Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2011 (12/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2011

Junta Interamericana de Defensa (JID) y Participante en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 1 de MORDAZA de 2011 al 30 de junio de 2013; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la capacitacion, desarrollo y seguridad nacional dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, teniendo en cuenta que la finalidad es proporcionar y recibir los conocimientos necesarios para el ejercicio de funciones en los organos del Estado responsables de la formulacion de politicas de defensa; asi como, asesoramiento para la participacion del Peru dentro del Sistema Interamericano de Defensa; Que, la duracion de la citada Comision Especial en el Exterior incluye los Anos Fiscales 2011, 2012 y 2013, por lo que el pago del 1 de MORDAZA al 31 de diciembre de 2011, se efectuara con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 y los pagos para los periodos restantes, se efectuaran con cargo al Presupuesto del Sector Publico del Ano Fiscal correspondiente, expidiendose oportunamente las respectivas autorizaciones; Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Rubro 7: Representacion Nacional en Organismos Internacionales, Items 12, Anexo 1 (RO), aprobado mediante Resolucion Suprema N° 135-2011-DE de fecha 12 de MORDAZA de 2011, que modifica el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2011, aprobado mediante Resolucion Suprema N° 015-2011-DE/SG de fecha 13 de enero de 2011; Que, de conformidad con el Articulo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por Ley N° 29598, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el exterior, esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo articulo, y conforme al Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo N° 010-2010 DE de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008 DE/SG de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y la Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje en Comision Especial en el Exterior del Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cores, CIP. 00948032, DNI. 43249766 como Adjunto a la Delegacion del Peru ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y Participante en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 1 de MORDAZA de 2011 al 30 de junio de 2013, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 2°.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA - MORDAZA (ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) US$. 1,240.00 x 4 personas (Titular, esposa e hijos) = US$. 4,960.00 (Incluye TUUA)

Gastos de Traslado: (Ida ­ equipaje, bagaje e instalacion) US$. 6,930.00 x 2 x 1 persona El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Comision Especial en el Exterior, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias. Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4°.- El Oficial Superior comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno del pais. Articulo 5°.- El mencionado Oficial Superior, revistara en la Direccion General del Personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Comision Especial en el Exterior. Articulo 6°.- De conformidad con el Articulo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598, el citado Oficial Superior esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo articulo, y conforme al Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo N° 010-2010 DE de fecha 20 de noviembre de 2010. Articulo 7°.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 8°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa

639212-5

Nombran Oficial General en empleo correspondiente al Comando de Educacion y Doctrina del Ejercito
RESOLUCION SUPREMA Nº 165-2011-DE/
MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, en su Articulo 14º establece que el empleo constituye el desempeno personal de la funcion real y efectiva que se encomienda al Oficial en atencion a los MORDAZA de Organizacion de cada Institucion Armada y conforme a su grado, antiguedad y especialidad; Que, la mencionada ley en su Articulo 15º inciso a) precisa que el nombramiento y asignacion en el empleo de Oficiales Generales se efectua mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Defensa, a propuesta del Comandante General de la institucion correspondiente; Que, el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplican en los distintos organos del Ministerio de Defensa, senala en el numeral 2 del literal A) de su articulo 1º que, por Resolucion Suprema se aprueban los nombramientos y cambios de empleo de Oficiales Generales y Almirantes;

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