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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de mayo de 2011 442319 Que, dentro del proceso de cambios del presente año, por necesidad de servicio y organización de los Cuadros Orgánicos dentro de la Institución, se han efectuado reajustes al Plan de Cambios de Colocación del Año Fiscal 2011, razón por la cual a algunos Ofi ciales se les asignó empleo con fecha posterior al 1 de enero de 2011, situación que es necesario subsanar; Que, en atención a lo señalado precedentemente, en el presente caso procede la aplicación de la fi gura legal de efi cacia anticipada, conforme a lo dispuesto en el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, según el cual la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no se lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 640-2010- DE/EP/COPERE-2010 del 31 de diciembre de 2010, se dispuso los Cambios de Colocación de Ofi ciales Generales, debiéndose dejar sin efecto el Cambio de Colocación de algunos de ellos; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 640-2010-DE/EP de fecha 31 de diciembre de 2010, en la parte concerniente al Cambio de Colocación del Ofi cial General que se indica: DESTINO ORIGEN JEFATURA DEL ESTADO MAYOR DEL EJÉRCITO DIRECCIÓN DE DESARROLLO TECNOLÓGICO 109791100 GRAL BRIG MOGROVEJO PAREDES OSCAR ROMULO DITELE JEMGE DIRECTOR Artículo 2º.- Nombrar con efi cacia anticipada a partir del 1 de enero de 2011, al Ofi cial General que a continuación se indica, en el empleo siguiente: DESTINO ORIGEN COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA DEL EJÉRCITO DIVISIÓN DE ESCUELAS - CHORRILLOS 109791100 GRAL BRIG MOGROVEJO PAREDES OSCAR ROMULO DITELE JEMGE JEFE Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 639212-6 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de los Estados Unidos de América, Colombia y Chile RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 416-2011-DE/SG Lima, 10 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nº 272 y 277 de fecha 29 de abril y 03 de mayo de 2011, respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar médico de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con la fi nalidad de llevar a cabo el planeamiento y estudio de sitio en la ciudad de Lima, anfi triona de la próxima Conferencia de Jefes de Infantería de Marina de América, personal de los Estados Unidos de América ingresará al país; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin armas de guerra, a personal militar de la Infantería de Marina de los Estados Unidos de América, del 14 al 21 de mayo de 2011, para coordinar aspectos relacionados a la próxima Conferencia de Jefes de Infantería de Marina de América: 1. TENIENTE CORONEL USMC STEPHEN POWELL 2. CORONEL USMC AUGUSTINE BOLANIO 3. CORONEL USMC MICHAEL RAMOS 4. MAYOR USMC JOSE FUENTES 5. CAPITAN USMC CHRIS TROKEN 6. SARGENTO MAYOR USMC WENDY DELEON Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley Nro. 27856, modifi cado por Ley Nro. 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 638735-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 417-2011-DE/SG Lima, 10 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 281 de fecha 04 de mayo de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, en el marco de la “XVII Ronda de Conversaciones entre Altos Mandos de las Fuerzas Armadas del Perú y Colombia” personal militar de la República de Colombia participará en el “Curso de Máquinas Principales MTU”, a desarrollarse en la Comandancia de la Fuerza de Submarinos; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República,