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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2011 (05/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de marzo de 2011 438458 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales liquidadores transitorios de los Distritos Judiciales de Ica, Piura y del Santa RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 42-2011-CE-PJ Lima, 26 de enero de 2011 VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 47, 48 y 49-2011-ETI-PJ, cursados por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, y los Informes Nºs. 244-2010 y 004-2011-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, este Órgano de Gobierno teniendo en cuenta la implementación del Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales de Ica, Santa y Piura, dispuso crear órganos jurisdiccionales liquidadores transitorios y posteriormente estando a las necesidades del servicio y a la elevada carga procesal existente prorrogó su funcionamiento; Segundo: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 053-2008-CE-PJ del 25 de febrero de 2008, las Comisiones de Magistrados para la Implementación del Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales en donde se encuentra vigente el nuevo sistema procesal, tienen la responsabilidad de coordinar con el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal y la Secretaría Técnica del citado Equipo Técnico, para los fi nes de realizar el monitoreo y evaluación permanente y de esa forma proponer las acciones administrativas y de control pertinentes que al respecto haya lugar en sus respectivas sedes judiciales; Tercero: Que, con lo expuesto por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, en consonancia con el contenido de los Informes Nºs. 244-2010 y 004-2011- SEP-GP-GG-PJ de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional la de adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; deviene en necesario dictar precisiones complementarias a las ya impartidas; como es el caso de autorizar las prórrogas del funcionamiento de los órganos jurisdiccionales liquidadores transitorios creados para los fines de implementación del Código Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, estando a la carga procesal aún pendiente de resolver; Cuarto: Que, los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales liquidadores transitorios, en la forma que se indica a continuación: - Hasta el 30 de abril de 2011 DISTRITO JUDICIAL DE ICA Provincia de Ica: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio del Módulo Básico de Justicia de Parcona. Provincia de Pisco: • Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio. DISTRITO JUDICIAL DE PIURA Provincia de Piura - Piura: • Primer, Segundo, Tercer y Cuarto Juzgados Penales Liquidadores Transitorios. Provincia de Sullana - Sullana: • Primer, Segundo y Tercer Juzgados Penales Liquidadores Transitorios. - Hasta el 31 de mayo de 2011 DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA • Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Nuevo Chimbote. - Hasta el 31 de julio de 2011 DISTRITO JUDICIAL DE PIURA Provincia de Talara - Pariñas: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio. Provincia de Morropón - Chulucanas: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio. Artículo Segundo.- Facultar a los Presidentes de Ias Cortes Superiores de Justicia de Ica, Santa y Piura; así como a la Gerencia General del Poder Judicial en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia de Ica, Santa y Piura, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA 610165-1