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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de mayo de 2011 442419 nivel nacional e internacional; y fomentar la conformación de alianzas y redes que constituyan el soporte técnico para la discusión y formulación participativa de políticas en Seguridad Alimentaria a nivel Regional. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE al Ejecutivo a través de sus órganos dependientes, iniciar los procedimientos administrativos y todas las gestiones para formular el reglamento pertinente en un plazo de 30 días, así como la implementación y ejecución de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 5 días del mes de abril de 2011. EDDY R. MISARI CONDE Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, el 12 de abril de 2011. VLADIMIR ROY CERRÓN ROJAS Presidente 638661-2 Aprueban “Reglamento General del Proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados Multianual” del Gobierno Regional Junín ORDENANZA REGIONAL N° 112-2011-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL JUNÍN. POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 12 días del mes de abril de 2011, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, defi ne al proceso del presupuesto participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como la fi scalización de la gestión; Que, con Ley Nº 29298 se modifi can los artículos 4°, 5°, 6° y 7° de la Ley Nº 28056, referidos a las instancias, alcances, fases y ofi cialización de compromisos del proceso de Presupuesto Participativo, precisando además, que cada instancia del proceso de programación participativa formula su Presupuesto Participativo, respetando el marco de competencias establecido en la Constitución Política del Perú y en las correspondientes leyes orgánicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, se establecen criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución que permitan delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos procesos de Presupuesto Participativo; Que, la Tercera Disposición Final del Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, estipula que los Gobiernos Regionales y Locales deben cumplir con el marco normativo del proceso del Presupuesto Participativo; Que, es necesario establecer los lineamientos precisos para orientar el desarrollo articulado del proceso del Presupuesto Participativo con un horizonte de mediano plazo, el cual capitalice las experiencias de los anteriores procesos y recoja los numerosos comentarios y sugerencias recibidos de Instituciones del Sector Público, de la Sociedad Civil, del Sector Privado y los ciudadanos interesados en general; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 093-2009-GRJ/ CR, de 02 de febrero de 2009, se aprueba “El Reglamento General del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo Junín - Multianual”, y es modifi cada en parte por la Ordenanza Regional N° 101-2010-GRJ/CR, de 07 de junio de 2010; las mismas que ante la promulgación de la Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 se constituyen inoperantes siendo necesaria su derogación; Que, la Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, que tiene como objetivo establecer mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el marco de la legislación vigente orientándose a resultados con la fi nalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados específi cos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando, de este modo inefi ciencias en la asignación de los recursos públicos; Que, el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, comprende la incorporación al proceso del presupuesto participativo, de las corrientes renovadoras del presupuesto y la gestión por resultados en los que el ciudadano y los resultados que éstos requieren y valoran se constituyen en el eje del accionar público. Para tal fi n, se estructuran los presupuestos en función a los productos, entendidos como conjuntos de bienes y servicios, que la población recibe para lograr los resultados. El presupuesto anual debe garantizar las dotaciones de recursos necesarios para poder desarrollar los productos, incluyendo las previsiones presupuestarias para los recursos humanos, insumos materiales y bienes de capital que sean necesarios; Que, la derogación de la Ordenanza Regional Nº 093- 2009-GRJ/CR, “Reglamento General del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo Junín – Multianual” y de su modifi catoria Ordenanza Regional N° 101-2010-GRJ/CR, y la aprobación del “Reglamento General del Proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados Multianual” cuenta con el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional del Consejo Regional, de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º. 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 sus modifi catorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE DEROGA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 093-2009-GRJ/CR Y SU MODIFICATORIA ORDENANZA REGIONAL N° 101-2010-GRJ/CR, Y APRUEBA EL “REGLAMENTO GENERAL DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO REGIONAL BASADO EN RESULTADOS MULTIANUAL” Artículo Primero.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional Nº 093-2009-GRJ/CR, que aprueba el “Reglamento General del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo Junín – Multianual” y su modifi catoria Ordenanza Regional N° 101-2010-GRJ/CR. Artículo Segundo.- APRUÉBESE el “Reglamento General del Proceso del Presupuesto Participativo Regional Basado en Resultados Multianual” del Gobierno Regional Junín, el cual consta de ocho (VIII) Capítulos, treinta y ocho (38) Artículos y cuatro (04) Disposiciones Finales.