Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2011 (21/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

442981

Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de Ancash. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del ano 2011. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA Gobierno Regional de MORDAZA Presidente 642959-3

habiles, a los efectos de que se ejecuten y culminen los actos de contratacion de los integrantes del Tribunal Administrativo Regional conforme a las reglas establecidas en los articulos 63 a 66 de la Ordenanza Regional Nro. 114-AREQUIPA. Articulo 2º.- Vigencia y Ambito de Aplicacion La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano", y de aplicacion en el ambito territorial de la Region Arequipa. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA de 2011. HENRRY IBANEZ MORDAZA Presidente del Consejo Regional de MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional MORDAZA 642372-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Suspenden actos, plazos y procedimientos de impugnacion ante el Tribunal Administrativo Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 139-AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Regional Nro. 114-AREQUIPA aprobo el Codigo Regional de Procedimientos Administrativos Disciplinarios y creo el Tribunal Administrativo Regional. Que, posteriormente, a traves de la Ordenanza Regional Nro. 116AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nro. 122AREQUIPA, se prorrogo respectivamente en (50) y (30) dias calendario, la suspension de los actos, plazos y procedimientos de impugnacion por ante el Tribunal Administrativo Regional, a los efectos de implementar el funcionamiento del mismo. Que, finalmente, por medio de la Ordenanza Regional Nro. 127-AREQUIPA, se suspendio la vigencia de los articulos 65 y 66 de la Ordenanza Regional Nro. 114AREQUIPA, para que la contratacion de los integrantes del Tribunal Administrativo Regional se realice bajo la modalidad de contratacion administrativa de servicios (CAS), hasta la aprobacion de la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y del Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) del Gobierno Regional. Que, siendo imperativo el tramite y atencion de los procedimientos de impugnacion en MORDAZA instancia administrativa, y, dado que no se ha producido la contratacion de los miembros integrantes Tribunal Administrativo Regional, entonces, por estas consideraciones, al MORDAZA de lo regulado en la Ley 27867 / Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, y, el MORDAZA legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nro. 001-AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nro. 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nro. 055AREQUIPA; SE ORDENA: Articulo 1º.- Suspension SUSPENDER todos los actos (de parte y de oficio), los plazos y procedimientos de impugnacion ante el Tribunal Administrativo Regional por (30) dias

Modifican la Ordenanza Regional N° 121-AREQUIPA, que declara de interes publico regional proyectos de inversion que tengan por objeto la reubicacion definitiva de curtiembres al MORDAZA Industrial de Rio Seco
ORDENANZA REGIONAL Nº 140 -AREQUIPA El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, con fecha ocho de noviembre de 2010, se emite la Ordenanza Regional N° 121- MORDAZA, la misma que declara de interes publico regional la ejecucion de proyectos de inversion privada y/o publica privada que tengan por objeto: a) la reubicacion definitiva de establecimientos de curtido de cuero hacia el MORDAZA Industrial de Rio Seco y b) la instalacion y aplicacion de procesos industriales de curtido de cuero, que guarden congruencia con los estandares normativos ambientales. Que, segun se observa en la exposicion de motivos de la MORDAZA, se tiene que el objeto de la misma es establecer acciones concretas a efectos de reubicar las curtiembres, y que en dichas acciones se cumplan los estandares normativos ambientales necesarios; para lo cual, en articulo tercero se regula un procedimiento especial y en el articulo MORDAZA lineamientos para la certificacion ambiental que derivaban de lo estipulado en el articulo tercero. Que, la mediante Informe N° 250-2011-GRA/ ORAJ, de fecha 09 de marzo de 2011, la Oficina de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de MORDAZA, es de la opinion que el articulo tercero contraviene el ordenamiento legal establecido sobre la materia, documento que se sustenta en el Informe N° 460-

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