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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 20 de marzo de 2011 439291 pena privativa de libertad; la que vencerá el 8 de junio de 2012. 6. LOPEZ CHACALTANA, LUIS ANGEL, conmutarle de 6 años 8 meses a 3 años 4 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 14 de marzo de 2012. 7. QUISPE SAMANIEGO, CARLOS ENRIQUE, conmutarle de 6 años 8 meses a 3 años 4 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 10 de agosto de 2012. 8. ÑAUPA GUERREROS, WILMAR, conmutarle de 8 años a 6 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 23 de abril de 2014. 9. PINEDO CARBAJAL, PABLO, conmutarle de 6 años a 2 años 6 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 20 de noviembre de 2011. 10. AGÜERO CAMASCA, EDWIN ANDRES, conmutarle de 6 años 8 meses a 3 años 4 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 12 de junio de 2012. 11. WEISS CASTRO, RICARDO JAVIER, conmutarle de 6 años a 4 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 25 de enero de 2013. 12. CARDOZO TIBURCIO, CARLOS EUGENIO o CARDOSO TIBURCIO, CARLOS EUGENIO, conmutarle de 6 años 8 meses a 4 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 13 de abril de 2013. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHORRILLOS 13. HUAYTAN SOLIS, DORA NAVELA, conmutarle de 5 años 10 meses a 2 años 10 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 5 de abril de 2012. 14. LOPEZ GUIMARAES, JAQUELINE o LOPEZ GUIMARAES, DIANA o RENGIFO GARCES, DIANA, conmutarle de 5 años a 3 años 8 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 18 de diciembre de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO VIRGEN DE FATIMA 15. PONCE BORRERO, ROCIO DEL PILAR, conmutarle de 6 años 8 meses a 3 años 6 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 21 de abril de 2012. 16. ARAGONES FRANCO, EVELYN MARIA, conmutarle de 6 años 8 meses a 3 años 4 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 1 de febrero de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE HUARAZ 17. DIAZ JIMENEZ, ERIKA CHALIE, conmutarle de 12 años a 6 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 16 de abril de 2013. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE TRUJILLO 18. RODRIGUEZ YUPANQUI, SEGUNDO JULIAN, conmutarle de 6 años a 4 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 8 de diciembre de 2012. 19. BARRERA RODRIGUEZ, EDVAR, conmutarle de 8 años a 7 años 1 mes de pena privativa de libertad; la que vencerá el 25 de marzo de 2011. 20. MARIN BUENO, FANNY GIOVANNA, conmutarle de 8 años a 5 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 17 de julio de 2013. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE PIURA 21. DIAZ MORALES, ROGER ISAAC, conmutarle de 15 años a 8 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 8 de marzo de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHICLAYO 22. BUSTAMANTE VERA, SEGUNDO GERARDO, conmutarle de 15 años a 13 años de pena privativa de libertad; la que vencerá el 17 de mayo de 2011. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CAJAMARCA 23. COTRINA ARMAS, DORCA RUBY o COTRINA ARMAS, DORCAS RUBY o COTRINA ARMAS, DORCA RUBI, conmutarle de 7 años a 3 años 6 meses de pena privativa de libertad; la que vencerá el 28 de noviembre de 2011. Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia 616960-6 PRODUCE Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del procesamiento de descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos DECRETO SUPREMO Nº 005-2011-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, los recursos naturales son patrimonio de la Nación, y el Estado, soberano en su aprovechamiento, promueve su uso sostenible y la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; en concordancia con lo establecido en los artículos 66º a 68º de la Constitución Política del Perú; Que, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales implica el manejo racional de éstos teniendo en cuenta su capacidad de renovación, evitando su sobreexplotación y reponiéndolos cualitativa y cuantitativamente, de ser el caso; de conformidad con lo señalado en el artículo 28º de la Ley Nº 26821 - Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales; Que, el Estado fomenta la más amplia participación de personas naturales o jurídicas peruanas o extranjeras en la actividad pesquera con sujeción a las disposiciones pertinentes de la legislación peruana, como también promueve las inversiones privadas mediante la adopción de medidas que contribuyan a alentar la investigación, conservación, extracción, cultivo, procesamiento y comercialización de los recursos pesqueros, así como incrementar la construcción y modernización de la infraestructura y servicios pesqueros, estimulando la innovación tecnológica propiciando la modernización de la industria pesquera y por ende optimizando la utilización de los recursos hidrobiológicos a través de la obtención de un producto pesquero con mayor valor agregado; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 180-2010- PRODUCE, se dispuso por un plazo de 30 días calendario la pre publicación del Reglamento del procesamiento de descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos, a fi n de recibir los comentarios y aportes de los agentes vinculados al asunto a reglamentar; acorde con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; Que, los descartes y/o residuos de pescado generados por la actividad de consumo humano directo deberán