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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 7 de marzo de 2011 438568 descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE 610165-12 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 425-2010-CE-PJ Lima, 28 de diciembre de 2010 VISTOS: El Ofi cio Nº 189-2010-P-CSJUC/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, y el Informe Nº 254-2010-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Santa Rosa de Guinea, Distrito de Irazola, Provincia de Padre Abad, Departamento de Ucayali, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripción; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 891 habitantes, según la estadística poblacional del censo correspondiente al año 2007, conjuntamente con los Caseríos Virgen del Carmen, Nolverth del Alto Uruya, Nueva Jerusalén y Libertad de Pasa Raya; así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que los órganos jurisdiccionales más próximos se encuentran ubicados en Huaraz a 125 kilómetros de distancia, a cuatro horas de recorrido en vehículo; con el consiguiente perjuicio económico y de tiempo, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 254-2010-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Santa Rosa de Guinea, Distrito de Irazola, Provincia de Padre Abad, Departamento y Distrito Judicial de Ucayali; consignándose los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional; Cuarto: Que, por el número de habitantes de la comunidad a los que benefi ciaría el órgano jurisdiccional, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar; así como asuntos notariales; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, precisamente la de eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Santa Rosa de Guinea; y competencia además en los Caseríos Virgen del Carmen, Nolverth del Alto Uruya, Nueva Jerusalén y Libertad de Pasa Raya; Distrito de Irazola, Provincia de Padre Abad, Departamento y Distrito Judicial de Ucayali. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del referido órgano jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE 610165-13 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 426-2010-CE-PJ Lima, 28 de diciembre de 2010 VISTOS: El Ofi cio Nº 125-2010-ODAJUP-CSJSM/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín, y el Informe Nº 263-2010-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Nuevo Egipto, Distrito de San Hilarión, Provincia de Picota, Departamento de San Martín, a solicitud de autoridades y pobladores de la referida circunscripción; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 951 habitantes, según la estadística poblacional del censo correspondiente al año 2007, conjuntamente con los Centros Poblados Nuevo Chimbote, Nueva Esperanza y el Poblado Nuevo Canaán; así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el órgano jurisdiccional más próximo se encuentra ubicado en Picota a 26 kilómetros de distancia, a una hora con veinticinco minutos por camino de herradura y carretera afi rmada; con el consiguiente perjuicio económico y de tiempo, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 263-2010-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Nuevo Egipto, Distrito de San Hilarión, Provincia de Picota, Departamento y Distrito Judicial de San Martín; consignándose los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional;