Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2011 (11/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano MORDAZA, sabado 11 de junio de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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ORDENANZA QUE APRUEBA REALIZACION DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO POR 62° ANIVERSARIO DEL DISTRITO DE SURQUILLO Articulo 1º.- Objeto de la disposicion: Autoricese la realizacion de un Matrimonio Civil Comunitario para el dia 09 de MORDAZA de 2011 con ocasion de las celebraciones por el Sexagesimo MORDAZA Aniversario de Creacion Politica del Distrito de Surquillo. Articulo 2º.- Reduccion y Exoneracion de derechos: Establecer en S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles) el pago por todo concepto que deberan abonar las parejas contrayentes que cumplan con los requisitos para participar en la ceremonia autorizada en el articulo 1º, dejandose en suspenso la tasa contenida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- para el presente caso. Asimismo, las parejas contrayentes se encuentran exoneradas del pago de las tarifas respectivas por el otorgamiento de Certificado Medico Pre ­ Nupcial y Consejeria Preventiva. Articulo 3º.- Dispensa de publicacion: De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 252° del Codigo Civil, autorizar al MORDAZA para que dispense a los contrayentes de la publicacion del aviso por periodico del matrimonio civil a que alude el articulo 250° del Codigo Civil, siempre que se presenten todos los requisitos que exige el articulo 248º del Codigo Civil asi como los requisitos que el MORDAZA exige para dicho fin, correspondiendo, en todo caso, a la Sub Gerencia de Promaped, Demuna, Matrimonios y Divorcio No Contencioso, la publicacion del aviso respectivo en las vitrinas municipales, en el MORDAZA electronico de la Municipalidad de Surquillo, asi como en las vitrinas parroquiales de todo el distrito. Articulo 4º.- Organos ejecutantes: Encargar al senor MORDAZA la adopcion de las acciones administrativas que correspondan a efectos de la realizacion del matrimonio civil comunitario senalado en el articulo 1º, correspondiendo a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Social, Educacion y Juventudes su ejecucion conforme a Ley. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 651152-1

Que, de conformidad con el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, asi como crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, es politica de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El MORDAZA incentivar el cumplimiento voluntario por parte de los administrados de sus obligaciones tributarias, siendo necesario otorgar las facilidades a los contribuyentes para el pago de las deudas tributarias; Que, en tal sentido, resulta necesario conceder beneficios a los contribuyentes que cumplan con pagar las obligaciones adeudadas al 31 de diciembre de 2010; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 9º, asi como el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipales, contando con el MORDAZA Unanime del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se expide la siguiente; ORDENANZA QUE ESTABLECE UN BENEFICIO EXCEPCIONAL Y UNICO DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Articulo 1º.- ESTABLECIMIENTO DEL REGIMEN Establecer un regimen excepcional y unico de regularizacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, mediante el cual se otorgara la condonacion parcial o total de los intereses moratorios, reajustes y gastos y costas procesales. Articulo 2°.- ALCANCE Y VIGENCIA La presente Ordenanza regula la aplicacion por unica vez de los beneficios para el pago de la deuda vencida al 31 de diciembre de 2010 correspondiente al Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales. Los beneficios otorgados mediante la presente Ordenanza tendran vigencia durante 60 (sesenta) dias naturales a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 3°.- SUJETOS COMPRENDIDOS Podran acogerse a lo dispuesto en la presente Ordenanza las personas naturales, personas juridicas y otras que mantengan deudas tributarias pendientes de pago al 31 de diciembre de 2010, en cualquier estado en que se encuentren. Articulo 4º.- BENEFICIOS Los contribuyentes que se acojan a la presente Ordenanza tendran derecho a los siguientes beneficios: 1. PAGO AL CONTADO TOTAL O PARCIAL: Impuesto Predial

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Establecen beneficio excepcional y unico de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
ORDENANZA MUNICIPAL N° 235-MVES MORDAZA El MORDAZA, 09 de junio del 2011 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA EL MORDAZA, EN SESION EXTRAORDINARIA DE LA FECHA; Visto: El Dictamen Nº 005-2011-CR/MVES del 08.06.2011, presentado por la Comision de Rentas de esta Corporacion Edil.

CONTRIBUYENTES

BENEFICIO

a.- Para contribuyentes con predios Descuento del cien por ciento (100%) de los intereses moratorios. de uso MORDAZA Habitacion. b.- Para contribuyentes con predios de uso MORDAZA Habitacion y pequenos comercios o solo estos ultimos: · Si el monto de la deuda Descuento del cien por ciento insoluta o capital es menor o (100%) de los intereses moratorios. igual a S/. 5,000

· Si el monto de la deuda Descuento del ochenta por ciento
insoluta o capital es mayor a (80%) de los intereses moratorios S/. 5,000 c.- Para contribuyentes con predios Descuento del sesenta por ciento de uso distinto a los items (60%) de los intereses moratorios. a) y b) (grandes comercios, industrias, etc.)

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