Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2011 (08/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de junio de 2011

funcionario de confianza a tiempo completo y dedicacion exclusiva designado por el MORDAZA, resuelven los aspectos administrativos a su cargo a traves de Resoluciones y Directivas, respectivamente; asi como las funciones especificas contenidas en el articulo 78º y siguientes de la precitada norma: Estando a las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con el visto MORDAZA de Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia Municipal. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Delegar en el Gerente Municipal las siguientes facultades administrativas y resolutivas senaladas precedentemente, quedando establecidas de la siguiente manera: 1.- Aprobar los expedientes correspondientes para las adquisiciones y contrataciones MORDAZA de convocar a procesos de seleccion o iniciar la ejecucion de obras por administracion directa, segun sea el caso, conforme lo establece el articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 1017, asi como aprobar las bases de los procesos de seleccion de acuerdo a lo establecido en el articulo 26º de dicho dispositivo legal. Esta facultad se encuentra referida a la aprobacion de los expedientes tecnicos senalados en el articulo 13º del referido Decreto Legislativo, asi como la aprobacion de los expedientes de contratacion senalados en el articulo 10º del D.S. Nº 184-2008-EF. 2.- Designar al Inspector o Supervisor respectivo, en la ejecucion de obras derivadas de los procesos de seleccion, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 190º del D.S. Nº 184-2008-EF ­ Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017. 3.- Designar el Comite de Recepcion de Obra en concordancia con lo establecido en el inciso 1) del articulo 210º del D. S. Nº 184-2008-EF. 4.- Aprobar la liquidacion de los contratos de obra derivados de los respectivos procesos de seleccion segun lo dispone el articulo 211º del D.S. Nº 184-2008-EF. 5.- Designar el Comite Especial que tendra a su cargo la realizacion de los Procesos de Seleccion de Adjudicacion Directa y de Menor Cuantia, conforme lo establece el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento D.S. Nº 184-2008-EF. 6.- Resolver los recursos de apelacion, de acuerdo a lo senalado en el articulo 113º del Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 7.- Las facultades establecidas en el numeral 7.2 del articulo 7º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto -, asi como la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional, Programatico y demas modificaciones presupuestarias que requieran ser aprobadas por el titular del pliego, en aplicacion de lo dispuesto en el numeral 40.2 del articulo 40º, 42º y 43º de la acotada Ley Nº 28411 y en las normas complementarias en material presupuestal para el ejercicio presupuestario 2011. 8.- Dispensar la publicacion de los Avisos (Edictos) matrimoniales a que se refiere el articulo 252º del codigo Civil. 9.- Atendera los recursos de apelacion contra resoluciones expedidas por las Gerencias en primera instancia, requiriendo la opinion de la Gerencia de Asesoria Juridica previo a resolver, salvo aquellas materias que por mandato de la ley son de competencia indelegable del Despacho de Alcaldia y del Concejo Municipal. Articulo Segundo.- Las Resoluciones de Gerencia que se emitan por las Gerencias administrativas en el ejercicio de sus funciones, seran debidamente motivadas y fundamentadas, bajo estricta responsabilidad de los funcionarios que la visen y suscriban. Fotocopias Autenticadas de las mismas, seran remitidas al Despacho de Alcaldia, Gerencia Municipal, Secretaria General y Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivos, bajo responsabilidad funcional, ante el incumplimiento de ello, se aplicaran las sanciones administrativas del caso.

Articulo Tercero.- Las solicitudes y recursos impugnatorios de naturaleza tributaria se resuelven por las instancias reguladas por el Codigo Tributario. Articulo Cuarto.- Todo procedimiento debera culminar con su respectivo Resolucion de Gerencia, dando termino al procedimiento, bajo responsabilidad funcional, sujetandose a los terminos y plazos establecidos en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General y otras normas complementarias. Articulo Quinto.- Dejese sin efecto las Resoluciones de Alcaldia Nº Nº 1140-2004-A-MDC, Nº 197-2009-A/MDC, y Nº 090-2010-A/MDC, asi como todas las disposiciones de igual o menor rango que se opongan a la presente Resolucion. Articulo Sexto.- Encarguese a la Secretaria General la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informatica en el MORDAZA de la entidad. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 649445-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Establecen el Regimen de Incentivos Aplicable a Infracciones relacionadas con el cumplimiento de obligaciones tributarias
ORDENANZA Nº 133-2011-MDC Cieneguilla, 19 de MORDAZA de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Cieneguilla en Sesion Ordinaria de la Fecha. VISTO: El Proyecto de Ordenanza presentado por la Gerencia de Administracion Tributaria mediante Informe Nº 044-2011GAT/MDC, de fecha 14 de MORDAZA de 2011 donde se establece el regimen de gradualidad de multas tributarias a favor de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla y el Informe Nº199-2011-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoria Juridica de fecha 18 de MORDAZA de 2011. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, como lo dispone el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, el articulo 69º de la Ley Nº 27972, establece y determina el universo que comprende las Rentas Municipales, asi como el Articulo 70º, el Sistema Tributario Municipal; Que, los Gobiernos Locales, crean, modifican y suprimen contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, derechos, o exoneran de ellos, de acuerdo a lo establecido en la Constitucion Politica del Estado, y la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por D. S. Nº 135-99-EF; Que, el inciso 4º del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru, concede rango de Ley a las Ordenanzas Municipales;

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