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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de junio de 2011 445324 elaborados por la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el inciso a) del numeral 15.5 del Artículo 15° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los índices de Distribución de los recursos del Fondo de Compensación Regional - FONCOR del Año Fiscal 2012, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. El Anexo a que se refi ere el Artículo 1° será publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación ofi cial de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 658091-1 Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Multisectorial Permanente a que se refiere el D.S. N° 028-2011-EM RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 466-2011-EF/10 Lima, 24 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 1° del Decreto Supremo Nº 028- 2011-EM se creó la “Comisión Multisectorial Permanente para el seguimiento y supervisión de la Transparencia en el empleo de los recursos que obtiene el Estado por el desarrollo de las Industrias Extractivas Minera e Hidrocarburífera”, encargada de efectuar labores de acopio de información, supervisión, seguimiento y monitoreo permanente de la transparencia y del empleo de los recursos e ingresos fi scales que obtiene el Estado por todo concepto proveniente de las industrias extractivas minera e hidrocarburíferas, así como de las acciones orientadas a la implementación y desarrollo de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI) en nuestro país; Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo en mención establece que la Comisión Multisectorial Permanente estará integrada, entre otros representantes, por un representante designado por el Ministerio de Economía y Finanzas, pudiendo considerarse un representante alterno; Que, en consecuencia, resulta necesario designar al representante del Ministerio de Economía y Finanzas, así como al representante alterno ante la mencionada Comisión Multisectorial; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el Decreto Supremo N° 028-2011-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Cirilo Hugo Oropeza Rosales y a la señorita Carmen Paola Astor Anaya, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Economía y Finanzas ante la Comisión Multisectorial Permanente, a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 028-2011-EM. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Energía y Minas y a los interesados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 658091-2 Montos máximos de recursos que corresponden a las Municipalidades que cumplan con el 100% de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal y el Programa de Modernización Municipal en el Año 2011 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 467-2011-EF/11 Lima, 24 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante los Decretos Supremos Nº 183-2010-EF y Nº 190-2010-EF se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal y el Programa de Modernización Municipal, respectivamente; Que, el numeral 8.1 del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 183-2010-EF, señala que el monto máximo de los recursos que le corresponde a cada Municipalidad se determina a partir del índice de distribución del Fondo de Compensación Municipal FONCOMUN vigente, elaborado por la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales, hoy Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales, y aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, el numeral 8.1 del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 190-2010-EF, establece que el monto máximo de los recursos que le corresponde a cada Municipalidad durante el año fi scal 2011, se determina a partir del índice de distribución elaborado por la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales, hoy Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales, del Ministerio de Economía y Finanzas en función a la población de cada distrito, tomando en cuenta la última información ofi cial proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI. Asimismo, en el caso de las Municipalidades Provinciales, para la determinación del monto se considera a la población del Distrito Capital. Adicionalmente, precisa que el monto máximo a asignar a cada Municipalidad es aprobado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales, hoy Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales, remitió a la Dirección General de Presupuesto Público el índice de distribución a que se refi ere el tercer considerando de la presente Resolución y mediante Resolución Ministerial N° 156-2011-EF/15 se aprobó el índice de distribución del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) a que hace referencia el segundo considerando de la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y los Decretos Supremos Nº 183-2010-EF y Nº 190-2010-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar los montos máximos de los recursos que corresponden a cada una de las Municipalidades que cumplan con el 100% de las metas establecidas en el Programa de Modernización Municipal y el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2011, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial se publica en el Diario Ofi cial El Peruano. El Anexo a que se refi ere el artículo 1º de la presente norma se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 658091-3