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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 7 de marzo de 2011 438561 Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; Que, mediante Resolución 125-2010/SBN, de fecha 23 de diciembre de 2010, se encarga a la Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones de la SBN las funciones de la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias y Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN”; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0046 -2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 09 de febrero de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno de 6 469,49 m², ubicado en el Centro Poblado La Florida, distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Cañete de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Cañete. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 609802-12 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 060-2011/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 28 de febrero de 2011 Visto el Expediente N° 022-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 26 358,36 m², ubicado en el Centro Poblado La Florida, distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 26 358,36 m², ubicado en el Centro Poblado La Florida, distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, mediante Certifi cado Catastral de fecha 02 de diciembre de 2010, sustentado con Informe Técnico Nº 13849-2010-SUNARP-Z.R.Nº.IX/OC, la Ofi cina Registral de Cañete, señala que el terreno de 36 828,23 m², dentro del cual se encuentra el área indicada en el considerando precedente no cuenta con perímetro incorporado de un predio inscrito que involucre al mismo; Que, realizada la inspección técnica con fecha 20 de enero de 2011, se verifi có que se trata de un terreno eriazo, de topografía variada conformado por zonas planas, ladera y cima de cerro, con suelo de textura arenosa, el lado norte del terreno próximo al camino esta siendo ocupado por terceros, observándose una vivienda construida de ladrillos con techo de calamina, un reservorio, cuatro corrales construidos de ladrillos y galpones desarmados; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 26 358,36 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolución N° 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; Que, mediante Resolución 125-2010/SBN, de fecha 23 de diciembre de 2010, se encarga a la Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones de la SBN las funciones de la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151 – Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA y modifi catorias y Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN”; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0047 -2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 09 de febrero de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno de 26 358,36 m², ubicado en el Centro Poblado La Florida, distrito de Nuevo Imperial, provincia de Cañete y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Cañete de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la Primera Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Cañete. Regístrese, comuníquese y publíquese.- EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 609802-13