Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2011 (20/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 20 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de CFG Investment S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 073-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 9 de febrero del 2011 Visto el escrito con Registro Nº 00083141-2010 del 28 de octubre del 2010 y los adjuntos Nºs 01 y 02 del 10 y 21 de diciembre del 2010, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de la embarcacion pesquera de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo, no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuentan con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencias judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 631-95-PE, del 13 de noviembre de 1995, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la empresa PESQUERA EL TIBURON S.R.Ltda., para operar la embarcacion pesquera denominada TALARA 1, de matricula CE-0238-PM, de 300 TM de capacidad de bodega, para ser destinada a la extraccion de los recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito de litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 208-2005PRODUCE/DNEPP, del 19 de MORDAZA de 2005, se aprobo a favor de la empresa PESQUERA MARU S.A.C. el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 631-95-PE, modificado en su titularidad por Resolucion Ministerial Nº 569-96-PE y Resolucion Directoral Nº 203-98-PE/DNE, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada TALARA 1, de matricula CE-0238-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; y reconociendole la capacidad de bodega de 347.81 m3; Que, mediante el escrito del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. solicito el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera TALARA 1, con matricula CE-0238-PM, en su condicion de arrendataria como corre inscrito en el Asiento D00004 del Rubro Gravamenes y Cargas del Registro de Embarcaciones Pesqueras de la Partida Nº 50000039 de la Oficina Registral de Chimbote ­ MORDAZA Registral Nº VII ­ Sede MORDAZA y en el Certificado Compendioso de Dominio; Que, mediante los adjuntos Nº 1 y 2 del escrito del visto, la citada empresa presento la Carta de Autorizacion del Banco de Credito del Peru, por la que autoriza a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. a continuar con el tramite de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion TALARA 1, de matricula CE-0238-PM, en atencion a lo comunicado en el Oficio Nº 6392-2010PRODUCE/DGEPP-Dch; Que, de la evaluacion efectuada a la documentacion presentada por el administrado se determino que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, asi como

los requisitos sustantivos establecidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que resulta procedente aprobar lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 1026-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi del 29 de noviembre de 2010 y Memorando Nº 281-2010-PRODUCE/DGEPP-Dchi del 27 de diciembre de 2010, y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 003-98-PE y demas normas modificatorias y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca, para operar la embarcacion pesquera denominada "TALARA 1" de matricula Nº CE-0238-PM, con 347.81 m3 de capacidad de bodega, en su condicion de arrendataria financiera conforme se encuentra inscrito en el Asiento D00004 del Rubro Gravamenes y Cargas del Registro de Embarcaciones Pesqueras de la Partida Nº 50000039 de la Oficina Registral de Chimbote ­ MORDAZA Registral Nº VII ­ Sede MORDAZA, hasta el 21 de octubre del 2011, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, y lo demas en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a la empresa PESQUERA MARU S.A.C., a traves de la Resolucion Directoral Nº 208-2005PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera denominada "TALARA 1", de matricula Nº CE-0238-PM. Articulo 3º.- Consignar a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "TALARA 1" de matricula Nº CE-0238-PM, asi como la presente Resolucion al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007PRODUCE, respectivamente, excluyendo a la empresa PESQUERA MARU S.A.C. y la Resolucion Directoral Nº 208-2005-PRODUCE/DNEPP de dicho Anexo. Articulo 4º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. YSAAC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 616219-1

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