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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2011 (12/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de mayo de 2011 442332 extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es función de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 085-2010/COE-TC, del 17 de setiembre de 2010; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradición, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, suscrito en la ciudad de Lima, el 25 de julio de 2001; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de ampliación de extradición activa del ciudadano peruano VÍCTOR ALBERTO VENERO GARRIDO, formulada por el Cuarto Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión de los Delitos contra la Tranquilidad Pública - Asociación Ilícita para Delinquir y contra la Administración Pública - Colusión Desleal, en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de los Estados Unidos de América, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia y Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 639212-12 Acceden a solicitud de extradición pasiva de ciudadano peruano formulada por tribunal de Bolivia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 108-2011-JUS Lima, 11 de mayo de 2011 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 113-2010/COE-TC, del 09 de noviembre de 2010, sobre la solicitud de extradición pasiva del ciudadano peruano WALTER TINEO VALENTÍN, formulada por el Tribunal de Sentencia Cuarto de la Corte Superior del Distrito de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 04 de octubre de 2010, declaró procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano peruano WALTER TINEO VALENTÍN, por la comisión del Delito de Transporte de Sustancias Controladas, en agravio del Estado Plurinacional de Bolivia (Expediente Nº 92-2010), la misma que se ejecutará una vez que el requerido cumpla con la sanción punitiva fi jada por el Octavo Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, por el Delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano; Que, el literal “b” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es función de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradición pasiva formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 113-2010/COE-TC, del 09 de noviembre de 2010; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradición, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre Perú y Bolivia, suscrito en Lima el 27 de agosto de 2003; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición pasiva del ciudadano peruano WALTER TINEO VALENTÍN, formulada por el Tribunal de Sentencia Cuarto de la Corte Superior del Distrito de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la comisión del Delito de Transporte de Sustancias Controladas, en agravio del Estado Plurinacional de Bolivia, la misma que se ejecutará una vez que el requerido cumpla con la sanción punitiva fi jada por el Octavo Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, por el Delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano; de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia y Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 639212-13 MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Encargan la Presidencia del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública del Cusco a miembro del Directorio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 148-2011-MIMDES Lima, 11 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 795-2006- MIMDES del 18 de octubre de 2006, se designó al señor JORGE LUIS CANDIA ZAMALLOA y al señor JORGE LUIS BARREROS AROSTEGUI, como Presidente y Miembro del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública del Cusco, respectivamente; Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 387-2009- MIMDES del 1 de octubre de 2009, se dio por concluida la designación del señor JORGE LUIS CANDIA ZAMALLOA