Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2011 (20/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de marzo de 2011

Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 129, ubicado entre las provincias de MORDAZA y Maynas del departamento de MORDAZA, suscrito entre PERUPETRO S.A. y BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA; Que, el articulo 12° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas dentro del plazo establecido en el articulo 11° de la referida Ley; Que, el articulo 17° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, senala que el Contratista o cualquiera de las personas naturales o juridicas que lo conformen, podra ceder su posicion contractual o asociarse con terceros, previa aprobacion por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas; asimismo, dicho articulo senala que estas cesiones conllevaran el mantenimiento de las mismas responsabilidades en lo concerniente a las garantias y obligaciones otorgadas y asumidas en el contrato por el Contratista; Que, mediante Carta, de fecha 10 de septiembre del 2010, y de conformidad con lo establecido en la Clausula Decimo Sexta del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 129, BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA comunico a PERUPETRO S.A., que habia llegado a un acuerdo tanto con TALISMAN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERU, para cederle el treinta y cinco por ciento (35%) de su participacion, asi como con GRAN TIERRA ENERGY PERU S.R.L. para cederle el veinte por ciento (20%) de su participacion en el referido Contrato de Licencia; Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo N° 170-2010, de fecha 21 de diciembre de 2010, aprobo el Proyecto de Cesion de Posicion Contractual y Modificacion en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 129, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru y el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM; DECRETA: Articulo 1°.- De la aprobacion de la cesion de posicion contractual y Modificacion Aprobar la Cesion de Posicion Contractual en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 129, aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2007-EM, por parte de BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA, a favor de TALISMAN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERU y GRAN TIERRA ENERGY PERU S.R.L., asi como la modificacion del citado Contrato derivada de la Cesion que se aprueba en el presente articulo. Articulo 2°.- De la autorizacion para suscribir la modificacion Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA, TALISMAN PERU B.V., SUCURSAL DEL PERU y GRAN TIERRA ENERGY PERU S.R.L, con la intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la Cesion de Posicion Contractual y la Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 129, que se aprueba en el Articulo 1° del presente Decreto Supremo. Articulo 3°.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas.

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de marzo del ano dos mil once MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 616960-4

JUSTICIA
Conceden MORDAZA de conmutacion de la pena a internos sentenciados de diferentes Establecimientos Penitenciarios de la Republica
RESOLUCION SUPREMA Nº 059-2011-JUS MORDAZA, 19 de marzo de 2011 Vistas las solicitudes de conmutacion de la pena presentadas por internos de diversos Establecimientos Penitenciarios del MORDAZA, con recomendacion favorable de la Comision de MORDAZA Presidenciales; CONSIDERANDO: Que, por las condiciones de progresion en el tratamiento penitenciario de los internos solicitantes, corroboradas con los informes emitidos por los profesionales competentes, con los certificados de estudios y/o trabajo respectivos y con los requisitos establecidos en el articulo 26º de la Resolucion Ministerial Nº 162-2010-JUS, resulta pertinente otorgar la MORDAZA de conmutacion de la pena; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 0082010-JUS MORDAZA de creacion de la Comision de MORDAZA Presidenciales, la Resolucion Ministerial Nº 162-2010-JUS, Reglamento de la Comision de MORDAZA Presidenciales y los incisos 8) y 21) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones, conceder indultos y conmutar penas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Conceder la MORDAZA de conmutacion de la pena a los internos sentenciados de los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la Republica: ESTABLECIMIENTO LURIGANCHO PENITENCIARIO DE

1. MORDAZA YNONAN, JHONNY MORDAZA, conmutarle de 5 anos 10 meses a 3 anos de pena privativa de libertad; la que vencera el 21 de febrero de 2012. 2. COSCOL MORDAZA, MORDAZA, conmutarle de 6 anos a 4 anos de pena privativa de libertad; la que vencera el 21 de diciembre de 2012. 3. MORDAZA YSIDORO, YSRAEL o MORDAZA MORDAZA, YSRAEL o MORDAZA MORDAZA, MORDAZA o MORDAZA MORDAZA, YSRAEL, conmutarle de 10 anos a 9 anos de pena privativa de libertad; la que vencera el 24 de MORDAZA de 2011. 4. TUNOQUE MINAN, MORDAZA MORDAZA, conmutarle de 5 anos a 3 anos de pena privativa de libertad; la que vencera el 14 de junio de 2012. ESTABLECIMIENTO CALLAO PENITENCIARIO DEL

5. CACHAY MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, conmutarle de 6 anos 8 meses a 3 anos 4 meses de

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