TEXTO PAGINA: 34
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 7 de marzo de 2011 438578 Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, señala que mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley. Asimismo, precisa que las ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Marco Normativo del Régimen de Arbitrios Municipales del Año 2011 de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, fue aprobado mediante Ordenanza N° 079-2010-MDP/C y ratifi cada por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 502 publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 31 de Diciembre del 2010; Que, el artículo 9° del numeral 8) de la referida Ley establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar ordenanzas; Que, la Ordenanza tiene por objeto establecer benefi cios para incentivar a los contribuyentes de las denominadas “zonas especiales” que limitan con otras jurisdicciones distritales para que pueda cumplir con sus obligaciones tributarias como son los Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011 respectivamente; Que, estando a lo expuesto y con el voto por UNANIME de los señores Regidores y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIO TRIBUTARIO POR ARBITRIOS MUNICIPALES PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE RESIDAN EN LAS DENOMINADAS “ZONAS ESPECIALES” EN EL DISTRITO DE PACHACAMAC Artículo Primero.- OBJETIVO Otorgar Benefi cios Tributarios para incentivar a los contribuyentes que tienen predios de uso casa habitación y giros menores en las denominadas “zonas especiales” que limitan con otras jurisdicciones distritales, para que pueda cumplir con sus obligaciones tributarias como son los Arbitrios Municipales de los ejercicios fi scales 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011 respectivamente. Artículo Segundo.- AMBITO DE APLICACIÓN Establézcase como “zonas especiales” y que serán sujetas a este benefi cio las que se detallan a continuación: Asociación Las Lomas de Conchán Asociación de Prod. Agrop. Los Lucumos Av. Maria Reiche Casica – El Olivar Clubes de Playa Conchán El Platanal El Santuario Huertos de Lurín Huertos de Pachacámac Huertos de Villena Julio C. Tello La Pradera Las Palmas Residencial Villa Las Palmas Programa de Vivienda Las Flores de Pachacámac I Etapa Programa de Vivienda Las Flores de Pachacámac II Etapa Programa de Vivienda Los Ángeles de Pachacámac Agrupación de Vivienda Las Palmas Los Ángeles Mamacona Olivar Pampa Grande Rinconada de Puruhuay Sector A Rinconada de Puruhuay Sector B San Antonio San Camilo Santísimo Salvador Las Palmas Villa Alejandro II Ampliación Villa Libertad II Etapa Villa Poeta José Gálvez Asociación de Moradores Las Lomas de José Gálvez AA. HH. Ampliación Las Dunas Upis San José Villa Alejandro I Etapa Asociación de Pobladores Las Brisas de Pachacámac Las Orquídeas Las Huertas de Pachacámac AA. HH. Alberto Fujimori Buena Vista Las Laderas de Pachacámac Sector A Las Viñas de José Gálvez Martha Milagros Nicolás Arturo Moreyra Quebrada Jazmín Llanavilla – Conchán Zona Avícola Pecuaria Industrial José Gálvez Lotización Agro Ganadera Mamacona Alta Agrupación de Vivienda Vista Alegre CPR Villa Libertad Asoc. Viv. Villa Laureles El Olivar Agrupación de Familias Los Cipreses de Pachacámac José Gálvez Programa de Vivienda Los Jardines de Pachacámac Asoc. De Posesionarios y Promot. Con Proy. Agrop Pachacámac (APIPAP) Residencial Villa Las Palmas VI Etapa Residencial Villa Las Palmas VII Etapa Residencial Clara Luisa de Pachacámac – PICVUSAC Programa de Vivienda Residencial Villa Las Palmas I Etapa Programa de Vivienda Residencial Villa Las Palmas II Etapa Artículo Tercero.- TASA ESPECIAL DE ARBITRIOS MUNICIPALES Reducir hasta un ochenta por ciento (80 %) las tasas de Arbitrios Municipales tanto del ejercicio fi scal 2007, 2008, 2009, 2010 como del Ejercicio 2011 aprobada mediante Ordenanza Nº 079-2010-MDP/C y ratifi cada por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 502 publicado el 31 de Diciembre del 2010; para las denominadas “zonas especiales” establecidas en el artículo segundo de la presente, equivalente con los siguientes importes mensuales Residuos Sólidos S/. 0.42, Parques y Jardines S/. 0.28 y Serenazgo S/. 0.80 respectivamente.