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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (18/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 18 de junio de 2011 444945 vez que la adjudicataria ha actuado ilegalmente a fi n de procurarse un benefi cio económico propio en perjuicio del Estado; por consiguiente el derecho de propiedad que ostentaba la adjudicataria ha caducado al incurrir en una de las causales señalas por ley; Que. con Ofi cio Nº 125-2011-GR.LAMB/DIGR, de fecha 24 de mayo de 2011, se acordó la emisión de la resolución ejecutiva correspondiente para autorizar al Procurador Público Regional, interponer las acciones legales que correspondan; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, el inciso a) de Art. 21º de la Ley Nº 27867 -Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 27902, la Ley Nº 27783 -Ley de Bases de Descentralización, el Decreto Legislativo Nº 1068 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; con el visado de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Abog. Enrique Eduardo Salazar Fernández, Procurador Público Regional para que realice las acciones necesarias a efectos de declarar la nulidad de la transferencia de las 1.000 hectáreas, ubicadas en el Sector II predio “La Viña” del Distrito de Jayanca, realizada por la adjudicataria Asociación de Campesinos sin Tierras “Víctor Raúl Haya de la Torre”, a favor de don Porfi rio Gasco Arrobas y Nancy Contreras Jiménez de Gasco, y subsecuentes transferencias, de conformidad con el Art. 5º del Reglamento de la Ley Nº 28259 “Ley de reversión a favor del Estado de los predios rústicos adjudicados a título gratuito”. Artículo Segundo.- REMITIR copia de la presente Resolución y los antecedentes del caso a la Procuraduría Pública Regional del Gobierno Regional de Lambayeque, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución, además de publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano y Portal Electrónico del Gobierno Regional Lambayeque. Artículo Tercero.- Notifi car la presente a la Dirección Regional de Agricultura, Gerencia Regional de Desarrollo Económico para que tome conocimiento de lo indicado. Regístrese y comuníquese. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Presidente Regional 654415-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único, desarrollada sobre inmueble ubicado en la jurisdicción del Cercado de Lima RESOLUCIÓN Nº 98-2011-MML-GDU-SPHU Lima, 17 de mayo de 2011 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 21546-2011, de fecha 10 de febrero de 2011, promovido por el BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, debidamente representada por la señora Patricia Ugarte Cornejo y señor Jorge Hernán Rodríguez Elías, en su calidad de Apoderados, solicita la aprobación de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único con Recepción de Obras del terreno de 2,138.00 m², califi cado con zonifi cación Industria Liviana – I2, ubicado en el Jirón Fernando Wiese Nº 416, jurisdicción del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 21546-2011, de fecha 10 de febrero de 2011 (fs. 01 al 65), el BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, debidamente representada por la señora Patricia Ugarte Cornejo y señor Jorge Hernán Rodríguez Elías, en su calidad de Apoderados, solicita la aprobación de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único con Recepción de Obras del terreno de 2,138.00 m², califi cado con zonifi cación Industria Liviana – I2, ubicado en el Jirón Fernando Wiese Nº 416, jurisdicción del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; Que, con Carta Nº SMNR/SCEI/24703254/2010, emitida por la empresa EDELNOR, de fecha 4 de enero de 2010, comunica, que el predio cuenta con la Conformidad de Obra del Proyecto Eléctrico del Sistema de Utilización en Media Tensión 10 KV, a través del Suministro Nº 139147 (fs. 53); asimismo, con Carta Nº 1152-2011-EOMR-B, de fecha 16 de mayo de 2011, otorgada por la empresa SEDAPAL, comunica que el inmueble cuenta con servicios de agua potable y alcantarillado, los cuales se encuentran vigentes y operativos a través del Suministro Nº 3120629 (fs. 257); Que, mediante Resolución Nº 048-2011-MML-GDU- SPHU, de fecha 21 de marzo de 2011 (fs. 235 y 236), se resuelve aprobar la Valorización del Défi cit de Aporte Reglamentario para Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de 42.76 m², correspondiente al 2% del terreno de 2,138.00 m², califi cado con zonifi cación Industria Liviana – I2, ubicado en el Jirón Fernando Wiese Nº 416, jurisdicción del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, que asciende a la suma de S/.3,090.40 Nuevos Soles; Que, con Recibo Nº 0321009, de fecha 24 de marzo de 2011 (fs.237), la administrada acredita la cancelación del Défi cit de Aporte Reglamentario para Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de 42.76 m², que asciende a la suma de S/.3,090.40 Nuevos Soles; Que, mediante Recibo de Ingresos Nº 0075612, de fecha 29 de abril de 2011 (fs.240), emitido por SERPAR- LIMA, la administrada acredita la cancelación del défi cit de aporte reglamentario para Parques Zonales del área de 106.90 m², ascendente a la suma de S/. 47,549.12 Nuevos Soles; Que, con Recibo de Caja Nº 001068, de fecha 29 de abril de 2011 (fs.242), emitido por EMILIMA S.A., la administrada acredita la cancelación del défi cit de aporte reglamentario para Renovación Urbana del área de 64.14 m², ascendente a la suma de S/. 28,734.72 Nuevos Soles; Que, a través del Informe Nº 140-2011-MML- GDU-SPHU-DCO, de fecha 6 de mayo de 2011 (fs. 246 al 249), la División de Control de Obras de esta Subgerencia señala, que en la presente Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada de Lote Único con Recepción de Obras del terreno de 2,138.00 m², se ha verifi cado que la administrada ha cumplido con acreditar la cancelación de los défi cit de aportes para Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de 42.76 m², Parques Zonales (SERPAR-LIMA) de 106.90 m² y para Renovación Urbana (EMILIMA S.A.) de 64.14 m² en virtud a lo dispuesto en el Artículo 10º, de la Ordenanza Nº 836-MML; así también, el terreno no se encuentra afecto vías metropolitanas de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 341-MML, y su modifi catoria Ordenanza Nº 1032-MML; asimismo, en la inspección ocular realizada por el personal técnico de esta División, se verifi có que el predio conforma un Lote Único en el cual hay construcciones de material noble. Con relación a las secciones de las vías de veredas, bermas y pavimentación del Jr. Fernando Wiese se encuentran ejecutadas y cuenta con servicios de Agua Potable, Alcantarillado y electricidad; en consecuencia el presente trámite administrativo se encuentra técnicamente conforme al haberse verifi cado