Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2011 (12/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE : Articulo 1º.- Aprobar la modificacion (reduccion) de la concesion definitiva de distribucion solicitada por Proyecto Especial Chavimochic, y la Adenda Nº 01 al Contrato de Concesion Nº 105-97, a fin de modificar la Clausula Tercera, modificar los numerales 6.8, 6.9, 6.10 y 6.11 e incorporar el numeral 6.12 de la Clausula Sexta, y modificar los Anexos Nº 3 y Nº 4, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La modificacion aprobada en el articulo que antecede, comprende la MORDAZA de concesion que a continuacion se senala, la cual esta delimitada por las coordenadas UTM, en el sistema PSAD56, que figuran en los planos obrantes en el expediente:
MORDAZA CHAO Provincia MORDAZA Departamento LA MORDAZA Planos Nº CCH-01, CCH-02 y CCH-03

del Ministerio de Energia y Minas, a traves del cual se concluye que cumple con todos los requisitos dispuestos en el Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM, por lo que corresponde su aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 89º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM y con la opinion favorable del Director General de Hidrocarburos y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud presentada por Transportadora de Gas del Peru S.A., para la ampliacion de la capacidad del Sistema de Transporte de Liquidos de Gas Natural de Camisea a la Costa, de 85 MBPD a 120 MBPD. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, en nombre del Estado, la Adenda Nº 01 al Contrato de Concesion Nº 105-97, y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 4º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica a que de origen la Adenda Nº 01 al Contrato de Concesion Nº 105-97. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

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Declaran en Situacion Excepcional la MORDAZA Norte del MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 222-2011-MEM/DM
MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal c) del articulo 14° de la Ley N° 28832, una de la funciones operativas del Comite de Operacion Economica del Sistema (COES) es la de coordinar la operacion en tiempo real del Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN); Que, mediante Resolucion Directoral N° 014-2005-EM/ DGE, publicada el 03 de marzo de 2005, se aprobo la MORDAZA Tecnica para la Coordinacion de la Operacion en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados, cuyo objeto es establecer las obligaciones del Coordinador de la Operacion en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados y de los Integrantes del mismo, con relacion a los procedimientos de operacion en tiempo real de dichos Sistemas Que, en el Numeral 41 del Anexo Nº 1 de la referida MORDAZA Tecnica, se define la Situacion Excepcional como aquella situacion temporal en la cual no sea posible asegurar el abastecimiento de energia electrica en el MORDAZA, o en parte del mismo, con los parametros operativos normales, y que dicha situacion sera declarada por el Ministerio de Energia y Minas, a solicitud del COES debidamente sustentada, en la que se especificara la duracion y las zonas del MORDAZA en Situacion Excepcional; Que, al MORDAZA de la citada MORDAZA legal, mediante el documento COES/P-105-2011, presentado el 20 de MORDAZA de 2011 bajo el Registro Nº 2085915, el COES ha solicitado al Ministerio se declare en Situacion Excepcional la MORDAZA Norte del MORDAZA, entre las Subestaciones MORDAZA Norte y Zorritos, hasta el 15 de enero de 2012, acompanando como sustento el Informe COES/DO/SPR-145-2011; Que, el Numeral 10.1.1 de la misma MORDAZA Tecnica, preve que durante el periodo de Situacion Excepcional, el COES podra programar y operar en tiempo real con nuevos valores de referencia para tension y frecuencia, que excedan a las tolerancias normales, asi como superar los limites normales de carga de los equipos e instalaciones y dejar de asignar reserva rotante para regulacion de frecuencia, a fin de procurar el abastecimiento oportuno a los usuarios y minimizar los efectos de dicha situacion excepcional, manteniendo un adecuado balance respecto al riesgo de que se ocasione perturbaciones mayores al Sistema, agregando que las decisiones para la operacion en tiempo real en Situacion Excepcional debera considerar el riesgo que significa para la seguridad operativa del MORDAZA, parte de el o de las instalaciones afectadas, para lo cual el COES elaborara un procedimiento con el fin de evaluar dicho riesgo;

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Aprueban solicitud de ampliacion del Sistema de Transporte de Liquidos de Gas Natural de Camisea a la Costa
RESOLUCION SUPREMA Nº 041-2011-EM
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 102-2000-EM, publicada el 09 de septiembre de 2000 en el Diario Oficial El Peruano, se otorgo a la empresa Transportadora de Gas del Peru S.A. - TGP la Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa, la misma que va desde el punto de fiscalizacion de la produccion, en la MORDAZA denominada Las Malvinas, provincia de La Convencion, departamento de MORDAZA hasta la Costa del MORDAZA Pacifico; Que, de acuerdo con lo senalado en la Clausula 9.2 del Contrato de Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa, TGP tiene el derecho de efectuar las ampliaciones a la Red de Transporte de Liquidos, a efectos de incrementar la Capacidad de la misma por encima de la Capacidad Garantizada senalada en el referido contrato; Que, mediante Carta Nº TGP/GELE/INT-05064-2011, de fecha 11 de MORDAZA de 2011, TGP presento una solicitud de autorizacion para la ampliacion del Sistema de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa, de manera que pueda transportar hasta un volumen de 120 MBPD, al MORDAZA del articulo 89º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 081-2007-EM; Que, la solicitud de ampliacion presentada por TGP ha sido analizada en el Informe Tecnico Legal Nº 035-2011MEM/DGH-PTC de la Direccion General de Hidrocarburos

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