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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2011 (21/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 94

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de mayo de 2011 442982 2010-GRA-GRCET, de fecha 25 de noviembre de 2010, de esta manera se requiere su modifi cación y por consiguiente la del artículo cuarto del mismo cuerpo normativo. Que, el marco nacional legal vigente para la promoción de la inversión público privada se encuentra constituido por la Ley N° 28059, Marco de Promoción de la Inversión Descentralizada, y su respectivo reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2004-PCM y el Decreto Legislativo N° 1012, que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público – Privadas para la generación de empleo productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada, y su respectivo reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 146-2008-EF. Que por lo antes expuesto, y al amparo del principio de la regla de coherencia normativa del ordenamiento legislativo y lo regulado en la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cadas por Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y Nº 29053, y lo dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-Arequipa y la Ordenanza Regional Nº 055-AREQUIPA, SE ORDENA: MODIFICAR LA ORDENANZA REGIONAL N° 121-AREQUIPA, QUE DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO REGIONAL PROYECTOS DE INVERSIÓN PRIVADA Y/O PÚBLICA - PRIVADA QUE TENGA POR OBJETO LA REUBICACIÓN DEFINITIVA DE CURTIEMBRES AL PARQUE INDUSTRIAL DE RÍO SECO. Artículo 1°.- objeto Modifíquese la Ordenanza Regional N° 121- AREQUIPA, derogando los artículos 3° y 4° de la norma regional. Artículo 2°.- Vigencia y Ámbito de Aplicación La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y de aplicación en el ámbito territorial de la Región Arequipa. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Aquellos procedimientos iniciados al amparo de la Ordenanza N° 121-AREQUIPA, deberán adecuar sus procedimientos a la legislación sobre la materia para lo cual tienen un plazo de treinta (30) días para solicitarla. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación. En Arequipa, a los diez días del mes de mayo de 2011 HENRRY IBÁÑEZ BARREDA Presidente del Consejo Regional de Arequipa POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los dieciséis días del mes de mayo del dos mil once JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES Presidente del Gobierno Regional Arequipa 642372-2 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2012 del Gobierno Regional del Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 000012 Callao, 19 de mayo del 2011 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO. POR CUANTO: El Consejo del Gobierno Regional del Callao, en sesión celebrada el 19 de mayo de 2011, con el voto UNÁNIME de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao. CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, la Ley Nº 29298, Ley que modifi ca la Ley Nº 28056 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, defi nen y establecen las disposiciones, alcances y objetivos del Proceso Participativo; Que, mediante la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en el artículo 1 señala que el proceso de presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil. Para ello los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismo y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos; Que, el Presupuesto Participativo tiene por objeto establecer disposiciones que aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los gobiernos regionales y gobiernos locales, así como la fi scalización de la gestión. Que, la Ley Nº 29091 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, que modifi ca el párrafo 38.3 del artículo 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo General Nº 27444, establecen la publicación de diversos dispositivos legales en el portal del Estado Peruano y en los portales institucionales, en el artículo 2 señala que las entidades públicas, entre ellas los gobiernos regionales, están obligadas a publicar en el portal del Estado Peruano y en sus portales institucionales, entre otros, los reglamentos técnicos, lineamientos y directivas. Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 – “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados”, con la fi nalidad de orientar y fortalecer los procesos de planeamiento concertado y Presupuesto Participativo. Que, mediante Informe Nº 111-2011-GRC/GRPPAT de fecha 18 de mayo del 2011, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial recomienda aprobar el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 528-2011-GRC/GAJ, considera que es viable y procedente su aprobación, el mismo que debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: