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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2011 (02/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 2 de mayo de 2011 441932 Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N° 20585; el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74- TR; y el numeral 4) del artículo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Comendador” al señor ROBERTO CÓRDOVA SALDARRIAGA extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 634813-5 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 019-2011-TR Lima, 1 de mayo de 2011 VISTO: Con fecha 12 de abril de 2011, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación del señor Gino Ernesto Yangali Iparraguirre para recibir la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de Comendador; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 3° y 21° del Reglamento de la “Orden del Trabajo”, aprobado por Decreto Supremo 003-74-TR, la Orden del Trabajo tiene cuatro grados y su Condecoración se otorga por la realización de acciones distinguidas o servicios meritorios; Que, asimismo, el artículo 22° del referido Decreto Supremo, prescribe que constituyen acciones distinguidas los actos o servicios prestados en provecho de las relaciones laborales o de la seguridad social con desinterés, austeridad, abnegación y sacrifi cio superiores a los requeridos para el cumplimiento del deber, de forma que distinga a su autor sobre las demás personas; y que constituyen servicios meritorios; (i) todo acto personal que contribuya a enaltecer el prestigio de las instituciones del Sector Trabajo, tanto en el país como en el extranjero; (ii) haber contribuido en forma notable al progreso del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social; (iii) la inspiración, el esfuerzo o la responsabilidad directiva para crear o perfeccionar entidades de alta signifi cación para el progreso del Sector Trabajo; (iv) la producción de trabajo o investigación original relacionada con el Sector Trabajo y cuya aplicación contribuye signifi cativamente al mejoramiento del Sector; y (v) el desempeño efi ciente en comisión de excepcional importancia o benefi cio de las relaciones de trabajo o de la seguridad social; Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, el señor Gino Ernesto Yangali Iparraguirre es un prestigioso abogado y egresado de la Maestría de la Pontifi cia Universidad Católica del Perú y del Doctorado de la Universidad de San Martín de Porres, quien ha ejercido la cátedra universitaria en la especialidad de Derecho Laboral, Procesal Laboral, Constitucional y Administrativo, aportando al conocimiento jurídico desde las aulas universitarias y contribuyendo signifi cativamente con sus investigaciones jurídicas, a la correcta aplicación de la justicia; desempeñando además labor docente en la Academia de la Magistratura; Que como parte de su desarrollo profesional es magistrado de carrera, habiendo desempeñado los cargos de Secretario de Sala y Relator, Juez de Paz Letrado del Distrito de San Martín de Porres, Juez de Ejecución Penal del Penal “Miguel Castro Castro”, Juez del Segundo Juzgado de Trabajo y Comunidades Laborales, siendo actualmente Juez Superior Titular de las Salas Laborales de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, su vocación de servicio lo ha llevado a desempeñar cargos como Secretario de la Asociación Nacional de Magistrados, Director Secretario y Director de Conferencias de la Junta Directiva del Ilustre Colegio de Abogados de Lima, y Notario Público de la Provincia de San Román (Juliaca - Puno); Que, en mérito a sus conocimientos y a su constante preocupación por el progreso del Derecho, elaboró el Proyecto del Código Procesal del Trabajo, presentado a la Corte Suprema de la República en el año 2006, introduciendo el tema de la oralidad en materia procesal laboral, y las mayores competencias de la especialidad laboral en el Perú, siendo éste el antecedente propulsor de la actual nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley 29497; asimismo recibió el encargo de formular el proyecto modifi catorio del Recurso de Casación por el cual ha sido reconocido por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por sus méritos profesionales ha sido designado como miembro del Tribunal Arbitral del Colegio de Abogados de Lima, miembro adherente del Instituto Panamericano de Derecho Procesal y Presidente de la Comisión Consultiva de Derecho Procesal Laboral durante el período 2010 y 2011; así como miembro de la Comisión de Capacitación del Área Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, su vocación por la investigación e interés por la disciplina del Derecho del Trabajo se ha visto refl ejada en la vasta producción bibliográfi ca que destaca compilaciones normativas, diccionarios jurídicos, artículos y materiales de enseñanza; asimismo, es necesario destacar su desempeño como expositor y organizador de diversos Seminarios, Diplomados y Conferencias en relación al Derecho Laboral y Procesal Laboral; Que, el señor Gino Ernesto Yangali Iparraguirre viene desempeñando la función pública con probidad y vocación de servicio, habiendo sido reconocido por diversos organismos como el Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima; Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Lima; Congreso de la República del Perú; Presidencia del Fuero de Trabajo y Comunidades Laborales, entre otras instituciones que han avalado su excelente desempeño laboral, méritos que le han valido para ser reconocido además como Miembro Honorario del Colegio de Abogados de Junín; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N° 20585; el artículo 4º del Reglamento de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74- TR; y el numeral 4) del artículo 11° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Único.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Comendador” al señor GINO ERNESTO YANGALI IPARRAGUIRRE, extendiéndose el Diploma correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 634813-17 Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo en el Grado de “Oficial” a diversas personalidades RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2011-TR Lima, 1 de mayo de 2011 VISTO: Con fecha 12 de abril de 2011, el Consejo de la Orden del Trabajo integrado por personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculadas al mundo laboral, deliberó y aprobó por unanimidad la postulación de la señora Luz Ysabel Maldonado Velásquez para recibir