Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2011 (21/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, lunes 21 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar, siendo que mediante ordenanza se determina el regimen de sanciones administrativas por la infraccion a sus disposiciones estableciendo las escalas de multas en funcion de la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias; siendo que las sanciones que aplique la autoridad municipal podran ser las de multa, suspension de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retenciones de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacion de obras, demolicion, internamiento de vehiculos, inmovilizacion de productos y otras. Que, mediante Informe Nº 014-2011 GM/ MDB la Gerencia Municipal senala que con la finalidad de dotar de eficacia y celeridad a la funcion municipal, es que se hace necesario regular de manera integral el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas dentro de la jurisdiccion de Brena, esquematizando el MORDAZA normativo, definiciones, procedimiento, plazos, acciones de cobranza y rendimiento que permite a la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas ejercitar la facultad sancionadora, haciendo mas agil su labor, orientando su accion en lograr que los vecinos, contribuyentes y conductores de establecimientos comerciales, industriales, pequenos y medianos comercios orienten sus actividades en el desarrollo del distrito de Brena. Que, el procedimiento sancionador debe regular que la deteccion, notificacion, imposicion y ejecucion de sanciones, se efectuen conforme a ley, respetando a la Constitucion, la ley y el derecho, respetando las garantias del debido proceso. Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 en su articulo 230º numeral 3, consigna el MORDAZA de razonabilidad, senalando que las autoridades deben prever que la comision de la conducta sancionable no resulte mas ventajosa para el infractor que cumplir las normas infringidas o asumir la sancion; asi como que la determinacion de la sancion considere criterios como la existencia o no de intencionalidad, el perjuicio causado, la circunstancia de la comision de la infraccion y la repeticion de la comision de la infraccion. Que, asimismo resulta necesario adecuar el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones y Escala de Multas, de conformidad con las competencias, lineamientos y facultades que se proponen para el MORDAZA Regimen de Aplicacion de Sanciones. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por el Articulo 9º. Inciso 8), Articulo 20º Inciso 5), Articulo 39º, 40º, 46º, de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, con la votacion por MAYORIA del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES ( RAS )Y EL CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ( CUISA ) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA Articulo Primero.- Aprobar la Ordenanza que aprueba el Regimen de Aplicacion de Sanciones (RAS) y el Cuadro Unico de Infracciones y Sanciones (CUISA) de la Municipalidad Distrital de Brena. Articulo Segundo.- Derogar la Ordenanza Nº 3242010/MDB-CDB de fecha 22 de MORDAZA del 2010 y todas las demas normas que se opongan, modifiquen y/o complementen la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Sub Gerencia de Estadistica e Informatica la publicacion del Anexo 1 en el MORDAZA web - munibrena.gob.pe de la Municipalidad bajo responsabilidad en virtud a la Ley 27444. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion de la presente Ordenanza bajo responsabilidad . Articulo Quinto.- Los procedimientos sancionadores iniciados MORDAZA de la entrada en MORDAZA de la presente ordenanza, se adecuaran a la presente norma. Articulo Sexto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Establecen disposiciones generales que regulan el tratamiento de la promocion de la inversion privada en el ambito de la Municipalidad Distrital de MORDAZA
ORDENANZA Nº 386
17 de marzo de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha. Visto: El Dictamen Conjunto Nº 016-2011-CGM-CAJMSS de las Comisiones de Gestion Municipal y de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, segun el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional concordado con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia que la Constitucion Politica establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante la Ley Nº 28059 ­ Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada se establecen las normas para que el Estado, en sus tres niveles de gobierno, promueva la inversion de manera descentralizada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de cada region, en alianza estrategica entre Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, la inversion privada y la sociedad civil; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2007-PCM, se reglamento la Ley Nº 28059, estableciendose disposiciones especificas y complementarias para la mejor aplicacion de la precitada ley; Que, de conformidad con lo prescrito en el Articulo 2º de la Ordenanza Nº 867 que aprueba el Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana, se establece el MORDAZA normativo para que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y las Municipalidades Distritales de su jurisdiccion, promuevan la inversion privada como herramienta para lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible de la Provincia de Lima; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1012 se aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico - Privadas para la generacion de empleo productivo y se dictan las normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la inversion privada, estableciendose las disposiciones que regulan la participacion del sector privado en la operacion de infraestructura publica o la prestacion de servicios publicos, determinando los principios y procedimientos aplicables a dicha participacion mediante la modalidad de Asociacion Publico Privada con la finalidad de hacer viable su implementacion; Que, el Numeral 6.2 del Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 1012 establece que en el caso de las entidades publicas correspondientes a los niveles de Gobierno Regional y Local, las facultades del Organismo Promotor de la Inversion Privada se ejercen en forma directa a traves del organo del Gobierno Regional o Local designado a tales efectos, siendo que, en el caso de los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal es el organo MORDAZA del Organismo Promotor de la Inversion Privada; Que, de acuerdo con lo prescrito en el Articulo 2º del Reglamento para la Promocion de la Inversion Privada en MORDAZA Metropolitana, aprobado mediante Ordenanza

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