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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de junio de 2011 444127 Que, mediante Memorándum Nº 088-2011/GRP- 100000 de fecha 24 de mayo de 2011, la Presidencia Regional comunica que el Gobierno Regional ha coordinado con el Ministerio de Relaciones Exteriores para la realización de la Misión Ofi cial al Estado de Utah y Estado de Washington los días 20 al 26 de junio de 2011, y sostener reuniones de trabajo con instituciones públicas y privadas para fi nes de promoción de la cooperación internacional, intercambio académico, científi co y cultural, y promoción de las inversiones privadas. En el Estado de Washington se suscribirá el Memorando de Entendimiento con la Vice Gobernación y se sostendrán reuniones de trabajo con instituciones públicas y privadas del sector académico, empresarial y de la cooperación internacional. En el Estado de Utah se sostendrán reuniones de trabajo con las autoridades de la Gobernación, Universidades, Cámaras de Comercio e instituciones de la cooperación internacional y suscribirán convenios marcos de colaboración para favorecer la realización de proyectos de desarrollo social; para ello solicita la autorización para viaje en comisión de servicios de la representación del Gobierno Regional Piura; Que, estando a lo acordado y aprobado, en Sesión Ordinaria Nº 05 - 2011, celebrada el día 25 de mayo del 2011, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios al Estado de Utah y Estado de Washington en los Estados Unidos de Norteamérica, al señor Presidente del Gobierno Regional Piura Lic. Javier Fernando Miguel Atkins Lerggios, y señor representante de la Sub Gerencia Regional de Cooperación Técnica Internacional Econ. Jaime Martín Ayosa Rosales, durante los días 19 de junio al 26 de junio de 2011, con la fi nalidad de suscribir el Memorando de Entendimiento con la Vice Gobernación de Washington y Convenios Marcos de colaboración para la realización de proyectos de desarrollo social. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero del presente Acuerdo de Consejo Regional, serán asumidos por el Pliego Presupuestal 457: Gobierno Regional Piura, de acuerdo al siguiente detalle: Presidente Regional, Lic. Javier Fernando Miguel Atkins Lerggios Número de días : 07 Pasajes : US$ 2,350.00 Movilidad Local : US$ 180.00 Alojamiento : US$ 840.00 Alimentación : US$ 385.00 Tarifa CORPAC : US$ 30.25 Total : US$ 3,785.25 Econ. Jaime Martín Ayosa Rosales, representante de la Sub Gerencia Regional de Cooperación Técnica Internacional Número de días : 07 Pasajes : US$ 2,350.00 Movilidad Local : US$ 180.00 Alojamiento : US$ 840.00 Alimentación : US$ 385.00 Tarifa CORPAC : US$ 30.25 Total : US$ 3,785.25 Artículo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional disponga las acciones administrativas para el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el Presidente del Gobierno Regional Piura Lic. Javier Fernando Miguel Atkins Lerggios, y el representante de la Sub Gerencia Regional de Cooperación Técnica Internacional, Econ. Jaime Martín Ayosa Rosales, presentarán al Consejo Regional un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado, asimismo deberá efectuar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo Quinto.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el diario ofi cial “El Peruano”. Artículo Sexto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO. Regístrese, publíquese y cúmplase. PORFIRIO NICOLÁS VALLADOLID FRÍAS Consejero Delegado Consejo Regional 649463-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Delegan diversas facultades administrativas y resolutivas al Gerente Municipal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 210-2011-A/MDC Carabayllo, 29 de abril del 2011 VISTO: Las Resoluciones de Alcaldía Nº 1140-2004- A-MDC, 197-2009-A/MDC, y Nº 090-2010-A/MDC. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, concordante con el art. 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización; Que, dentro de los objetivos que se ha trazado esta gestión edil es simplifi car, optimizar todos los procedimientos administrativos así como asegurar la correcta y efi ciente administración municipal, cambiando la imagen hacia una institución más moderna, para lo cual es necesario la delegación de facultades, a fi n que se adecuen a las necesidades actuales requeridas para un desempeño efi ciente y efi caz; Que, mediante las Resoluciones de Alcaldía Nº 1140- 2004-A-MDC, 197-2009-A/MDC, y Nº 090-2010-A/MDC, se otorgaron facultades al Gerente Municipal y Gerentes, para que resuelvan mediante Resoluciones de Gerencia y/o Resoluciones Directorales los procesos administrativos y tributarios; Que, el numeral 20) del artículo 20º de la precitada Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde, delegar atribuciones administrativas en el Gerente Municipal; texto concordante con los artículos 27º y 39º de la citada norma, cuando señala que la administración municipal está bajo la dirección y responsabilidad del Gerente Municipal,