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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2011 (02/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 2 de mayo de 2011 441930 Que, su entrega profesional lo posiciona como el primer odontólogo en promover la odontología peruana a través de su trabajo clínico, científi co y educativo en países de América Latina y como profesional de la ciencia de la salud que presta sus servicios en los procesos de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud bucal, mediante la interacción de la persona, la familia y la comunidad, considerando a cada una de ellas dentro del contexto sociocultural, económico, ambiental en los que se desenvuelven, con el propósito de contribuir a elevar la calidad de vida y lograr el bienestar de la población en general; enalteciendo el prestigio y nivel profesional de sus colegas en el ejercicio de su profesión en sus modalidades asistencial, administrativa, docente y de investigación; Que, su prestigio profesional y entrega al trabajo le han merecido el otorgamiento de distinciones honorífi cas por parte del Consejo Mundial de Gnatología, de la Academia Internacional de Gnatología (Sección Latinoamérica) y del Colegio Odontológico del Perú; recibiendo así preseas y diplomas como: “Medalla al mérito Científi co del Consejo Mundial de Gnatología”, “Medalla al mérito científi co Charles Stuart de la Academia Internacional de Gnatología”, “Gran Caduceo Odontológico”; “Diploma de honor en reconocimiento a su destacada trayectoria profesional e institucional y a su invalorable apoyo al desarrollo y crecimiento de nuestra sociedad”, entre otros. Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N° 20585; el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74- TR; y el numeral 4) del artículo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Gran Ofi cial” al señor LESLIE WALTER BELMONT REÁTEGUI, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 634813-14 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2011-TR Lima, 1 de mayo de 2011 VISTO: Con fecha 12 de abril de 2011, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor Simeón Caballero Bustamante para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo de manera póstuma, en el grado de Gran Ofi cial; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 3° y 21° del Reglamento de la “Orden del Trabajo”, aprobado por Decreto Supremo 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro grados y su Condecoración se otorga por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, asimismo, el artículo 22° del referido Decreto Supremo, prescribe que constituyen acciones distinguidas los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrifi cio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; y que constituyen servicios meritorios; (i) todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las instituciones del Sector Trabajo, tanto en el país como en el extranjero; (ii) haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) la inspiración, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta signifi cación para el progreso del Sector Trabajo; (iv) la producción de trabajo o investigación original relacionada con el Sector Trabajo y cuya aplicación contribuye signifi cativamente al mejoramiento del Sector; y (v) el desempeño efi ciente en comisión de excepcional importancia o benefi cio de las relaciones de trabajo o de la seguridad social; Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, el señor Simeón Caballero Bustamante fue un reconocido contador público, Doctor en Economía, docente universitario de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad de Lima y, Pontifi cia Universidad Católica del Perú e investigador de amplia trayectoria, quien fomentó el conocimiento y aprendizaje de los principios y derechos laborales; Que, su vasta experiencia y alto compromiso con el país, se vieron refl ejados en la constante preocupación por el respeto a los derechos laborales a través del conocimiento y aplicación del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; así como en las propuestas formuladas para el perfeccionamiento del sistema legislativo laboral; Que, este insigne peruano, promotor de los derechos laborales ocupó cargos del más alto nivel, habiendo sido Decano del Colegio de Contadores en dos oportunidades y posteriormente electo Contador Benemérito del Perú, lo que le ha valido para ser reconocido por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, cuya Biblioteca de la Facultad de Ciencias Contables lleva su nombre; Que, su visión innovadora de la profesión contable y su legado de trayectoria profesional y personal impecable en la defensa de la legalidad y promoción del conocimiento, se ve refl ejada en la actualidad, en un grupo empresarial dedicado a las actividades jurídicas y editoriales a través de publicaciones especializadas en materia empresarial, tributaria, contable, laboral, corporativa, de comercio exterior y económica fi nanciera, fomentando de este modo, espacios de análisis y propuestas que contribuyen a la construcción de una sociedad que reconoce los derechos sociales de sus trabajadores; Que, el legado del señor Simeón Caballero Bustamante constituye un excelente referente de efi ciencia en el campo de la investigación del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y compromiso con la defensa y difusión de los derechos laborales y el desarrollo de las fuerzas productivas, elementos indispensables para la mejora de nuestra sociedad; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N° 20585; el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74- TR; y el numeral 4) del artículo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en forma póstuma, en el Grado de “Gran Ofi cial” al señor SIMEÓN CABALLERO BUSTAMANTE, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 634813-15 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2011-TR Lima, 1 de mayo de 2011 VISTO: Con fecha 12 de abril de 2011, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor Jean Maninat Machado para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de Gran Ofi cial; y,