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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de junio de 2011 444132 al año 2012, aprobado por Ordenanza Nº 121-MDSL, establece en la Tercera Disposición Complementaria que el Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados será aprobado por Decreto de Alcaldía; Con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Asesoría Legal y de la Subgerencia de Imagen y Participación Vecinal; En uso de las facultades conferidas por los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº - Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la modificación del Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados correspondiente al año 2012 y Reformulación del Plan de Desarrollo Concertado Distrital aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 005-2011-MDSL, de conformidad con el Anexo Nº 01 que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Imagen y Participación Vecinal y demás áreas de acuerdo a su competencia. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General disponer la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano del presente Decreto de Alcaldía, y a la Subgerencia de Informática y Estadística su difusión en el Portal de la Municipalidad y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde ANEXO Nº 01 MODIFICACIÓN DEL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2012 (PP) Y REFORMULACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO CONCERTADO DISTRITAL (PDC) ACTIVIDADES FECHA HORA LUGAR y/o RESPONSABILIDAD Identificación e Inscripción de Agentes Participantes Hasta el 17 junio 8.00 a.m. a 5.00 p.m. Subgerencia de Imagen y Participación Vecinal Taller Distrital PP: Diagnóstico e Identifi cación de Problemas 08 junio 7:00 p.m. Auditorio Municipal Mario Vargas Llosa Taller Distrital PDC : definición de la Visión y Líneas Estratégicas del PDC 11 junio 9:00 a.m. Auditorio Municipal Mario Vargas Llosa Taller Distrital PP : Identifi cación de acciones del PP y Priorización de los programas del PP por Resultados 13 junio 7:00 p.m. Auditorio Municipal Mario Vargas Llosa Taller Distrital PP: Priorización participativa de Proyectos del PP 17 junio 7.00 p.m. Auditorio Municipal Mario Vargas Llosa Taller Distrital PDC: Defi nición de Objetivos Estratégicos del PDC 18 junio 9.00 a.m. Auditorio Municipal Mario Vargas Llosa Evaluación Técnica de Proyectos 22/28 junio 3.00 p.m. Equipo Técnico Taller Distrital PDC: Identifi cación de acciones estratégicas, políticas y proyectos del PDC 25 junio 9.00 a.m. Auditorio Municipal Mario Vargas Llosa -Asamblea de Formalización de Acuerdos y Compromisos -Elección de los Miembros del Comité de Vigilancia -Rendición de Cuentas 28 junio 7.00 p.m. Auditorio Municipal Mario Vargas Llosa Asamblea Distrital de Presentación del Documento Final del Presupuesto Participativo y del Plan de Desarrollo 01 julio 7.00 p.m. Auditorio Municipal Mario Vargas Llosa 649454-1 Convocan a proceso de elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de San Luis DECRETO DE ALCALDÍA N° 010-2011-MDSL San Luis, 3 de junio de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Proveído N° 470-2011-MDSL-GM de la fecha de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 123-2011-SGIPV-MDSL de fecha 01JUN2011 de la Sub Gerencia de Imagen y Participación Vecinal, a través de los que se propone la Aprobación del Cronograma de Actividades de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital; y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local y formulan sus presupuestos con la participación de la población; Que, el artículo 102° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que el Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades Distritales. Está integrado por el Alcalde Distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, y los regidores distritales; por los Alcaldes de Centros Poblados de la respectiva jurisdicción distrital y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, con las funciones y atribuciones que le señala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 122-MDSL, se aprobó el instrumento normativo que regula el proceso de elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, señalando en su Segunda Disposición Final que el Alcalde queda facultado para dictar mediante Decreto, el cronograma de actividades de elecciones, así como otras normas reglamentarias y complementarias;