Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2011 (08/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de junio de 2011

(b) facilitar el acceso directo y personal a la informacion ambiental que se les requiera y que se encuentre en el MORDAZA de su competencia y/o tramitacion, sin perjuicio de adoptar las medidas necesarias para cautelar el normal desarrollo de sus actividades; Que la Ley General del Ambiente ­ Ley Nº 28611, en su articulo 35º, dispone que el SINIA es la red de integracion tecnologica, institucional y tecnica para facilitar la sistematizacion, acceso y distribucion de la informacion ambiental. Y que las Instituciones Publicas generadoras de informacion, de nivel nacional, regional y local, estan obligadas a brindarle la informacion relevante para el SINIA, sin perjuicio de la informacion que esta protegida por normas especiales; Que, la Ordenanza Regional Nº 077-2005/GRP-CR establece como instrumento de Gestion y Planificacion Ambiental, de alcance o aplicacion regional, ejercer las competencias regionales y locales con sujecion a los instrumentos de gestion ambiental al sistema de informacion ambiental regional, disenado, implementado y ejecutado para fortalecer su caracter transectorial y descentralizado, y el cumplimiento de la politica, Plan y Agenda Ambiental Nacional y Regional, respectivamente; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Ordinaria Nº 05 - 2011, de fecha 25 de MORDAZA del 2011, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE OFICIALIZA EL SISTEMA DE INFORMACION AMBIENTAL REGIONAL MORDAZA ­ SIAR MORDAZA Articulo Primero.- Oficializar el Sistema de Informacion Ambiental Regional ­ SIAR de MORDAZA, como un instrumento de gestion ambiental, destinado a concentrar la informacion ambiental de la Region MORDAZA, para ser ofrecida a los diversos usuarios de conformidad con lo dispuesto en la legislacion vigente. Articulo Segundo.- Disponer, que las Instituciones Publicas, Proyectos Especiales y organos dependientes del Gobierno Regional MORDAZA con competencias ambientales, asi como las demas instituciones del Estado que se identificaran en el Reglamento, remitan al SIAR, con la periodicidad que sera regulada, la informacion ambiental de su competencia, tanto aquella generada producto del ejercicio de sus funciones, como la que les corresponda para elaborar el estado del ambiente en Piura. Articulo Tercero.- Crease el Grupo Tecnico de Informacion Ambiental, cuya funcion sera definir en coordinacion con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Medio Ambiente, y el Ministerio del Ambiente, el mecanismo de acopio, sistematizacion, organizacion y oferta de la informacion ambiental de la region, que estara conformado por la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, las Direcciones Regionales, Oficina Regional del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica INEI; Universidades Publicas y Privadas, el Centro de Investigacion y Promocion del Campesinado - CIPCA Piura. Por acuerdo del Grupo Tecnico del SIAR se podran incorporar otras instituciones que en nuestra region intervienen en materia ambiental, en la forma que lo determine el Reglamento. Articulo Cuarto.- Encargar, a la Gerencia General Regional, en coordinacion con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la reglamentacion de la presente Ordenanza Regional, en un plazo de noventa dias (90) de la publicacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion.

En MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA ATKINS LERGGIOS Presidente 649465-1

Autorizan viaje de representantes del Gobierno Regional a EE.UU. para suscribir Memorando de Entendimiento con la Vice Gobernacion de MORDAZA y Convenios MORDAZA de colaboracion para la realizacion de proyectos de desarrollo social
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 700-2011/GRP-CR MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2011 VISTO: - El Memorandum Nº 088-2011/GRP-100000 de fecha 24 de MORDAZA de 2011 de Presidencia Regional, solicitando autorizacion de Comision de Servicios para Mision Oficial al Estado de Utah y MORDAZA en Estados Unidos. CONSIDERANDO: Que, el inciso h) del articulo 9º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902, estipula que los Gobiernos Regionales son competentes para fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecucion de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional; Que, de conformidad a lo senalado en el articulo 9º inciso 9.3 de la Ley Nº 29289 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM - Reglamento sobre autorizacion de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Publicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 0052006-PCM; Que, el articulo 83º del Decreto Supremo Nº 00590-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, establece que la Comision de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente para realizar funciones segun el nivel de MORDAZA grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que estan directamente relacionadas con los objetivos Institucionales; Que, el articulo 10º de la Ley Nº 29626 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo la excepcion a que se refiere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado, entre ellos el Presidente del Gobierno Regional;

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