° 1540 (3er piso), Urb. MORDAZA Jardin ­ distrito de San Luis. Articulo Segundo.- DESIGNAR el Comite Electoral encargado de llevar a cabo el MORDAZA de eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA, el cual estara integrado por: · Presidente : Sub Gerente de Imagen y Participacion Vecinal · Secretario : Gerente de Servicios a la MORDAZA · Miembro : Sub Gerente de Registro Civil Articulo Tercero.- APROBAR el Cronograma del MORDAZA Electoral de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de San MORDAZA, que en anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente disposicion a la Gerencia Municipal y demas unidades organicas competentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Establecen limites maximos de velocidad en diversas vias asi como en MORDAZA MORDAZA de area escolar y hospitales en la Provincia Constitucional del Callao
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2011-MPC-AL Callao, 24 de MORDAZA de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO: El Informe Nº 046-2011-MP-GGTU de la Gerencia General de Transporte MORDAZA y el Informe Nº 168-2011MPC/GGAJC de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades provinciales tienen autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo competente para organizar, reglamentar y administrar entre otros los servicios locales de su responsabilidad, asi como desarrollar y regular actividades y/o servicios de diferentes materias, como transporte colectivo, circulacion y MORDAZA, conservacion y mantenimiento de los sistemas de senalizacion, y regular el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos, conforme a la Ley; Que, los incisos 1) y 7) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, senalan que son atribuciones del MORDAZA, defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad y de los vecinos, asi como dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas; Que, el articulo 5º del D.S. Nº 016-2009-MTC, en concordancia con el articulo 11º del D.S. Nº 017-2009MTC, establecen que las Municipalidades Provinciales en materia de transporte y MORDAZA cuentan con las competencias previstas por dichos reglamentos; se encuentran facultadas ademas, para dictar normas complementarias aplicables a su jurisdiccion, sujetandose a los criterios previstos por la Ley y a los reglamentos nacionales. En ningun caso las normas complementarias pueden desconocer, exceder o desnaturalizar lo previsto por las normas anunciadas en materia de transporte y MORDAZA, en concordancia con lo establecido por el articulo 11º de la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181. Que, el Reglamento Nacional de MORDAZA - Codigo de MORDAZA, aprobado por D.S. Nº 016-2009-MTC en sus articulos 162º y 167º, precisa que el limite MORDAZA de velocidad en MORDAZA MORDAZA es de 40Km./h en calles y jirones, 60Km/h en avenidas, 80 Km/h en zonas escolares y hospitales, y en casos especificos la autoridad competente puede imponer otros limites de velocidad a los senalados, en razon de las condiciones y caracteristicas geometricas de las vias, condiciones meteorologicas, volumenes y composicion del MORDAZA .asi como la necesidad de proteger la seguridad vial en pasos de nivel, intersecciones, establecimientos educativos o deportivos y otros, para lo cual debe instalar la correspondiente senalizacion.

ANEXO DEL DECRETO DE ALCALDIA Nº 010-2011-MDSL CRONOGRAMA DE ELECCIONES DE REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL ACTIVIDAD 1 2 FECHA

Convocatoria Publica a traves de Medios 04-12 de Junio de Difusion masivos, locales y otros Inscripcion de las Organizaciones y sus 06 ­ 14 de Junio delegados para participar en el MORDAZA de eleccion de representantes para el CCLD Publicacion del Padron MORDAZA Impugnacion Organizaciones o Delegados 14 de Junio a 15 ­ 16 de Junio

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Resolucion de Impugnaciones y Publicacion 17 de Junio definitiva de Padron de delegados habiles Publicacion de Candidatos y Taller con 18 de Junio la ONPE y los delegados inscritos en el Padron Acto Electoral para elegir a los cuatro (04) 22 de Junio representantes del CCLD 650223-1

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